Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Cultura
Cultura Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones de cultura tradicional en lengua asturiana

Hasta 6.010€ por proyecto para entidades sin ánimo de lucro de Asturias.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Gobierno de Asturias para proyectos de cultura tradicional en lengua asturiana.
Para quién
Asociaciones culturales, fundaciones culturales de interés general y otras entidades sin ánimo de lucro de Asturias.
Cuánto
Hasta 6.010€ por proyecto, con un máximo del 90% del presupuesto aprobado
Qué cubre
  • Proyectos de folclore, oficios y artesanía, deportes y juegos tradicionales, gastronomía, arquitectura tradicional, indumentaria o festividades y mascaradas
  • Gastos directos del proyecto, como el personal que lo ejecuta y los bienes y servicios imprescindibles para realizarlo
  • Gastos indirectos de la entidad, hasta un máximo del 40% del presupuesto aprobado
Requisitos
  • Tu entidad es una asociación cultural, una fundación cultural de interés general u otra entidad sin ánimo de lucro
  • Tienes domicilio o sede en el Principado de Asturias y desarrollas principalmente tu actividad en esta comunidad
  • Si eres una asociación, estás inscrita en el registro de asociaciones que te corresponda
  • Si eres una fundación cultural, estás inscrita en el Registro de Fundaciones Docentes y Culturales de Interés General del Principado de Asturias y al día con el protectorado
  • Tu proyecto está realizado en lengua asturiana o en gallego-asturiano o eonaviego
  • Presentas como máximo dos proyectos por entidad, con una solicitud por cada uno
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto entre el 1 de noviembre de 2025 y el 9 de noviembre de 2026
  • Justifica la ayuda como fecha límite el 10 de noviembre de 2026
  • Presenta una memoria de actuación firmada y una relación clasificada de gastos con sus facturas y justificantes de pago
  • Declara todas las ayudas solicitadas o concedidas para la misma finalidad y comunica cualquier cambio
  • Da publicidad del carácter público de la financiación del proyecto y aporta una muestra del trabajo realizado
  • Pide al menos tres ofertas de proveedores distintos cuando el gasto supere la cuantía del contrato menor
Fechas estimadas
  • Abre: 8 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 28 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación cultural con sede en el Principado de Asturias
  • Representas una fundación cultural de interés general asturiana
  • Tu entidad sin ánimo de lucro desarrolla principalmente su actividad en Asturias
  • Quieres hacer un proyecto de folclore, artesanía o gastronomía tradicional
  • Tu proyecto se realiza en lengua asturiana o en gallego-asturiano o eonaviego
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Eres una entidad local asturiana o uno de sus organismos autónomos
  • Tu entidad no tiene domicilio ni sede en el Principado de Asturias
  • Tu entidad ya figura con subvención nominativa para el mismo objeto
  • Tu proyecto no contempla ningún gasto directo

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 6.010€ por proyecto y la subvención no puede superar el 90% del presupuesto aprobado. Si pides más de esos límites, la comisión de valoración calcula la ayuda tomando el importe máximo permitido. Se concede el 100% del importe solicitado por orden de puntuación, solo a los proyectos que alcancen 50 puntos y hasta agotar el crédito disponible.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de tu entidad: copia del NIF, estatutos vigentes y certificado de inscripción en el registro

  2. Descarga el modelo normalizado de solicitud desde la ficha de servicio publicada en la sede electrónica del Principado de Asturias

  3. Prepara una solicitud por cada proyecto, indicando el período concreto de ejecución dentro del intervalo permitido

  4. Presenta la solicitud por vía electrónica en los 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín

  5. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo máximo e improrrogable de 10 días

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado
  • Copia del NIF de la entidad
  • Copia de la escritura o documento de constitución y de los estatutos vigentes, con sus modificaciones
  • Certificación o documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el registro público que corresponda
  • En el caso de fundaciones, certificación del depósito de las cuentas anuales y del plan de actuación del ejercicio en curso
  • Documentación acreditativa de la representación de la persona que firma la solicitud
  • Copia del DNI de la persona que representa a la entidad
  • Ficha de acreedores cumplimentada y tramitada por la entidad bancaria

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de un proyecto?
Sí, cada entidad puede presentar un máximo de dos proyectos, con una solicitud por cada uno. Cuentan también aquellos en los que participes como subcontratista principal de otra entidad. Si superas ese máximo, te pedirán que elijas cuáles mantienes.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad, siempre que el importe total no supere el coste total de la actividad. Si hay exceso, se reduce proporcionalmente o se reintegra la subvención.
¿Qué gastos no me van a admitir?
No son subvencionables los pagos en metálico, el equipamiento e inversión, las dietas, la manutención y las atenciones protocolarias, los gastos corrientes de agua o luz, las asesorías jurídicas o financieras, los gastos financieros y los notariales, registrales o periciales.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores?
El órgano competente te requerirá para que la subsanes en un plazo máximo e improrrogable de 10 días. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Puedo cambiar el proyecto una vez concedido?
Solo las modificaciones no esenciales, que debes comunicar al órgano gestor con al menos 45 días de antelación a la fecha final de justificación. Las modificaciones esenciales no se autorizan en ningún caso.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas