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Ayudas Claras
Subvenciones Barcelona Educación
Educación Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para centros educativos y AFA de Cubelles

Hasta el 50% del coste del proyecto, y hasta el 100% en casos excepcionales, para centros públicos y AFA de Cubelles

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Cubelles para proyectos educativos y material de los centros públicos y sus AFA
Para quién
Centros educativos públicos de Cubelles y las asociaciones de familias de alumnos de esos centros
Cuánto
  • Porcentaje máximo del coste del proyecto que financia el Ayuntamiento
    FinanciaciónCuándo se aplica
    50% del costeCaso general: el resto lo aporta la entidad solicitante
    75% del costeEl proyecto reúne al menos 3 de los criterios de excepción
    100% del costeEl proyecto reúne al menos 5 de los criterios de excepción
    La cantidad concreta se determina por la puntuación obtenida: el importe fijado para cada línea se reparte entre el total de puntos conseguidos por los proyectos y eso fija el precio por punto.
Qué cubre
  • Gastos de la actividad educativa: material y servicios especializados, contratación de monitores y profesionales, transporte y alojamiento por desplazamientos, publicidad de la actividad y seguros específicos
  • Hasta un 10% del importe concedido puede justificarse con gastos generales de la entidad, como suministros de la sede, material de oficina, personal propio, cuotas de federaciones y seguros generalistas
  • Compra de material no fungible e inversiones: bienes de capital y bienes inventariables necesarios para el funcionamiento de los servicios, sin contar el renting
Requisitos
  • Eres un centro educativo público de Cubelles o la asociación de familias de uno de esos centros
  • Tu asociación de familias está legalmente constituida e inscrita en el Registro Municipal de Entidades
  • Tu proyecto tiene un enfoque social, educativo, cultural, deportivo o comunitario
  • El proyecto se desarrolla durante el año 2026
  • Aportas la parte de la financiación del proyecto que no cubre la subvención
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad en los términos y plazos indicados en la convocatoria y en el acuerdo de concesión
  • Presenta el documento de aceptación de la subvención en los 10 días hábiles siguientes a la notificación
  • Justifica el gasto con memoria y facturas pagadas, como muy tarde el 31 de enero del año siguiente al de la concesión
  • Incluye el logotipo del Ayuntamiento de Cubelles y del Espai Jove en toda la difusión del proyecto
  • Comunica por escrito al Ayuntamiento cualquier otra subvención que recibas para la misma finalidad
  • Devuelve el importe si la actividad no se realiza o solo se lleva a cabo en parte
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un centro educativo público de Cubelles
  • Formas parte de la asociación de familias de un centro público de Cubelles
  • Quieres financiar un proyecto educativo que se desarrolle durante 2026
  • Necesitas comprar material no fungible para el centro educativo
  • Tu asociación de familias está inscrita en el Registro Municipal de Entidades
  • Tu centro educativo no es público
  • Tu centro educativo está fuera de Cubelles
  • Tu asociación de familias no está inscrita en el Registro Municipal de Entidades
  • Eres una asociación de familias y quieres pedir la línea de material no fungible
  • Otra concejalía del Ayuntamiento ya subvenciona esa misma actividad

Cuánto puedes recibir

El Ayuntamiento financia como máximo el 50% del coste de tu proyecto y el resto lo aportas tú. De forma excepcional, la comisión de valoración puede proponer el 75% si el proyecto reúne al menos 3 de los criterios establecidos, o el 100% si reúne al menos 5. La cantidad exacta depende de la puntuación: el importe fijado para cada línea se reparte entre el total de puntos conseguidos por los proyectos y así se obtiene el precio por punto. Cobras una vez aprobada la justificación del gasto, sin anticipos ni pagos a cuenta.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el proyecto o la justificación de la inversión con el presupuesto detallado de ingresos y gastos

  2. Presenta la solicitud de forma telemática por el medio que se establezca en la convocatoria, dentro de los 10 días hábiles

  3. Subsana la documentación en diez días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere

  4. Espera la valoración de la comisión evaluadora y el acuerdo de la Junta de Gobierno Local

  5. Presenta el documento de aceptación en los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la concesión

  6. Justifica telemáticamente el gasto con la memoria de ejecución, la memoria económica y las facturas pagadas

Documentación necesaria

  • Datos de la entidad, de la persona representante y del proyecto o actividades objeto de subvención
  • Comunicación de datos bancarios
  • Certificado de datos de la entidad
  • Proyecto de la actividad (línea 1)
  • Justificación de la necesidad de la inversión, con objetivos, ubicación física y procedimiento de implantación (línea 2)
  • Presupuesto detallado de ingresos, gastos y financiación
  • Declaraciones responsables para poder obtener la subvención

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir las dos líneas de subvención?
Los centros educativos públicos del municipio pueden presentar una solicitud por cada línea. Las asociaciones de familias solo pueden presentar solicitud de la línea 1.
¿Puedo combinarla con otras ayudas o con patrocinios?
Sí, siempre que el total de ingresos no supere el coste de la actividad y lo comuniques al Ayuntamiento. La actividad no se subvenciona si el patrocinio procede de empresas de bebidas alcohólicas, energéticas o estimulantes, tabacaleras o fabricantes de dispositivos para fumar.
¿Qué pasa si presento la documentación incompleta?
El Ayuntamiento te requerirá para que la subsanes en el plazo de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de la solicitud.
¿Haber recibido la ayuda otros años me da derecho a recibirla ahora?
No. Haber recibido ayuda en un ejercicio anterior no genera ningún derecho a recibir subvenciones en ejercicios posteriores, y presentar la solicitud no obliga al Ayuntamiento a concederla.
¿Puedo recibir ayuda para preparar la solicitud?
Sí. Durante el período de presentación de proyectos, la Concejalía de Educación ofrece un servicio de asesoramiento y orientación para elaborar la solicitud y la documentación requerida.

Fuentes oficiales

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