Subvenciones para asociaciones culturales de Albal
Subvención por concurrencia para proyectos culturales de asociaciones de Albal
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Albal para proyectos culturales de las asociaciones del municipio
- Para quién
- Asociaciones culturales de la población de Albal
- Cuánto
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- Reparto proporcional según la puntuación obtenida, sin superar el gasto justificado
Las solicitudes se valoran con un máximo de 55 puntos y el importe se reparte de forma proporcional entre las asociaciones solicitantes. No se puede conceder un importe mayor al gasto justificado.Criterio de valoración Puntos Número de socios de pleno derecho (hasta 10 socios) 1 punto Número de socios de pleno derecho (de 11 a 20 socios) 2 puntos Número de socios de pleno derecho (de 21 a 30 socios) 3 puntos Número de socios de pleno derecho (de 31 a 40 socios) 4 puntos Número de socios de pleno derecho (más de 40 socios) 5 puntos Actividad dirigida al público en general 3 puntos por actividad (máximo 15) Actividad dirigida a miembros de la asociación 2 puntos por actividad (máximo 10) Uso del valenciano en la difusión de la actividad 1 punto adicional por actividad (máximo 10) Actividad promovida u organizada por el Ayuntamiento de Albal 3 puntos adicionales por actividad (máximo 15)
- Reparto proporcional según la puntuación obtenida, sin superar el gasto justificado
- Qué cubre
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- Talleres, cursos y desplazamientos de tus actividades culturales
- Nóminas, material fungible y alquiler de instalaciones, montaje de escenarios o sanitarios portátiles
- Publicidad y promoción de las actividades y servicios de ambulancia
- Requisitos
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- Tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Albal
- Tienes la sede o el domicilio social en el municipio de Albal
- No recibes ayuda económica de otra área del Ayuntamiento de Albal para lo que solicitas
- Cumples estas condiciones el día en que termina el plazo de presentación de solicitudes
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la ayuda a los proyectos culturales para los que la solicitaste
- Evita que la suma de todas las ayudas recibidas supere el coste de la actividad
- No pidas otra subvención del propio Ayuntamiento de Albal para la misma actividad
- Respeta los límites establecidos si subcontratas la actividad subvencionada
- Devuelve el dinero cobrado, con el interés de demora, si pierdes el derecho a la ayuda
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación cultural de la localidad de Albal
- Tienes la sede o el domicilio social en el municipio de Albal
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Albal
- Organizas actividades, programas o actos que promueven valores culturales
- Ya has realizado las actividades y puedes aportar las facturas pagadas
- Difundes tus actividades en valenciano y puedes acreditarlo
- Tu asociación no está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Albal
- Tu sede o domicilio social está fuera del municipio de Albal
- Ya recibes ayuda de otra área del Ayuntamiento de Albal para esas mismas actuaciones
- Solo quieres cubrir gastos de mantenimiento y funcionamiento de la asociación
- Buscas financiar obras, infraestructuras o acondicionamiento de locales
Cuánto puedes recibir
El ayuntamiento destina a esta convocatoria 7.000 euros como cuantía global máxima para el conjunto de asociaciones beneficiarias. No hay una cantidad fija por asociación: ese importe se reparte entre las entidades solicitantes de forma proporcional a la puntuación que obtiene cada una, así que lo que cobres depende de cuántas asociaciones lo pidan y de la baremación. En ningún caso puedes cobrar más de lo que hayas justificado con facturas. El pago se hace por transferencia bancaria a la cuenta que indiques en la solicitud.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la memoria de los proyectos culturales con su calendario, presupuesto y relación de facturas
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Rellena la solicitud en modelo normalizado junto con el acuerdo de la asociación y la declaración responsable
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Presenta toda la documentación de forma telemática en la sede electrónica del ayuntamiento
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Si recibes la propuesta de resolución provisional, dispones de 10 días para presentar alegaciones
Documentación necesaria
- Solicitud en modelo normalizado (Anexo I)
- Acuerdo de los órganos representativos de la asociación y declaración responsable (Anexo II)
- Documento bancario donde figure el número de cuenta de la asociación
- Memoria y documentación justificativa de los proyectos culturales, con calendario de actuaciones, presupuesto de gastos e ingresos y relación de facturas (Anexo III)
- Documentos que acrediten el uso del valenciano en los medios de comunicación, publicidad y convocatorias de las actividades
- Original de las facturas de las actividades y gastos subvencionables
- Documentación que acredite el pago de esas facturas a los proveedores
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, solo si te opones a que el ayuntamiento los consulte