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Ayudas Claras
Subvenciones A Coruña Cultura
Cultura A Coruña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones culturales para asociaciones de San Sadurniño

Hasta 4.000€ por beneficiario para actividades culturales en San Sadurniño

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de San Sadurniño para actividades culturales y para el local de las entidades
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro y agrupaciones de personas físicas o jurídicas que realizan actividades culturales
Cuánto
Hasta 4.000€ por beneficiario en actividades culturales; la línea de gastos de local reparte como máximo 1.000€ entre todas las entidades
Qué cubre
  • Actividades culturales puntuales o de carácter anual

    Gastos de personal para dirección, coordinación y monitorizado; materiales fungibles (máximo 25% del presupuesto total admitido); mantenimiento y alojamiento en intercambios de grupos folclóricos o artísticos; material didáctico; alquiler de palcos, carpas, tarimas, amplificación e iluminación; contratación de artistas; publicidad; seguros de accidentes y de responsabilidad civil; transporte de los viajes culturales; protección de datos.

  • Gastos de mantenimiento, infraestructura y equipamiento del local

    Gasto corriente del local (energía eléctrica, materiales de limpieza, agua, calefacción, gas) y gastos de mantenimiento o mejora (reformas, ampliaciones, equipación del inmueble).

Requisitos
  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro válidamente constituida
  • Tienes tu domicilio social en el Ayuntamiento de San Sadurniño y realizas actividades de interés municipal
  • Estás inscrita en el Registro municipal de entidades
  • Si tu entidad no está domiciliada en San Sadurniño, la actividad debe ser de interés municipal o en beneficio del ayuntamiento
  • Estás al corriente de tus deberes fiscales y con la Seguridad Social
  • No tienes pendiente de justificar ninguna subvención concedida por el ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina el dinero recibido al objeto concreto para el que se concedió
  • Presenta la documentación justificativa antes del 30 de noviembre de 2026
  • Justifica gasto por el importe de la subvención concedida más el 20% del presupuesto admitido en tu solicitud
  • Haz constar el patrocinio del Ayuntamiento de San Sadurniño en programas, carteles y material publicitario, siempre en lengua gallega
  • Usa también el logotipo del Geoparque del Cabo Ortegal en el material divulgativo que edites
  • Comunica al ayuntamiento cualquier otra ayuda que recibas para la misma finalidad
Fechas estimadas
  • Abre: 3 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 2 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro válidamente constituida
  • Tienes el domicilio social en el Ayuntamiento de San Sadurniño
  • Estás inscrita en el Registro municipal de entidades
  • Organizas actividades culturales de interés municipal
  • Tu entidad dispone de local en propiedad o en régimen de alquiler
  • Sois una agrupación de personas físicas o jurídicas sin ánimo de lucro
  • No estás al corriente de tus deberes fiscales y con la Seguridad Social
  • Tienes pendiente de justificar una subvención concedida por el ayuntamiento
  • Tu entidad ha firmado con el ayuntamiento un convenio de contenido económico
  • La actividad que presentas es una fiesta
  • La actividad que presentas tiene carácter confesional
  • Presentas un viaje de ocio sin carácter cultural

Cuánto puedes recibir

Si presentas actividades culturales, puedes recibir como máximo 4.000€. La cuantía depende del coste de tu programa y de los criterios de baremación: se reparte el importe de la partida entre las entidades solicitantes en proporción a la puntuación que obtiene cada una. El ayuntamiento destina en total 12.000€, repartidos en un máximo de 11.000€ para la línea de actividades culturales y 1.000€ para la línea de gastos de local; en esta segunda línea las bases no fijan un tope individual. Cobras la subvención después de justificar la inversión, mediante ingreso en la cuenta bancaria que hayas señalado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Recoge el modelo oficial de solicitud en las oficinas del ayuntamiento o en la Casa de la Cultura

  2. Reúne la documentación de tu entidad y rellena los anexos oficiales de la convocatoria

  3. Firma la solicitud como persona representante de la entidad

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica del ayuntamiento o en otro registro electrónico, dentro del plazo de un mes

  5. Si te lo requieren, subsana las anomalías advertidas en diez días hábiles

  6. Justifica el gasto realizado antes del 30 de noviembre de 2026 para cobrar la subvención

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo oficial firmada por la persona representante (Anexo I)
  • Acta fundacional
  • Estatutos de la entidad
  • Certificación o documentos justificativos del número de inscripción en el Registro general de asociaciones y en otros registros públicos
  • Certificación de los datos de identificación de las personas que ocupan cargos directivos
  • Certificación o documentos justificativos del domicilio social y copia del CIF de la entidad
  • Certificación original de los datos bancarios
  • Fotocopia del NIF de la persona representante de la entidad
  • Programación anual de actividades culturales y presupuesto (Anexo 2)
  • Certificado de solicitud de subvención (Anexo 4)
  • Declaración de no estar incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad para contratar y percibir subvenciones (Anexo 5)
  • Memoria estimada o proyecto de técnico competente, solo para obras de infraestructura (Anexo 3)
  • Compromiso de obtención de las licencias y autorizaciones urbanísticas (Anexo 6)
  • Declaración de local en propiedad (Anexo 7)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si mi asociación no está domiciliada en San Sadurniño?
Sí, excepcionalmente. La entidad debe estar válidamente constituida y sin ánimo de lucro, y la actividad debe ser de interés municipal dentro del ayuntamiento o en beneficio del mismo.
¿Es compatible con otras ayudas para lo mismo?
Sí, con ayudas de cualquier origen, pero la suma no puede superar el coste total de la actividad. Si recibes otras aportaciones, la subvención aprobada puede revisarse.
¿Qué pasa si no justifico la subvención?
Se reduce proporcionalmente la subvención concedida y te pueden exigir el reintegro. Si justificas menos del 50% de la subvención, se anula la concesión.
¿Puedo justificar gastos pagados en efectivo?
Solo si la factura es inferior a 100 euros, sin fraccionarla y adjuntando un justificante del pago recibido. El resto de facturas necesitan justificante bancario de pago.
¿Qué gastos no se admiten como justificación?
Las facturas de alimentación (víveres, bebidas) y las de transporte para viajes de ocio no se consideran justificantes válidos.

Fuentes oficiales

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