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Ayudas Claras
Subvenciones Zaragoza Cultura
Cultura Zaragoza Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones locales de Cervera de la Cañada

Hasta 1.000€ por solicitud para asociaciones locales sin ánimo de lucro

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia del Ayuntamiento de Cervera de la Cañada para las actividades de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de ámbito local de Cervera de la Cañada
Cuánto
Hasta 1.000€ por solicitud, repartiendo el crédito entre todas las solicitudes válidas
Qué cubre
  • Gastos de las actividades de cultura, acción social, música, deportes, educación o juventud
  • Gastos de funcionamiento necesarios para desarrollar las actividades
  • Gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
Requisitos
  • Tu entidad sin ánimo de lucro es de ámbito local y está legalmente constituida a la fecha de la convocatoria
  • Tienes tu domicilio en el municipio de Cervera de la Cañada
  • Tus estatutos recogen actividades de cultura, acción social, música, deportes, educación, juventud o restauración del patrimonio
  • Las actividades subvencionadas se realizan durante el periodo establecido en la convocatoria
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza las actividades para las que se concede la ayuda dentro del ejercicio económico concedido
  • Haz constar la colaboración del Ayuntamiento en la documentación, propaganda impresa y demás medios de difusión
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier cambio que altere las actividades previstas o impida realizarlas
  • Justifica el destino de los fondos recibidos
  • Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad
  • Presenta la justificación dentro de los tres meses siguientes al fin del plazo de ejecución
Fechas estimadas
  • Abre: 12 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 2 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu asociación sin ánimo de lucro tiene su domicilio en Cervera de la Cañada
  • Tu entidad está legalmente constituida a la fecha de esta convocatoria
  • Tus estatutos incluyen cultura, acción social, música, deportes, educación, juventud o restauración del patrimonio
  • Tienes programadas actividades para el año 2026
  • Tu entidad está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu asociación no tiene domicilio en el municipio de Cervera de la Cañada
  • Presentas la solicitud fuera del plazo establecido
  • No utilizas los formularios normalizados de uso obligatorio
  • Ya has presentado otra solicitud en esta misma convocatoria

Cuánto puedes recibir

El importe se calcula repartiendo el crédito previsto en el presupuesto municipal entre todas las solicitudes que cumplen los requisitos, con un límite máximo de 1.000€ por solicitud. Para cobrar tienes que acreditar gastos por una cuantía igual o superior a la subvención concedida. Si justificas menos, la ayuda se reduce en la misma proporción y recibes solo la parte que corresponda.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Cumplimenta la solicitud normalizada (Anexo I)

  2. Adjunta los estatutos de tu entidad y el programa de actividades de 2026 (Anexo II)

  3. Presenta la solicitud en el Registro de entrada del Ayuntamiento dentro del plazo de 15 días hábiles

  4. Subsana la solicitud en 10 días si el Ayuntamiento te lo requiere

  5. Espera la resolución del Alcalde, que se dicta y notifica en un plazo máximo de tres meses

  6. Presenta la justificación de los gastos y la solicitud de pago en el Registro General del Ayuntamiento

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención (Anexo I)
  • Copia de los estatutos de la entidad o asociación solicitante
  • Programa de actividades previstas para el año 2026 (Anexo II)
  • Declaración responsable de no estar incurso en circunstancias que impidan ser beneficiario (Anexo III)
  • Ficha de terceros (Anexo IV)

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. Cada interesado solo puede presentar una única solicitud de subvención.
¿Es compatible con otras ayudas para la misma actividad?
Sí, es compatible con otras subvenciones o ayudas públicas o privadas. Eso sí, la suma nunca puede superar el coste de la actividad o gasto subvencionado.
¿Tengo que presentar los estatutos si ya los entregué otro año?
No, si no ha habido modificaciones desde entonces. Basta con marcar la casilla correspondiente en la instancia de solicitud.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores?
El Ayuntamiento te requerirá para que la subsanes en un plazo máximo e improrrogable de 10 días. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Qué ocurre si justifico menos gasto del concedido?
La subvención se reduce en la misma proporción y el Ayuntamiento te abona solo la parte proporcional que corresponda.

Fuentes oficiales

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