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Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Cultura
Cultura Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a la creación y producción artística en Oviedo

Subvención a proyectos de creación y producción artística en el Concejo de Oviedo

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Fundación Municipal de Cultura de Oviedo para proyectos de creación y producción artística.
Para quién
Artistas, creadores, agentes, gestores, empresas y asociaciones culturales del Concejo de Oviedo.
Cuánto
Hasta 12.000 euros por solicitante, sin superar el 80% del presupuesto del proyecto
Qué cubre
  • Gastos de personal, artistas, técnicos y creadores vinculados al proyecto
    Tipo de gastoLímite
    Personal, artistas, técnicos y creadoresHasta el 50% de la ayuda máxima a conceder
    No se cubre el personal estable del solicitante, es decir, el contratado de forma permanente para trabajos propios de la organización.
  • Viajes, alojamiento y comidas del personal que participa en el proyecto
    Tipo de gastoLímite
    Viajes, alojamiento y comidasNo más del 20% del total de la ayuda concedida
  • Alquiler de locales y equipos, materiales fungibles, promoción y difusión, publicaciones y derechos de autor
Requisitos
  • Desarrollas tu actividad o tienes trayectoria profesional vinculada al Concejo de Oviedo

    También puedes presentarte sin esa trayectoria si tu proyecto tiene una relación especial con la cultura ovetense.

  • Si eres persona física, eres mayor de 18 años y tienes plena capacidad de obrar
  • Si eres asociación o fundación, estás inscrita en los Registros Municipales del Ayuntamiento de Oviedo
  • Si eres otra persona jurídica, tienes domicilio social o fiscal en el Concejo de Oviedo
  • Tu objeto social, o tu epígrafe de alta en el impuesto de actividades económicas, se relaciona con la cultura
  • Presentas un proyecto singular y concreto, con contenido, objetivos, público, calendario y presupuesto detallado
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto y realiza la actividad para la que te concedieron la ayuda, dentro de 2026
  • Haz constar en toda la información o publicidad del proyecto el texto "Actividad subvencionada por la Fundación Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Oviedo", con su logo; si incumples esta obligación de publicidad por completo te revocan toda la subvención, y si la incumples en parte te revocan un 5% de su cuantía total
  • Justifica la subvención con una memoria de actuación y una memoria económica
  • Incluye en la memoria los indicadores de actividades realizadas, participantes, medios de difusión y número de mujeres participantes
  • Si el proyecto implica contacto habitual con menores, ten en vigor el certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales de todo el personal
  • Si eres empresa o profesional, no acumules más de 300.000 euros en ayudas de mínimis en tres años y comunica cualquier otra que cobres
Fechas estimadas
  • Abre: 3 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 22 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres artista, creador, agente o gestor cultural vinculado al Concejo de Oviedo
  • Tienes una empresa o asociación cultural que trabaja en Oviedo
  • Presentas un proyecto de nueva creación o un programa cultural
  • Tu proyecto se estrena o se muestra públicamente en Oviedo durante 2026
  • Tu proyecto tiene una relación especial con la cultura ovetense
  • Presentas solo la actividad anual de tu entidad, sin un proyecto concreto
  • Tu asociación o fundación es de carácter público
  • Figuras como beneficiario de subvención nominativa en el presupuesto de la Fundación Municipal de Cultura
  • Tienes pendiente justificar subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Oviedo
  • Constas inhabilitado en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

Cuánto puedes recibir

El importe máximo que se puede conceder a cada solicitante es de 12.000 euros. La cuantía concreta la determina la puntuación que obtenga el proyecto, sobre un máximo de 100 puntos, y hay que alcanzar al menos 50 puntos para optar a la ayuda. Además, la subvención no puede superar el 80% del presupuesto del proyecto que figura en la solicitud, ni el coste final del proyecto si este resulta inferior. Las ayudas se conceden en concurrencia competitiva: se comparan todos los proyectos presentados y se subvencionan los que obtienen mayor valoración, hasta agotar los 200.000 euros con que está dotada la convocatoria de 2026. El pago se hace en un único pago anticipado del 100% del importe concedido. La subvención nunca puede ser de tal cuantía que, sola o junto con otras ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria del proyecto, con su descripción detallada, el presupuesto de ingresos y gastos y tu trayectoria, en un máximo de 20 páginas

  2. Descarga el impreso de solicitud y el modelo de memoria en la sede electrónica del Ayuntamiento de Oviedo

  3. Presenta la solicitud y la documentación por vía electrónica en el registro electrónico del Ayuntamiento de Oviedo

  4. Si no estás obligado a tramitar por vía electrónica, puedes presentarla en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Oviedo

  5. Subsana los defectos o aporta la documentación que falte en el plazo de diez días si te lo requieren

  6. Presenta alegaciones en los diez días siguientes a la publicación de la propuesta de resolución provisional

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud cumplimentado y firmado (Anexo I)
  • Memoria del proyecto (Anexo II), con la descripción y el presupuesto detallado de la actividad y la trayectoria del solicitante
  • Si eres persona jurídica: escritura o documento de constitución y estatutos o acto fundacional, debidamente inscritos
  • Acreditación del poder del representante legal, cuando proceda
  • Alta en el impuesto de actividades económicas, en el caso de personas físicas
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y los servicios tributarios de Asturias, solo si no autorizas su consulta

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si mi proyecto se desarrolla fuera de Oviedo?
Con carácter general el proyecto debe realizarse en el Concejo de Oviedo. Si excepcionalmente lo excede, tiene que beneficiar al interés municipal de forma directa o indirecta, y debe justificarse mediante informe motivado antes de la concesión.
¿Vale con presentar la programación anual de mi entidad?
No. No se subvencionan los proyectos que se definan únicamente como una generalidad de actividades, como la actividad anual de la entidad. Debe ser un proyecto singular y concreto, con presupuesto detallado que permita evaluarlo.
¿Puedo combinarla con otras ayudas?
Sí, pero la subvención no puede superar, sola o junto con otras ayudas, ingresos o recursos, el coste de la actividad subvencionada. Si la Fundación Municipal de Cultura detecta ese exceso de financiación, te exigirá su devolución hasta el límite de lo que te concedió.
¿Qué gastos no me van a admitir?
No son subvencionables los bienes inventariables de más de 150 euros, el IVA deducible, las tasas estatales, autonómicas y provinciales, los pagos en metálico por encima de 150 euros ni los costes salariales que no estén vinculados directamente al proyecto.
¿Qué pasa si me falta documentación?
Te requerirán para que la aportes o subsanes los defectos en un plazo máximo e improrrogable de diez días; si no lo haces, se te tendrá por desistido. La documentación relativa al proyecto descriptivo no puede subsanarse.

Fuentes oficiales

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