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Ayudas Claras
Ayudas Alicante Comercio y turismo
Comercio y turismo Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Bono consumo de Almoradí para vecinos empadronados

Bono de 20€ o 50€ para gastar en el comercio y la hostelería de Almoradí

Lo que significa

Qué es
Subvención municipal en forma de bono para gastar en el comercio y la hostelería de Almoradí, concedida por concurrencia competitiva.
Para quién
Vecinos de Almoradí mayores de edad, y los comercios, bares y establecimientos de servicios de la localidad que se adhieran a la campaña.
Cuánto
Bono de 20€ o 50€, a elegir en el momento de la solicitud; un solo bono por persona
Qué cubre
  • Compras en los comercios de Almoradí adheridos a la campaña
  • Consumo en la hostelería y los establecimientos de servicios adheridos
Requisitos
  • Tienes 18 años o más
  • Estás empadronado en Almoradí, según el censo del último día del mes anterior a la convocatoria
  • Tienes DNI o NIE
  • Si te adhieres como establecimiento, eres micropyme, autónomo o profesional con menos de 10 trabajadores en el local
  • Tu local está en el término municipal de Almoradí, es permanente y tiene licencia de actividad o ambiental
  • Tu actividad está entre las incluidas en el listado de la convocatoria

    Comercio al por menor de repuestos y accesorios de vehículos de motor; comercio al por menor (división 47 completa), salvo alimentación con más de 120 metros cuadrados de superficie de venta, tabaco, combustible para automoción, productos farmacéuticos, puestos de venta y mercadillos, y venta fuera de establecimiento; servicios de comidas y bebidas; agencias de viajes y operadores turísticos; actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; y otros servicios personales.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Facilita las comprobaciones documentales sobre la actividad subvencionada
  • Conserva la documentación justificativa durante 4 años desde el abono de la subvención
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier cambio en las condiciones que se tuvieron en cuenta para concederte la ayuda
  • Devuelve el dinero recibido si incumples los requisitos y condiciones establecidos
  • Usa el bono en una única compra durante la campaña: después pierde su valor y no se puede canjear
  • Si eres establecimiento adherido, aporta por la plataforma digital la factura de cada venta pagada con bono
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes 18 años o más
  • Estás empadronado en Almoradí
  • Tienes DNI o NIE
  • Vas a comprar en comercios u hostelería de Almoradí
  • Eres titular de un establecimiento de Almoradí y quieres adherirte a la campaña
  • Eres menor de 18 años
  • No estás empadronado en Almoradí
  • Ya te han concedido un bono en esta misma convocatoria
  • Tu establecimiento supera los 300 metros cuadrados
  • Tu negocio tiene 10 o más trabajadores en el local de la actividad

Cuánto puedes recibir

Recibes un bono de 20€ o de 50€, y eliges el importe al presentar la solicitud. Para canjearlo, la compra debe ser igual o superior al doble del valor del bono: 40€ si el bono es de 20€ y 100€ si es de 50€. El establecimiento te descuenta el importe del bono en el momento de la compra y el Ayuntamiento se lo abona después por transferencia. Dentro de cada convocatoria solo se concede una subvención por persona.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Consulta en el tablón municipal de anuncios y en la web del Ayuntamiento la apertura del plazo y la lista de establecimientos adheridos

  2. Solicita tu bono en la plataforma digital habilitada por el Ayuntamiento

  3. Elige en la solicitud si quieres el bono de 20€ o el de 50€

  4. Canjea el bono en una única compra en un establecimiento adherido, por un importe igual o superior al doble de su valor

  5. Si eres titular de un establecimiento, presenta la solicitud de adhesión con el modelo oficial en la sede electrónica del Ayuntamiento: el plazo es de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia

Documentación necesaria

  • Declaración responsable de que cumples los requisitos y aceptas las bases
  • Declaración responsable de estar al corriente con la Hacienda estatal, la Hacienda municipal y la Seguridad Social
  • Declaración responsable de no ser deudor por resolución de reintegro de otras subvenciones
  • Autorización para el tratamiento de tus datos personales
  • Solicitud de adhesión de comercios (Anexo I), si eres titular de un establecimiento
  • Certificado actualizado de situación censal expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (establecimientos)
  • Certificado de titularidad de la cuenta corriente expedido por la entidad financiera (establecimientos)
  • Poder de representación del representante legal, en su caso

Preguntas frecuentes

¿Cómo se decide quién recibe el bono?
Por concurrencia competitiva, con el criterio de la fecha de solicitud desde la apertura de la convocatoria y hasta que se entreguen todos los bonos destinados a ella.
¿Qué pasa si no uso el bono dentro del plazo de la campaña?
El bono pierde su valor y ya no se puede canjear, salvo que la Alcaldía prorrogue el plazo por resolución.
¿Puedo juntar mi bono con el de otra persona en la misma compra?
No. No es posible acumular varios bonos de distintos beneficiarios en una misma compra.
¿Qué ocurre si mi solicitud está incompleta?
El órgano instructor te pedirá que la subsanes o aportes los documentos que falten en 10 días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido.
¿Cómo sé si me han concedido el bono?
En el tablón municipal de anuncios y en la web del Ayuntamiento se publica un listado con cuatro cifras aleatorias del DNI o NIE y la cuantía; esa publicación surte efectos de notificación.

Fuentes oficiales

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