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Ayudas Claras
Subvenciones Barcelona Cultura
Cultura Barcelona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a entidades y particulares en Sallent

Subvención de hasta el 50% del coste del proyecto para entidades y particulares

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Sallent para financiar proyectos y actividades de entidades y particulares.
Para quién
Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro del municipio de Sallent y personas físicas.
Cuánto
Hasta el 50% del coste de la actividad o proyecto; excepcionalmente hasta el 100% si tu entidad conmemora en 2026 su 25 aniversario o un múltiplo
Qué cubre
  • Actividades de cultura y fiestas: exposiciones, charlas, talleres, conciertos, espectáculos y fiestas populares
  • Actividades deportivas, actividades educativas fuera del horario escolar y proyectos para jóvenes, infancia y adolescencia
  • Programas de incidencia social, actividades socioeducativas, de igualdad y de participación ciudadana
Requisitos
  • Si eres una entidad o asociación, estás legalmente constituida, no tienes ánimo de lucro y tienes el domicilio en Sallent
  • Tu proyecto o actividad encaja en una de las líneas subvencionables de la convocatoria

    Cultura y Fiestas, Servicios Sociales, Políticas de Igualdad, Deportes, Educación, Juventud y Participación Ciudadana.

  • Presentas una memoria del proyecto o actividad en el modelo normalizado
  • Presentas el presupuesto previsto del proyecto en el modelo normalizado
  • Tu entidad no es beneficiaria de una subvención nominativa del Ayuntamiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta la actividad subvencionada tal y como la presentaste
  • Haz constar el logotipo del Ayuntamiento de Sallent en los materiales de difusión y publicidad, con la fórmula "con el apoyo" o "con la colaboración"
  • Mantente al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Sométete a las comprobaciones y al control financiero de la Intervención General del Ayuntamiento
  • Justifica la subvención con una cuenta justificativa, como máximo el 31 de enero de 2027
  • Conserva los documentos que justifican los fondos recibidos durante al menos 6 años
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad o asociación sin ánimo de lucro domiciliada en Sallent
  • Eres una persona física con un proyecto o actividad que quieres financiar
  • Organizas actividades de cultura, fiestas o participación ciudadana
  • Tu proyecto es de deportes, educación, juventud, servicios sociales o igualdad
  • Tu entidad conmemora durante 2026 su 25 aniversario o un múltiplo de este
  • Tu entidad ya es beneficiaria de una subvención nominativa del Ayuntamiento
  • Tu asociación no está legalmente constituida
  • Tu entidad tiene el domicilio fuera del municipio de Sallent
  • El gasto que pides es de comidas, restaurantes o montaje de barra en los partidos
  • Tu actividad es interna y tiene ánimo de lucro

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 50% del coste total de la actividad o proyecto. Solo de forma excepcional puede llegar al 100%, si tu entidad conmemora durante 2026 su 25 aniversario o un aniversario múltiple de este y hay crédito disponible en su línea. La cantidad concreta la fija una comisión calificadora, que reparte el crédito disponible de forma proporcional a los puntos obtenidos y a lo solicitado. Cobras por transferencia bancaria una vez realizada la actividad y validada la justificación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga el impreso normalizado en las dependencias municipales o en la web municipal, en el apartado de subvenciones

  2. Reúne la documentación exigida, incluidas la memoria y el presupuesto del proyecto

  3. Presenta la solicitud en el registro general del Ayuntamiento de Sallent, preferiblemente por internet

  4. Si te lo requieren, subsana la documentación en diez días hábiles desde la notificación

  5. Si quieres, asiste a la sesión de la comisión de valoración y expón tu proyecto

  6. Justifica la subvención con la cuenta justificativa, con fecha límite el 31 de enero de 2027

Documentación necesaria

  • Fotocopia del DNI de la persona solicitante o de su representante legal
  • Fotocopia del Número de Identificación Fiscal de la entidad peticionaria, en el caso de personas jurídicas
  • Declaración responsable de que cumples los requisitos para ser beneficiario (modelo normalizado)
  • Declaración de compromiso de cumplir las condiciones impuestas para el otorgamiento de la subvención (modelo normalizado)
  • Declaración de las subvenciones u otros ingresos obtenidos para la misma finalidad (modelo normalizado)
  • Memoria del proyecto o actividad para el que pides la subvención (modelo normalizado)
  • Presupuesto previsto del proyecto para el que pides la subvención (modelo normalizado)
  • Otros documentos, en su caso

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta subvención si ya tengo otras ayudas para la misma actividad?
Sí. Es compatible con otras ayudas, siempre que la suma de todos los ingresos no supere el coste total de la actividad.
¿Qué pasa si no justifico el gasto?
Si no presentas la justificación, se revoca la subvención. Si el gasto justificado es inferior al exigido, el importe se reduce de forma proporcional.
¿Cuánto tardan en resolver mi solicitud?
Como máximo tres meses desde la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes. Si no hay resolución en ese plazo, se entiende desestimada.
¿Qué gastos no me van a subvencionar?
No se subvencionan las comidas ni el montaje de barra durante los partidos, las actividades internas con ánimo de lucro, ni los gastos que no se ajusten a los objetivos del proyecto o de la línea.
¿Tengo que ir a la comisión de valoración?
No es obligatorio, pero puntúa: hasta 2 puntos si compareces y expones tu proyecto y hasta 1 punto si solo estás presente. No asistir no penaliza, pero pierdes esos puntos.

Fuentes oficiales

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