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Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Cultura
Cultura Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas al cine y audiovisual en Asturias para pymes

La ayuda puede alcanzar 200.000€ según el tipo de obra audiovisual en Asturias.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Consejería de Cultura de Asturias para proyectos cinematográficos y audiovisuales.
Para quién
Autónomos, microempresas y pymes dedicadas profesionalmente al sector cultural, audiovisual y del cine.
Cuánto
  • Importe máximo de la ayuda por proyecto según el tipo de obra
    Tipo de proyectoImporte máximo
    Cortometraje15.000€
    Mediometraje45.000€
    Largometraje60.000€
    Producciones unitarias, series o grandes proyectos200.000€
    Laboratorios e incubadoras de proyectos audiovisuales80.000€
    Son topes máximos: la aportación de la Consejería no puede superar el 70% del presupuesto del proyecto ni la cantidad que hayas solicitado. La ayuda tampoco puede exceder del crédito autorizado ni, sumada a otras subvenciones, ingresos o recursos, superar el coste de la actividad que desarrollas.
Qué cubre
  • Guion, música y desarrollo del proyecto

    Realización del guion y de la música (derechos de autor, traducciones, compositor y similares); investigación, documentación y análisis previos a la redacción; consultoría creativa; software específico para escribir el guion; desplazamientos necesarios para documentar el proyecto; registro de la obra en organismos oficiales; analistas de guion, búsqueda de localizaciones, casting, gestiones para lograr recursos económicos, planes iniciales de venta y adquisición de derechos.

  • Contratación del personal artístico y del equipo técnico
  • Rodaje, postproducción y difusión de la obra

    Escenografía (decorados, ambientación, vestuario, peluquería y maquillaje); estudios de rodaje, sonorización y permisos de rodaje; maquinaria de rodaje y transportes; postproducción (montaje, etalonaje, sonorización, copias digitales, efectos visuales y animación); doblaje y subtitulado; seguros directamente relacionados con el proyecto; desplazamiento y alojamiento vinculados al proyecto; copias y publicidad hasta el 20% del coste de realización de la película, IVA excluido.

Requisitos
  • Te dedicas profesionalmente al sector cultural, audiovisual o del cine
  • Estás dado de alta en un epígrafe del sector cinematográfico y audiovisual

    También sirve que tu objeto social recoja actividades vinculadas a la cultura audiovisual y que estés inscrito en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales. Para la elaboración de guiones no se exige ese requisito: puedes estar en otros epígrafes relacionados con el sector cultural (escritores y guionistas, periodistas...) y no se pide la inscripción en ese Registro. Tampoco se exige a los laboratorios e incubadoras de proyectos audiovisuales.

  • Tu empresa cumple los límites de tamaño de una pyme
    Categoría de empresaPlantilla (Unidades de Trabajo Anual)Volumen de negocios anual o balance general anual
    Medianamenos de 250hasta 50 millones de € o hasta 43 millones de €
    Pequeñamenos de 50hasta 10 millones de € o hasta 10 millones de €
    Microempresamenos de 10hasta 2 millones de € o hasta 2 millones de €
  • Tu proyecto se localiza o se desarrolla en el Principado de Asturias
  • Presentas la solicitud antes de iniciar los trabajos del proyecto que quieres financiar
  • Presentas un proyecto concreto y específico, no una generalidad de actividades
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Termina las actividades subvencionadas antes del 30 de junio de 2028
  • Pide el pago anticipado en los quince días hábiles siguientes a la publicación de la resolución definitiva
  • Constituye un aval para cobrar el anticipo, salvo que tu subvención sea inferior a 6.012€
  • Devuelve los importes anticipados que no llegues a justificar
  • Asume la responsabilidad de la ejecución aunque subcontrates parte del proyecto
  • Incluye los logotipos institucionales del Gobierno del Principado de Asturias en la publicidad del proyecto
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás dado de alta como autónomo y te dedicas al cine o al audiovisual
  • Tu empresa es una microempresa o una pyme del sector cultural o audiovisual
  • Tu proyecto audiovisual se localiza o se desarrolla en el Principado de Asturias
  • Vas a producir un cortometraje, un mediometraje o un largometraje
  • Preparas un laboratorio o una incubadora de proyectos audiovisuales
  • Tu proyecto se desarrolla en un municipio asturiano afectado por la transición del carbón
  • Tu entidad es una asociación o una fundación
  • Concurres como comunidad de bienes o como sociedad civil
  • Tu empresa tiene 250 trabajadores o más
  • Quieres organizar un festival de cine, un encuentro, una conferencia o una proyección
  • Ya has iniciado los trabajos del proyecto antes de presentar la solicitud
  • Ya has presentado dos proyectos a esta convocatoria

Cuánto puedes recibir

Recibes una ayuda por proyecto cuyo importe máximo depende del tipo de obra: 15.000€ en cortometrajes, 45.000€ en mediometrajes y 60.000€ en largometrajes. Las producciones unitarias, las series o los grandes proyectos pueden alcanzar 200.000€, y los laboratorios e incubadoras de proyectos audiovisuales, 80.000€. Esas cifras son el techo, no lo que se concede: la cantidad sale de proyectar la puntuación técnica que obtenga tu proyecto sobre los 100 puntos máximos, a los que corresponde la ayuda máxima. Además, la aportación de la Consejería no puede superar el 70% del presupuesto del proyecto ni la cantidad que hayas solicitado. Se paga por transferencia bancaria de forma anticipada, una vez dictada la resolución de concesión y previa petición tuya. La cantidad nunca puede superar el crédito autorizado ni, junto a otras ayudas, el coste de la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Cumplimenta una única instancia de solicitud por cada proyecto, según el modelo normalizado disponible en la sede electrónica del Principado

  2. Presenta la solicitud antes de iniciar los trabajos del proyecto

  3. Preséntala dentro de los 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria

  4. Tramítala obligatoriamente por medios electrónicos si eres persona jurídica

  5. Subsana los defectos en el plazo improrrogable de diez días si el órgano instructor te lo requiere

  6. Alega o acepta la propuesta de resolución provisional en el plazo de 10 días naturales

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud según modelo normalizado
  • Dosier del proyecto
  • Fotocopia del DNI, si eres persona física
  • Fotocopia del CIF, si eres entidad jurídica
  • Escritura de constitución, si eres entidad jurídica
  • DNI del representante y acreditación de su condición, si eres entidad jurídica
  • Documento actualizado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas o declaración responsable de no estar sujeto o estar exento
  • Documento acreditativo del alta en la Seguridad Social como empresa
  • Certificación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, de no ser deudor con la Hacienda estatal ni con la del Principado de Asturias y del pago de cotizaciones a la Seguridad Social
  • Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario

Preguntas frecuentes

¿Cuántos proyectos puedo presentar?
Puedes concurrir con un máximo de dos proyectos. Los que presentes después de los dos primeros no se valoran.
¿Sirve para organizar un festival de cine?
No. La convocatoria excluye expresamente la celebración u organización de eventos como festivales, encuentros, conferencias o proyecciones, aunque tengan que ver con la creación audiovisual.
¿Influye el lugar de Asturias donde se desarrolle el proyecto?
Sí. Se priorizan los proyectos en los municipios asturianos que mayor impacto están sufriendo por la transición del carbón, en el Suroccidente, el Valle del Nalón y el Valle del Caudal-Aboño.
¿Puedo combinarla con otras ayudas públicas?
Sí, siempre que la suma de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos no supere el coste de la actividad. Además, no puedes superar 300.000€ en ayudas de este mismo régimen en tres años contados desde la fecha de concesión.
¿Qué pasa si no justifico el anticipo que he cobrado?
Tendrás que devolverlo: la falta de justificación de los importes anticipados conlleva el reintegro correspondiente.

Fuentes oficiales

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