Subvenciones para asociaciones juveniles de Villaquilambre
Hasta 3.000€ por entidad para actividades de asociaciones juveniles del municipio.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Villaquilambre para actividades juveniles.
- Para quién
- Asociaciones juveniles, secciones juveniles de otras entidades y otras formas de participación juvenil.
- Cuánto
- Hasta 3.000€ por entidad, con un máximo del 90% del gasto de la actividad (100% si se acredita especial interés).
- Qué cubre
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- Material fungible para las actividades, y vestuario y material promocional o publicitario que incluya el logotipo del servicio de Juventud
- Gastos de gestión y gastos corrientes de la entidad
Gastos de gestión: material de oficina, imprenta, consumibles, equipamiento informático, mantenimiento de web y alquiler de espacios e instalaciones dentro del municipio. Gastos corrientes: tramitación de permisos, autorizaciones administrativas, gastos notariales, registrales y periciales. También gastos bancarios, presentando el justificante o extracto de pago.
- Personal, servicios subcontratados, seguros, transporte y alojamiento
Gastos de personal propio hasta un máximo del 50% de la cuantía concedida. Vehículo propio a razón de 0,23€/km y un máximo de 1 vehículo, o bien 2 vehículos solo dentro de su ámbito territorial o a una provincia colindante; vehículo alquilado a razón de 0,23€/km y un máximo de 1 vehículo, además de los gastos de alquiler. Autobús y transporte público con factura, y alojamiento con factura detallada solo para los participantes en la actividad.
- Requisitos
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- Tu entidad es una asociación juvenil, una sección juvenil de otra entidad u otra forma de participación juvenil
- Está legalmente constituida y tiene los estatutos actualizados o su adecuación en tramitación
- Tiene su domicilio social en el municipio de Villaquilambre
- Está registrada en el Servicio de Juventud del Ayuntamiento y con los datos actualizados conforme a sus estatutos
- Está al corriente de las obligaciones económicas de cualquier clase con el Ayuntamiento
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza las actividades subvencionadas y cumple los objetivos que fundamentaron la concesión
- Comunica al Ayuntamiento cualquier incidencia o variación de los datos de la solicitud
- Difunde la colaboración municipal con la palabra "colabora" o "subvenciona" y el logo del servicio de Juventud, y aporta memoria fotográfica
- Diligencia las facturas haciendo constar que han sido subvencionadas por el Ayuntamiento de Villaquilambre
- Justifica en 15 días hábiles desde la notificación de la concesión, por el 110% del importe concedido
- Custodia los justificantes y facilita la información que te pida el Servicio de Juventud
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Formas parte de una asociación juvenil con domicilio social en Villaquilambre
- Tu entidad es una sección juvenil de otra asociación del municipio
- Organizas actividades culturales, sociales, formativas o de tiempo libre para jóvenes
- Tu asociación está registrada en el Servicio de Juventud del Ayuntamiento
- Has hecho gastos de actividades entre octubre de 2025 y septiembre de 2026
- Tu entidad no tiene el domicilio social en el municipio de Villaquilambre
- Tu asociación no está legalmente constituida
- Tu entidad no está registrada en el Servicio de Juventud del Ayuntamiento
- Ya recibes una subvención nominativa por convenio del Ayuntamiento para actuaciones del mismo sector de actividad y dirigidas a los mismos objetivos
- Tienes deudas pendientes de cualquier clase con el Ayuntamiento
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo 3.000€ por entidad. La cantidad concreta depende de la puntuación que obtengas: se calcula el valor del punto dividiendo el importe de la partida presupuestaria entre el total de puntos de todos los solicitantes y se multiplica por los puntos que hayas conseguido, sobre un máximo de 100 puntos. La subvención puede cubrir hasta el 90% del gasto de la actividad, o el 100% si acreditas un especial interés público, social, económico o humanitario debidamente justificado.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Rellena el modelo de solicitud del Anexo I con el proyecto, los objetivos y el presupuesto estimado
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Reúne el certificado de socios y el resto de documentación que acredite los criterios de puntuación
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento con certificado o documento de identidad electrónico de la entidad
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Hazlo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia
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Subsana en 10 días hábiles si el Ayuntamiento te requiere documentación
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Presenta el Anexo II con la documentación justificativa y las facturas diligenciadas en los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la concesión
Documentación necesaria
- Solicitud según el modelo del Anexo I
- Certificado de socios con nombre, apellidos, documento de identidad y fecha de nacimiento
- Presupuesto estimado de ingresos y gastos del proyecto (Anexo I)
- Certificado de la secretaría de la entidad con las ayudas solicitadas o concedidas para la misma finalidad
- Anexo II de justificación con la relación clasificada de gastos, las facturas diligenciadas y la memoria fotográfica