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Ayudas Claras
Subvenciones Girona Cultura
Cultura Girona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para entidades culturales de Palamós

Subvención del Ayuntamiento de Palamós para actividades de entidades culturales

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Palamós para las actividades culturales de las entidades del municipio.
Para quién
Entidades culturales y asociaciones sin ánimo de lucro de Palamós, incluidas las asociaciones municipales de familias.
Cuánto
El importe se reparte entre las entidades de cada programa según la puntuación obtenida y nunca supera lo que has solicitado
Qué cubre
  • Gastos de la actividad: material gráfico, recibo de federación, formación, desplazamientos, vestuario e instrumentos
  • Gastos de funcionamiento de la entidad (alquiler del local, seguros, telefonía, papelería o informática), como máximo el 40% del presupuesto presentado
Requisitos
  • Eres una entidad cultural o una asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida
  • Tu entidad está domiciliada en el municipio de Palamós
  • Tu entidad tiene como finalidad organizar y realizar actividades culturales en Palamós
  • Dispones de un seguro de responsabilidad civil que cubre el riesgo de la actividad
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta la cuenta justificativa simplificada con sus justificantes como máximo el 31 de enero de 2027
  • Ten los gastos contabilizados y pagados antes de que termine el periodo de la subvención
  • Haz constar la colaboración del Ayuntamiento de Palamós en las actividades y en la propaganda que edites
  • Atiende las actuaciones de comprobación que realice el Ayuntamiento
  • Aporta la información que te reclamen sobre la subvención concedida
  • Adecúa tu actividad a los principios éticos y las reglas de conducta de transparencia y buen gobierno
Fechas estimadas
  • Abre: 2 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 1 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad cultural sin ánimo de lucro está domiciliada en Palamós
  • Organizas actividades de artes escénicas, música o artes plásticas en Palamós
  • Eres una asociación municipal de familias del municipio
  • Tu entidad realiza actividades socioculturales en Palamós durante 2026
  • Puedes justificar los gastos de tus actividades con facturas y recibos
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu entidad no está domiciliada en el municipio de Palamós
  • Ya recibes una subvención nominativa del Ayuntamiento por el mismo concepto
  • Estás incluido en un convenio de colaboración firmado con el Ayuntamiento y pides la subvención por ese mismo concepto
  • Solo quieres financiar gastos de inversión o la compra de bienes muebles

Cuánto puedes recibir

No hay una cantidad fija: el Ayuntamiento reparte la consignación de cada programa entre las solicitudes presentadas, y lo que te toca depende de la puntuación que obtengas con los criterios de valoración. En ningún caso te concederán más de lo que hayas solicitado, ni una cantidad que, sumada a otras ayudas públicas y a la financiación privada, supere el coste de la actividad. Cobras después de justificar la subvención, aunque en casos excepcionales puedes pedir por escrito el pago del 50% antes de justificarla.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la relación de actividades que propones, con objetivos, contenidos, lugar, fechas y beneficiarios previstos

  2. Elabora el presupuesto detallado con los gastos previstos y las distintas fuentes de ingresos

  3. Rellena el modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Palamós

  4. Presenta la solicitud en el Registro general del Ayuntamiento o por la sede electrónica dentro del plazo de un mes

  5. Si te lo requieren, subsana la documentación en el plazo de diez días hábiles

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado de solicitud
  • Documentación que acredite que dispones de un seguro de responsabilidad civil que cubre el riesgo de la actividad
  • Certificado del secretario o secretaria de la entidad que identifique a quien la preside (Anexo I)
  • Autorización al Ayuntamiento de Palamós para difundir públicamente datos e imágenes en los canales municipales (Anexo II)
  • Declaración responsable de la entidad (Anexo III)
  • Relación de las actividades propuestas, con objetivos, contenidos, lugar, fechas de ejecución y beneficiarios previstos (Anexo IV)
  • Presupuesto detallado con los gastos previstos y las fuentes de ingresos (Anexo V)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si el Ayuntamiento ya me da una subvención nominativa?
No por el mismo concepto. Las entidades con una subvención nominativa en el presupuesto o incluidas en convenios de colaboración con el Ayuntamiento no pueden obtener esta subvención por el mismo concepto subvencionado.
¿Qué gastos no me van a subvencionar?
Los impuestos indirectos que puedas recuperar o compensar, los gastos de inversión y la compra de bienes muebles, y los gastos hechos antes de empezar el proyecto o después de terminarlo.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la subvención?
Debes presentar la cuenta justificativa con los documentos justificativos como máximo el 31 de enero de 2027, en el Registro general del Ayuntamiento de Palamós.
¿Qué pasa si no justifico la subvención?
El Ayuntamiento te exigirá el reintegro de las cantidades que hayas cobrado.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta?
El Ayuntamiento te requerirá para que la subsanes en diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu petición.

Fuentes oficiales

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