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Ayudas Claras
Subvenciones Burgos Cultura
Cultura Burgos Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones de Espinosa de los Monteros

Hasta el 80% del gasto de la actividad, con un máximo de 1.200€ por solicitud.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Espinosa de los Monteros para actividades culturales, deportivas y festejos.
Para quién
Asociaciones sin ánimo de lucro dedicadas a actividades culturales, deportivas o festejos en Espinosa de los Monteros.
Cuánto
Hasta el 80% del presupuesto de gastos de la actividad, con un máximo de 1.200€ por solicitud
Qué cubre
  • Los gastos propios e imprescindibles para desarrollar la actividad, incluidos los materiales necesarios
  • Las comidas populares, solo si son el objeto mismo de la actividad y están abiertas al público en general
Requisitos
  • Tu asociación está legalmente constituida y no tiene ánimo de lucro
  • El domicilio social de tu asociación está en Espinosa de los Monteros
  • Tu fin principal es promover actividades culturales, deportivas o festejos
  • La actividad se realiza en el término municipal y beneficia al municipio
  • La actividad se realiza, o se ha realizado, durante el ejercicio 2026
  • Tu actividad alcanza al menos 3,0 puntos en la valoración de las solicitudes
    CriterioPuntos
    Continuidad de la actividad al menos en los dos últimos años0,50
    Nuevas actividades, según originalidad y calidad de la propuestahasta 1,5
    Oportunidad (afluencia turística, festividades o eventos populares)0,50
    Esfuerzo organizativohasta 1,5
    Impulso de la actividad económica y comercial del municipiohasta 1,0
    Si sobra presupuesto, puede repartirse de forma proporcional a la puntuación obtenida por el resto de solicitantes.
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad por la que te conceden la ayuda, sin cambiar su objeto ni su finalidad
  • Pide autorización al ayuntamiento para cualquier cambio del programa inicial
  • Justifica la subvención como máximo el 30 de noviembre de 2026, con facturas y justificantes de pago (solo si la actividad se celebra en diciembre y lo hiciste constar expresamente en la solicitud, el plazo llega hasta el 20 de enero de 2027)
  • Comunica al ayuntamiento si consigues otras ayudas para la misma finalidad
  • Incluye de forma visible el patrocinio y el logotipo del ayuntamiento en la publicidad de la actividad
  • Sométete a las comprobaciones del órgano que concede y al control financiero de la Intervención municipal
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida
  • Tu asociación tiene el domicilio social en Espinosa de los Monteros
  • El fin principal de tu asociación son las actividades culturales o deportivas
  • Organizas festejos u otras actuaciones populares de naturaleza parecida
  • La actividad que quieres financiar se celebra en el término municipal
  • La actividad se realiza durante el ejercicio 2026
  • Tu asociación tiene el domicilio social fuera de Espinosa de los Monteros
  • Eres una Administración Pública o un ente dependiente de ella
  • No justificaste las subvenciones municipales que recibiste el ejercicio anterior
  • Tienes pendiente el pago del reintegro de una subvención municipal
  • Ya has obtenido otra subvención dentro de esta misma convocatoria
  • Tu actividad no alcanza los 3,0 puntos mínimos de la valoración

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 80% del presupuesto de gastos que suponga organizar la actividad, y nunca más de 1.200€ por solicitud. No se concede más de una subvención por beneficiario. Cobras después de justificar la actividad, una vez el órgano municipal competente apruebe esa justificación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria detallada de la actividad con su presupuesto de gastos

  2. Cumplimenta la solicitud del Anexo I y fírmala como representante legal de la asociación

  3. Presenta la solicitud y la documentación en la sede electrónica del ayuntamiento dentro del plazo

  4. Si te lo requieren, subsana la documentación en el plazo de diez días naturales

  5. Justifica la actividad con el Anexo IV, las facturas originales y los justificantes de pago

Documentación necesaria

  • Solicitud dirigida al alcalde, cumplimentada y firmada por el presidente de la asociación (Anexo I)
  • Fotocopia del documento de identificación fiscal de la entidad solicitante
  • Fotocopia del DNI del representante legal
  • Memoria detallada de la actividad: descripción, beneficio para el municipio, recursos humanos y materiales y presupuesto de gastos
  • Declaración de ayudas y otros ingresos (Anexo II)
  • Declaración responsable de estar al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Anexo III)
  • Certificado de titularidad de cuenta bancaria a nombre de la asociación solicitante

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir varias subvenciones de esta convocatoria?
No. No se concede más de una subvención por beneficiario.
¿Es compatible con otras ayudas para la misma actividad?
Sí. Es compatible con ayudas de otras administraciones o de entidades públicas o privadas, siempre que entre todas no superen el coste total del proyecto subvencionado.
¿Cuánto tarda la resolución?
El plazo máximo para resolver es de seis meses desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín de la provincia. Si pasa ese plazo sin notificación expresa, la solicitud se entiende denegada.
¿Qué pasa si no justifico la subvención a tiempo?
Si no presentas la justificación en el plazo previsto, la subvención concedida queda anulada. Si no realizas la actividad o no la justificas, tendrás que devolver la cantidad recibida.
¿Qué gastos no me van a admitir?
No se admiten como justificación los gastos de premios, manutenciones, alojamientos, desplazamientos o representación. Tampoco puedes destinar la subvención a subvencionar a terceros.

Fuentes oficiales

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