Ayudas para obras en equipamientos culturales
Entre 5.000€ y 800.000€ para obras de mejora en tu equipamiento cultural
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural para obras de mejora en equipamientos culturales.
- Para quién
- Fundaciones y asociaciones de cultura popular y tradicional que gestionan teatros, ateneos, salas polivalentes u otros centros culturales.
- Cuánto
- Entre 5.000€ y 800.000€, sin superar el 90% del coste de la actuación
- Qué cubre
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- La redacción de los proyectos técnicos de las obras e inversiones subvencionables
- Obras urgentes de conservación o restauración de deficiencias que comprometan la estructura o impidan las actividades culturales
- Obras para adecuar el equipamiento a las normas de seguridad y de accesibilidad vigentes
- Obras de aislamiento acústico de las salas de ensayo o de formación del equipamiento
- Inversiones de eficiencia energética: envolvente térmica, climatización, instalaciones térmicas e iluminación, reparando o sustituyendo lo ya existente, sin ampliarlo
- Inversiones de mejora de la conectividad: cableado de red, rack de comunicaciones, routers, switches y puntos de acceso wifi
- La instalación de redes de seguridad en los locales de ensayo de las colles castelleres
- Alquiler, agua, luz y mantenimiento mientras las obras paralizan toda la actividad
- Requisitos
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- Tu entidad es una fundación o una asociación con domicilio social en Cataluña
- El inmueble en el que harás las obras está situado en Cataluña
- Tienes el inmueble en propiedad o autorización formal del propietario para las obras
- Las actuaciones se realizan en 2026-2027 y terminan antes del 31 de diciembre de 2027
- Presentas un único proyecto de actuación y para un único equipamiento
- Tu solicitud alcanza los importes mínimos exigidos
Se inadmiten las solicitudes de subvención de importe inferior a 5.000,00 euros o que contengan un presupuesto del proyecto inferior a 7.142,00 euros. También se deniegan las solicitudes que, una vez valoradas, solo puedan obtener una subvención inferior a 5.000,00 euros. Estos mínimos no se aplican cuando la solicitud es únicamente para redactar el proyecto de actuación o para instalar las redes de seguridad en locales de ensayo de las colles castelleres.
- Obligaciones
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- Mantén el inmueble con función de equipamiento cultural durante al menos diez años
- Si eres propietario, inscribe ese compromiso en el Registro de la Propiedad y acredítalo con una declaración responsable en los seis meses siguientes a la finalización de las obras o de la ejecución de las inversiones
- Informa a la Dirección General de cultura popular de cualquier cambio que afecte al equipamiento
- Presenta el proyecto visado y la licencia de obras en los seis meses siguientes a la publicación de la concesión
- Entrega la cuenta justificativa como muy tarde el último día hábil de enero de 2028
- Difunde que parte de la financiación procede de la Junta de Herencias de la Generalitat de Catalunya
- Cuándo
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- Abre: 15 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 29 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu asociación o fundación tiene el domicilio social en Cataluña
- Gestionas un equipamiento cultural situado en Cataluña
- Tienes el inmueble en propiedad, alquiler, usufructo o cesión
- Tu entidad trabaja en el ámbito de la cultura popular y tradicional
- Quieres adecuar tu teatro, ateneo, sala polivalente o centro cultural
- Puedes terminar las obras antes del 31 de diciembre de 2027
- Eres una administración pública o una entidad dependiente de ella
- Tu entidad es una federación o una confederación de entidades
- Eres una cooperativa, con o sin ánimo de lucro
- Tu entidad tiene participación orgánica mayoritariamente pública
- Quieres construir desde cero un edificio para un equipamiento nuevo
- Las obras afectan a espacios de bar, deportivos o de culto religioso
Cuánto puedes recibir
Puedes recibir entre 5.000€ y 800.000€, y la subvención nunca supera el 90% del coste total de la actuación. Se otorga la totalidad del importe solicitado a los expedientes con mejor puntuación, por orden, hasta agotar la dotación. Cobras un anticipo del 80% del importe concedido a partir de la concesión, sin tener que aportar garantía. El 20% restante se abona a partir de 2028, una vez presentada la cuenta justificativa.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Redacta el proyecto de actuación y su presupuesto completo y detallado con los modelos que facilita la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural
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Añade el proyecto básico o ejecutivo firmado por un técnico competente si las obras necesitan proyecto técnico para el permiso de obras
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Presenta la solicitud exclusivamente por vía electrónica en el portal de trámites de la Generalitat, con firma electrónica
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Hazlo entre el 15 y el 29 de septiembre de 2026; el último día puedes presentarla hasta las 14:00 horas
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Consulta la propuesta provisional de concesión en el tablón electrónico de la Generalitat, que sustituye a la notificación individual
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Si te proponen como beneficiario, presenta el documento de aceptación y la acreditación del título sobre el inmueble
Documentación necesaria
- Proyecto de actividad o actuación, según el modelo facilitado por la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural
- Presupuesto completo y detallado del proyecto, según el modelo facilitado
- Proyecto básico o ejecutivo de la obra firmado por un técnico competente, si las obras requieren proyecto técnico para obtener el permiso de obras
- Si no dispones del proyecto básico o ejecutivo: descripción detallada de las actuaciones, fotografías del estado actual del equipamiento, planos actuales señalando las áreas de obra y planos del diseño previsto si los tienes
- Declaración responsable, en el formulario de solicitud, de que tienes la propiedad, el arrendamiento, el usufructo o la cesión de uso y, si procede, la autorización de la propiedad
- Declaración responsable, en el formulario de solicitud, de compromiso de mantener el inmueble como equipamiento cultural un mínimo de diez años
- Documento de aceptación de la subvención, si te proponen como beneficiario
- Documentación acreditativa de la propiedad o del título que tienes sobre el inmueble, si te proponen como beneficiario