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Ayudas Claras
Subvenciones Girona Cultura
Cultura Girona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a entidades culturales y juveniles de Lloret de Mar

Subvención municipal para actividades de entidades culturales y juveniles

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Lloret de Mar para que las entidades ciudadanas sin ánimo de lucro realicen actividades de interés público o social.
Para quién
Asociaciones culturales y de jóvenes sin ánimo de lucro de Lloret de Mar.
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Actividades de interés público o social de carácter cultural
  • Actividades de carácter juvenil
  • Proyectos y objetivos que desarrollen las entidades ciudadanas del municipio
Requisitos
  • Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Entidades de Lloret de Mar
  • Tu asociación tiene naturaleza de asociación cultural o de jóvenes
  • Tienes la sede social o una delegación en el municipio
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias
  • Estás al corriente de las deudas con el Ayuntamiento
  • No has recibido otra subvención nominativa prevista en el presupuesto municipal vigente
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda a actividades de carácter juvenil o cultural
  • Realiza las actividades de interés público o social para las que pediste la subvención
  • Justifica la subvención concedida como máximo antes del 28 de febrero de 2027
Fechas estimadas
  • Abre: 3 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad ciudadana sin ánimo de lucro de Lloret de Mar
  • Tu asociación tiene naturaleza cultural o de jóvenes
  • Estás inscrito en el Registro Municipal de Entidades de Lloret de Mar
  • Tienes la sede social o una delegación en el municipio
  • Vas a realizar actividades de interés público o social
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu asociación no es de carácter cultural ni juvenil
  • No estás inscrito en el Registro Municipal de Entidades de Lloret de Mar
  • Tu entidad no tiene sede social ni delegación en el municipio
  • Ya recibes otra subvención nominativa del presupuesto municipal vigente
  • Tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

La convocatoria no fija el importe que recibe cada entidad: para saber qué cuantía puede corresponderte, consulta directamente con la administración. Lo que sí concreta es el dinero municipal reservado para el conjunto de estas subvenciones en 2026, repartido en dos partidas presupuestarias: 3.000,00 € para actividades de juventud (Casal Joventut) y 17.000,00 € para actividades culturales.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Entidades de Lloret de Mar

  2. Reúne la documentación que piden las bases de la convocatoria

  3. Rellena el modelo normalizado de solicitud, disponible en la sede electrónica municipal

  4. Presenta la solicitud mediante instancia electrónica normalizada dentro de los 20 días hábiles

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud
  • Documentación acreditativa de los requisitos indicada en la cláusula 5 de las bases

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si el Ayuntamiento ya me da otra subvención?
No si se trata de una subvención nominativa prevista en el presupuesto municipal vigente: uno de los requisitos es no haber recibido ninguna.
¿Hasta cuándo tengo que justificar la subvención?
Las subvenciones otorgadas tienen que justificarse como máximo antes del 28 de febrero de 2027.
¿Qué pasa si alguien presenta alegaciones a las bases?
El plazo de solicitudes coincide con el de alegaciones a las bases, así que si se presentan alegaciones se suspende el plazo de presentación de solicitudes.
¿Dónde puedo consultar las bases específicas?
En el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal del Ayuntamiento de Lloret de Mar.

Fuentes oficiales

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