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Ayudas Alicante Comercio y turismo
Comercio y turismo Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Bono Consumo Alcalalí 2026 para vecinos empadronados

Hasta 2 bonos de 25€ por vecino para gastar en comercios de Alcalalí

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Alcalalí en forma de bonos para gastar en comercios del municipio.
Para quién
Vecinos y vecinas de Alcalalí; también los comercios, autónomos y profesionales del municipio que se adhieren a la campaña.
Cuánto
Hasta 2 bonos de 25€ por ciudadano; si pediste y justificaste correctamente los 2 del primer periodo, puedes pedir 2 más en el segundo. El ayuntamiento te abona el 100% del importe de la factura con un límite de 25€ por bono.
Qué cubre
  • Compras de bienes y servicios en los comercios y negocios adheridos a la campaña
  • Actividades como comercio al por menor, alimentación, hospedaje, reparaciones, peluquerías o instalaciones deportivas
Requisitos
  • Estabas empadronado en Alcalalí a 31 de diciembre de 2025
  • Eres mayor de 18 años cuando presentas la solicitud
  • Tienes DNI o NIE en vigor
  • Los comercios que se adhieren tienen su domicilio fiscal en Alcalalí
  • Los comercios adheridos son microempresas o pequeñas empresas
  • Los comercios están dados de alta en el régimen de autónomos o el que les corresponda
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Gasta los bonos en un establecimiento adherido, como tarde el 30 de noviembre de 2026
  • Presenta las facturas de tus compras dentro de los periodos habilitados para justificar
  • Comprueba que la factura lleva tu nombre y apellidos, tu DNI y el concepto de la campaña
  • Facilita al ayuntamiento la información y documentación que te pida para comprobar la ayuda
  • Devuelve el dinero si obtuviste la ayuda falseando datos o no cumpliste su finalidad
  • Si eres comercio adherido, no aceptes bonos para tu propio consumo
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estabas empadronado en Alcalalí a 31 de diciembre de 2025
  • Eres mayor de 18 años en el momento de la solicitud
  • Tienes el DNI o NIE en vigor
  • Quieres comprar en comercios o servicios del municipio
  • Tienes un pequeño negocio con domicilio fiscal en Alcalalí
  • No estabas empadronado en Alcalalí a 31 de diciembre de 2025
  • Eres menor de 18 años
  • Quieres gastar el bono en un establecimiento no adherido a la campaña
  • Has falseado u ocultado documentación en tu solicitud
  • Tu negocio no está entre las actividades incluidas en el listado de la campaña

Cuánto puedes recibir

Recibes un máximo de 2 bonos consumo, de 25,00 euros cada uno, y los gastas en los comercios adheridos. Después presentas la factura y el ayuntamiento te ingresa por transferencia el 100% de su importe, con un límite de 25€ por bono, en la cuenta que hayas indicado. Si pediste 2 bonos en el primer periodo y los justificaste correctamente, puedes solicitar 2 más entre el 9 y el 30 de noviembre de 2026.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Consulta en el tablón de anuncios del ayuntamiento el listado de establecimientos adheridos

  2. Rellena la solicitud y la ficha de mantenimiento de terceros con tus datos bancarios

  3. Adjunta los certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social

  4. Recoge tus bonos en el ayuntamiento, de lunes a viernes de 9 a 14 horas, con tu documento de identidad original

  5. Gasta los bonos en los comercios adheridos, como tarde el 30 de noviembre de 2026

  6. Presenta las facturas en el ayuntamiento dentro del periodo de justificación

Documentación necesaria

  • Solicitud de la campaña (Anexo II)
  • Ficha de mantenimiento de terceros con los datos bancarios (Anexo III)
  • Certificado de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria
  • Certificado de encontrarse al corriente frente a la Seguridad Social
  • Documento de identidad original, DNI o NIE, para retirar los bonos
  • Solicitud de adhesión de establecimientos (Anexo I), si eres comercio
  • Justificante de alta en el régimen de autónomos o mutua profesional, si eres comercio

Preguntas frecuentes

¿Puedo cambiar el bono por dinero en efectivo?
No. El bono no es canjeable por dinero. Si tu compra vale menos que el bono, la diferencia no se devuelve en metálico ni se te reintegra el importe del bono.
¿Qué pasa si devuelvo un producto que pagué con el bono?
El establecimiento está obligado a emitirte un vale por el importe íntegro de la compra para gastar en ese mismo comercio. No se devuelve el dinero.
¿Puedo pedir más bonos si ya he gastado los dos primeros?
Sí. Si solicitaste 2 bonos en el primer periodo y los justificaste correctamente, puedes pedir 2 más del 9 al 30 de noviembre de 2026.
¿Qué ocurre si pierdo un bono?
No se devuelve ningún importe por pérdida, olvido o desconocimiento de las bases de la campaña. Usa los bonos de forma responsable.
¿Qué pasa si se detecta un fraude con los bonos?
Cualquier intento de fraude, como falsificaciones, tachaduras o enmiendas, se penaliza con la pérdida del derecho a participar en la siguiente campaña que organice el ayuntamiento.

Fuentes oficiales

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