Bono consumo de Almoradí para vecinos empadronados
Bono de 20€ o 50€ para gastar en el comercio y la hostelería de Almoradí
Lo que significa
- Qué es
- Subvención municipal en forma de bono para gastar en el comercio y la hostelería de Almoradí, concedida por concurrencia competitiva.
- Para quién
- Vecinos de Almoradí mayores de edad, y los comercios, bares y establecimientos de servicios de la localidad que se adhieran a la campaña.
- Cuánto
- Bono de 20€ o 50€, a elegir en el momento de la solicitud; un solo bono por persona
- Qué cubre
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- Compras en los comercios de Almoradí adheridos a la campaña
- Consumo en la hostelería y los establecimientos de servicios adheridos
- Requisitos
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- Tienes 18 años o más
- Estás empadronado en Almoradí, según el censo del último día del mes anterior a la convocatoria
- Tienes DNI o NIE
- Si te adhieres como establecimiento, eres micropyme, autónomo o profesional con menos de 10 trabajadores en el local
- Tu local está en el término municipal de Almoradí, es permanente y tiene licencia de actividad o ambiental
- Tu actividad está entre las incluidas en el listado de la convocatoria
Comercio al por menor de repuestos y accesorios de vehículos de motor; comercio al por menor (división 47 completa), salvo alimentación con más de 120 metros cuadrados de superficie de venta, tabaco, combustible para automoción, productos farmacéuticos, puestos de venta y mercadillos, y venta fuera de establecimiento; servicios de comidas y bebidas; agencias de viajes y operadores turísticos; actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento; y otros servicios personales.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Facilita las comprobaciones documentales sobre la actividad subvencionada
- Conserva la documentación justificativa durante 4 años desde el abono de la subvención
- Comunica al Ayuntamiento cualquier cambio en las condiciones que se tuvieron en cuenta para concederte la ayuda
- Devuelve el dinero recibido si incumples los requisitos y condiciones establecidos
- Usa el bono en una única compra durante la campaña: después pierde su valor y no se puede canjear
- Si eres establecimiento adherido, aporta por la plataforma digital la factura de cada venta pagada con bono
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes 18 años o más
- Estás empadronado en Almoradí
- Tienes DNI o NIE
- Vas a comprar en comercios u hostelería de Almoradí
- Eres titular de un establecimiento de Almoradí y quieres adherirte a la campaña
- Eres menor de 18 años
- No estás empadronado en Almoradí
- Ya te han concedido un bono en esta misma convocatoria
- Tu establecimiento supera los 300 metros cuadrados
- Tu negocio tiene 10 o más trabajadores en el local de la actividad
Cuánto puedes recibir
Recibes un bono de 20€ o de 50€, y eliges el importe al presentar la solicitud. Para canjearlo, la compra debe ser igual o superior al doble del valor del bono: 40€ si el bono es de 20€ y 100€ si es de 50€. El establecimiento te descuenta el importe del bono en el momento de la compra y el Ayuntamiento se lo abona después por transferencia. Dentro de cada convocatoria solo se concede una subvención por persona.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Consulta en el tablón municipal de anuncios y en la web del Ayuntamiento la apertura del plazo y la lista de establecimientos adheridos
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Solicita tu bono en la plataforma digital habilitada por el Ayuntamiento
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Elige en la solicitud si quieres el bono de 20€ o el de 50€
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Canjea el bono en una única compra en un establecimiento adherido, por un importe igual o superior al doble de su valor
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Si eres titular de un establecimiento, presenta la solicitud de adhesión con el modelo oficial en la sede electrónica del Ayuntamiento: el plazo es de 5 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia
Documentación necesaria
- Declaración responsable de que cumples los requisitos y aceptas las bases
- Declaración responsable de estar al corriente con la Hacienda estatal, la Hacienda municipal y la Seguridad Social
- Declaración responsable de no ser deudor por resolución de reintegro de otras subvenciones
- Autorización para el tratamiento de tus datos personales
- Solicitud de adhesión de comercios (Anexo I), si eres titular de un establecimiento
- Certificado actualizado de situación censal expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (establecimientos)
- Certificado de titularidad de la cuenta corriente expedido por la entidad financiera (establecimientos)
- Poder de representación del representante legal, en su caso