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Ayudas Claras
Subvenciones León Educación
Educación León Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para asociaciones juveniles de Villaquilambre

Hasta 3.000€ por entidad para actividades de asociaciones juveniles del municipio.

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Villaquilambre para actividades juveniles.
Para quién
Asociaciones juveniles, secciones juveniles de otras entidades y otras formas de participación juvenil.
Cuánto
Hasta 3.000€ por entidad, con un máximo del 90% del gasto de la actividad (100% si se acredita especial interés).
Qué cubre
  • Material fungible para las actividades, y vestuario y material promocional o publicitario que incluya el logotipo del servicio de Juventud
  • Gastos de gestión y gastos corrientes de la entidad

    Gastos de gestión: material de oficina, imprenta, consumibles, equipamiento informático, mantenimiento de web y alquiler de espacios e instalaciones dentro del municipio. Gastos corrientes: tramitación de permisos, autorizaciones administrativas, gastos notariales, registrales y periciales. También gastos bancarios, presentando el justificante o extracto de pago.

  • Personal, servicios subcontratados, seguros, transporte y alojamiento

    Gastos de personal propio hasta un máximo del 50% de la cuantía concedida. Vehículo propio a razón de 0,23€/km y un máximo de 1 vehículo, o bien 2 vehículos solo dentro de su ámbito territorial o a una provincia colindante; vehículo alquilado a razón de 0,23€/km y un máximo de 1 vehículo, además de los gastos de alquiler. Autobús y transporte público con factura, y alojamiento con factura detallada solo para los participantes en la actividad.

Requisitos
  • Tu entidad es una asociación juvenil, una sección juvenil de otra entidad u otra forma de participación juvenil
  • Está legalmente constituida y tiene los estatutos actualizados o su adecuación en tramitación
  • Tiene su domicilio social en el municipio de Villaquilambre
  • Está registrada en el Servicio de Juventud del Ayuntamiento y con los datos actualizados conforme a sus estatutos
  • Está al corriente de las obligaciones económicas de cualquier clase con el Ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza las actividades subvencionadas y cumple los objetivos que fundamentaron la concesión
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier incidencia o variación de los datos de la solicitud
  • Difunde la colaboración municipal con la palabra "colabora" o "subvenciona" y el logo del servicio de Juventud, y aporta memoria fotográfica
  • Diligencia las facturas haciendo constar que han sido subvencionadas por el Ayuntamiento de Villaquilambre
  • Justifica en 15 días hábiles desde la notificación de la concesión, por el 110% del importe concedido
  • Custodia los justificantes y facilita la información que te pida el Servicio de Juventud
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Formas parte de una asociación juvenil con domicilio social en Villaquilambre
  • Tu entidad es una sección juvenil de otra asociación del municipio
  • Organizas actividades culturales, sociales, formativas o de tiempo libre para jóvenes
  • Tu asociación está registrada en el Servicio de Juventud del Ayuntamiento
  • Has hecho gastos de actividades entre octubre de 2025 y septiembre de 2026
  • Tu entidad no tiene el domicilio social en el municipio de Villaquilambre
  • Tu asociación no está legalmente constituida
  • Tu entidad no está registrada en el Servicio de Juventud del Ayuntamiento
  • Ya recibes una subvención nominativa por convenio del Ayuntamiento para actuaciones del mismo sector de actividad y dirigidas a los mismos objetivos
  • Tienes deudas pendientes de cualquier clase con el Ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 3.000€ por entidad. La cantidad concreta depende de la puntuación que obtengas: se calcula el valor del punto dividiendo el importe de la partida presupuestaria entre el total de puntos de todos los solicitantes y se multiplica por los puntos que hayas conseguido, sobre un máximo de 100 puntos. La subvención puede cubrir hasta el 90% del gasto de la actividad, o el 100% si acreditas un especial interés público, social, económico o humanitario debidamente justificado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Rellena el modelo de solicitud del Anexo I con el proyecto, los objetivos y el presupuesto estimado

  2. Reúne el certificado de socios y el resto de documentación que acredite los criterios de puntuación

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento con certificado o documento de identidad electrónico de la entidad

  4. Hazlo dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia

  5. Subsana en 10 días hábiles si el Ayuntamiento te requiere documentación

  6. Presenta el Anexo II con la documentación justificativa y las facturas diligenciadas en los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la concesión

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del Anexo I
  • Certificado de socios con nombre, apellidos, documento de identidad y fecha de nacimiento
  • Presupuesto estimado de ingresos y gastos del proyecto (Anexo I)
  • Certificado de la secretaría de la entidad con las ayudas solicitadas o concedidas para la misma finalidad
  • Anexo II de justificación con la relación clasificada de gastos, las facturas diligenciadas y la memoria fotográfica

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra ayuda para la misma actividad?
Sí, hay compatibilidad con otras ayudas para la misma finalidad del Ayuntamiento o de otras administraciones públicas o privadas. Debes declararlas todas mediante certificado de la secretaría de tu entidad detallando el importe subvencionado y quién lo abona.
¿Qué gastos no me van a admitir?
Quedan excluidos la gratificación al personal técnico y a monitores, la alimentación, comidas y bebidas, tickets, recibos y recibís, los seguros de vehículos, el combustible, la ITV y los gastos de teléfono e internet. El IVA tampoco es subvencionable salvo que acredites por certificación que no estás obligado o estás exento.
¿En qué fechas tienen que estar hechos los gastos?
Los gastos subvencionables son los realizados desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026.
¿Qué pasa si no me contestan a tiempo?
El plazo para resolver y notificar no puede exceder de 6 meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia. Si vence ese plazo, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Qué ocurre si presento la solicitud incompleta?
El Ayuntamiento te requerirá para que subsanes en 10 días hábiles desde el día siguiente a la notificación; si no lo haces, se te tendrá por desistido. Además, la valoración puntúa cómo tramitaste la última convocatoria de Juventud a la que concurriste: una solicitud incorrecta sin subsanar resta 2 puntos.

Fuentes oficiales

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