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Ayudas Claras
Subvenciones Murcia Cultura
Cultura Murcia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a clubes y deportistas de San Pedro del Pinatar

Subvenciones deportivas municipales: hasta 800€ por deportista individual

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar para proyectos y actividades deportivas.
Para quién
Clubes deportivos sin ánimo de lucro, deportistas individuales y asociaciones deportivas que actúan en San Pedro del Pinatar.
Cuánto
  • El importe depende de la línea de subvención a la que optes
    Línea de ayudaImporte
    Escuelas deportivas de promoción1.200€ por cada grupo de escuela debidamente constituido
    Voluntariado en eventos municipalesReparto proporcional según los voluntarios que aporte cada club
    Actividad federativa y torneosReparto por puntos, sin superar el coste de la actividad
    Asociaciones con domicilio fuera del municipioReparto por puntos, calculado por separado del resto de clubes
    Deportistas individualesHasta 800€ por deportista, para un máximo de quince deportistas
    Los importes que se reparten por puntos dependen del número de solicitudes admitidas y de la puntuación de cada una.
Qué cubre
  • Actividades de colaboración con la Concejalía de Deportes, como escuelas deportivas y campañas de promoción
  • Participación en competiciones oficiales federativas de ámbito regional o superior
  • Eventos deportivos organizados por las asociaciones deportivas
Requisitos
  • Practicas una modalidad deportiva reconocida oficialmente a nivel nacional o en la Región de Murcia
  • Si eres club, estás inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de la Región de Murcia y en el Registro Local de Asociaciones
  • Si eres club, tienes tu domicilio social en San Pedro del Pinatar
  • Si eres club, colaboras con la Concejalía de Deportes o no usas instalaciones municipales sujetas a tasa
  • Si eres deportista individual, eres natural del municipio o llevas al menos tres años empadronado en él
  • Si eres deportista individual, tienes licencia en vigor de una federación autonómica o nacional
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza las actividades subvencionadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de la convocatoria
  • Da publicidad al carácter público de la financiación municipal de tus programas o actividades
  • Si eres club, justifica los fondos recibidos entre el 1 de enero y el 1 de marzo de 2027 (los deportistas individuales no tienen que justificar el gasto)
  • Si eres club, presenta una memoria de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos
  • Si eres club, entrega la relación de gastos con proveedor, número de factura, importe y fecha de pago
  • Si eres club, declara los demás ingresos que hayan servido para financiar las actividades, con su procedencia y cuantía
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu club deportivo sin ánimo de lucro tiene su domicilio social en el municipio
  • Tu club está inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de la Región de Murcia
  • Eres deportista individual natural de San Pedro del Pinatar o empadronado allí
  • Tienes licencia deportiva en vigor de una federación autonómica o nacional
  • Tu asociación tiene el domicilio fuera del municipio, realiza una labor humanitaria o social y desarrolla parte de su actividad deportiva en y para San Pedro del Pinatar
  • Tu club deportivo tiene ánimo de lucro
  • Practicas una modalidad deportiva sin reconocimiento oficial
  • No eres natural del municipio ni llevas tres años empadronado en él
  • Tu club usa instalaciones municipales sujetas a tasa sin colaborar con Deportes
  • El evento para el que pides ayuda ya recibió otra de la Concejalía de Deportes

Cuánto puedes recibir

Lo que recibes depende de la línea a la que optes. Si eres deportista individual, puedes cobrar hasta 800€: esa línea está dotada con 7.500€ para quince deportistas. Si tu club tiene grupos de escuela deportiva de promoción, se le asigna un importe fijo de 1.200€ por cada grupo constituido y certificado. En la actividad federativa y los torneos el crédito se reparte entre los clubes admitidos según la puntuación de cada uno, sin que la ayuda supere el coste total de la actividad presentada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación y los anexos que exige la convocatoria

  2. Rellena la solicitud oficial dirigida al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento

  3. Preséntala en la sede electrónica del Ayuntamiento o en el Registro General dentro de los 20 días siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial regional

  4. Si te piden subsanar algo, aporta los documentos en los 10 días siguientes a la notificación

  5. Consulta la resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal

Documentación necesaria

  • Solicitud oficial (Anexo I)
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Fotocopia compulsada del DNI o CIF del solicitante
  • Certificado de la entidad bancaria con el código de cuenta donde cobrar la subvención
  • Certificado acreditativo de la representación del firmante (Anexo III)
  • Certificado de inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de la Región de Murcia
  • Certificado de la federación sobre la inscripción de la entidad y los méritos valorables (Anexo IV)
  • Proyecto de actividades
  • Listado nominal de deportistas con DNI y fecha de nacimiento (Anexo VI)
  • Deportistas individuales: fotocopia compulsada de la licencia deportiva en vigor
  • Deportistas individuales: certificado de la federación con los méritos valorables (Anexo V)
  • Deportistas menores de edad: fotocopia compulsada del DNI del padre, madre o tutor y documentación que acredite la representación

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores o le falta documentación?
Tienes 10 días desde el día siguiente a la notificación para subsanarla. Si no lo haces, se te tiene por desistido de tu solicitud.
¿Cuánto tarda el Ayuntamiento en resolver?
La resolución y su notificación no pueden superar los seis meses contados desde la publicación de la convocatoria.
¿Cómo me entero de si me han concedido la subvención?
La notificación se hace publicando la resolución en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en la web municipal.
¿Puedo reclamar si no estoy de acuerdo con la resolución?
Sí. Puedes interponer recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo en dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cartagena.
Soy deportista individual, ¿tengo que justificar el gasto después?
No se exige otra justificación que acreditar, antes de la concesión, que reúnes los requisitos de la convocatoria.

Fuentes oficiales

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