Subvención para reformar edificios de entidades culturales
Subvención municipal para obras y equipamientos en inmuebles de entidades culturales
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat para mejorar inmuebles de entidades culturales.
- Para quién
- Entidades culturales sin ánimo de lucro del municipio de Sant Feliu de Llobregat.
- Cuánto
- Hasta el 50% del proyecto presentado; en casos justificados, hasta el 90%
- Qué cubre
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- Obras de reforma, rehabilitación o conservación del edificio
Se admiten facturas de obras e instalaciones y de los servicios técnicos y profesionales asociados, suministros de productos con vida útil superior a un año y servicios claramente identificables con las actuaciones del proyecto. No se admiten facturas de servicios o suministros de gasto corriente, de actividades ni de bienes fungibles.
- Actuaciones que supongan una mejora significativa en la erradicación de elementos de fibrocemento nocivos y peligrosos
- Mejora y puesta a punto de equipamientos y elementos tecnológicos de espacios destinados a artes escénicas y musicales
- Obras de reforma, rehabilitación o conservación del edificio
- Requisitos
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- Tu entidad es una persona jurídica debidamente constituida
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento, con una antigüedad mínima de un año
- Eres una entidad del ámbito cultural sin ánimo de lucro
- Tienes en propiedad y gestionas un inmueble en el término municipal de Sant Feliu de Llobregat, donde se desarrollan actividades sociales, cívicas y culturales de interés público
- Has justificado correctamente las subvenciones anteriores otorgadas por este Ayuntamiento
- No tienes consignadas en el presupuesto municipal de 2026 una o más partidas de subvención nominativa que superen en conjunto los 50.000€
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Justifica el gasto del 100% del coste total del proyecto
- Presenta la justificación mediante el trámite electrónico a los dos meses de finalizar el proyecto, contados desde la certificación final de la obra o actuación, y en todo caso como máximo el 31 de julio de 2027
- Destina los bienes a la finalidad para la que se concedió la subvención durante cinco años
- Incluye en toda la documentación y propaganda del proyecto la leyenda «Con el apoyo del Ayuntamiento de Sant Feliu de Llobregat» y el escudo o logotipo municipal, en catalán
- Acredita el importe y la procedencia de las otras subvenciones o ayudas públicas o privadas que financien el proyecto
- Aporta tres presupuestos por cada actuación diferenciada si la subvención supera los 40.000 €, umbral del contrato menor de obras
- Cuándo
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- Abre: 15 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 6 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad del ámbito cultural sin ánimo de lucro
- Tu entidad tiene en propiedad y gestiona un inmueble en Sant Feliu de Llobregat
- En ese inmueble se desarrollan actividades sociales, cívicas y culturales de interés público
- Quieres reformar, rehabilitar o conservar el edificio y retirar elementos de fibrocemento
- Necesitas mejorar equipamientos y elementos tecnológicos para artes escénicas y musicales
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- No tienes en propiedad el inmueble que gestionas
- El inmueble está fuera del término municipal de Sant Feliu de Llobregat
- Tienes consignadas subvenciones nominativas del presupuesto municipal de 2026 que suman más de 50.000€
- No has justificado correctamente subvenciones anteriores del Ayuntamiento
- Has sido sancionada con resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones
Cuánto puedes recibir
Como regla general se subvenciona hasta un 50% del proyecto presentado. En casos justificados puede otorgarse un porcentaje superior, hasta un máximo del 90%, por razón de la viabilidad económica y técnica del proyecto acreditada en el informe técnico de propuesta de concesión. El importe concreto depende de la puntuación obtenida: el valor económico del punto está condicionado al número de peticiones y al presupuesto, y si del reparto resulta un importe total superior o inferior al presupuestado se aplica una reducción o ampliación proporcional. La dotación total de la convocatoria, a repartir entre todas las entidades y no lo que recibe cada una, no podrá superar los 174.999,70 €. La resolución de concesión expresará la cuantía de la subvención, la forma de pago, las condiciones en que se otorga y los medios de control establecidos. En todo caso deberás justificar el gasto del 100% del coste total del proyecto.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el documento explicativo del proyecto y el presupuesto detallado de gastos e ingresos previstos
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Identifícate como representante legal de la entidad mediante certificado electrónico
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Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica del Ayuntamiento, dentro del plazo
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Si te lo requieren, enmienda los defectos de la solicitud en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles
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Espera la propuesta de resolución provisional; tienes 10 días hábiles para presentar alegaciones
Documentación necesaria
- Identificación de la representación legal de la entidad mediante certificado electrónico u otros sistemas de identificación del Ayuntamiento
- Documento explicativo del proyecto, programa o actividades subvencionables
- Presupuesto detallado de los gastos e ingresos previstos
- Sistemas de seguimiento y evaluación de la ejecución del proyecto
- Declaración responsable de las subvenciones recibidas de instituciones públicas o privadas para el proyecto, con el compromiso de comunicar las futuras
- Declaración del representante legal de no tener ningún impedimento para contratar con las administraciones públicas ni para obtener subvención
- Acreditación de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento, con la Hacienda pública y con la Seguridad Social
- Datos de la cuenta corriente de la entidad bancaria a la que transferir el importe de la subvención
- Compromiso de cumplir las condiciones de la subvención
- Declaración de disponer de los libros contables, registros diligenciados y otros documentos debidamente auditados
- Declaración responsable de comprometerse a solicitar la licencia de obras en las actuaciones del proyecto que lo requieran