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Ayudas Claras
Subvenciones Eivissa y Formentera Cultura
Cultura Eivissa y Formentera Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a asociaciones corales de Santa Eulària

Hasta 1.500€ por solicitante para asociaciones corales del municipio.

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu para las actividades culturales, sociales y musicales de las asociaciones corales.
Para quién
Asociaciones corales sin ánimo de lucro del municipio de Santa Eulària des Riu.
Cuánto
Hasta 1.500€ por solicitante, según el presupuesto de gasto que presentes
Qué cubre
  • Actividades culturales, sociales y musicales de tu asociación coral en 2026
  • Los gastos del proyecto que recojas en el presupuesto que presentas
Requisitos
  • Tu asociación coral está legalmente constituida y no tiene ánimo de lucro
  • Tu asociación tiene el domicilio social en el municipio de Santa Eulària des Riu
  • Tu asociación está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, que se acreditan con la declaración responsable del trámite
  • Tu asociación no tiene deudas pendientes con el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones antes de que acabe el plazo de solicitud
  • Tu asociación no ha sido sancionada ni condenada en los últimos tres años por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo o género
  • Vas a realizar las actividades que fundamentan la concesión de la ayuda
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda
  • Presenta la cuenta justificativa antes del 31 de marzo de 2027
  • Justifica el 100% de los gastos del proyecto, no solo la parte subvencionada
  • Informa al ayuntamiento cuanto antes de otras ayudas que recibas para la misma finalidad
  • Publica un anuncio en tu página web, redes sociales o tablón informando de la ayuda concedida
  • Recoge la colaboración del ayuntamiento en todos los elementos publicitarios de la actividad
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Formas parte de una asociación coral sin ánimo de lucro
  • Tu asociación tiene el domicilio social en Santa Eulària des Riu
  • Tu asociación está legalmente constituida
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del ayuntamiento
  • Vas a realizar actividades culturales, sociales o musicales en 2026
  • Tu asociación tiene ánimo de lucro
  • Tu domicilio social está fuera del municipio de Santa Eulària des Riu
  • Tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
  • No estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Te han sancionado en los últimos tres años por prácticas laborales discriminatorias

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 1.500€ por solicitud, en función del presupuesto de gasto que presentes en el trámite. Si ese presupuesto es inferior, cobras esa cantidad menor. Si las solicitudes válidas superan el dinero de la partida, la comisión evaluadora puede proponer un prorrateo proporcional entre todas. El pago llega después de realizar la actividad y presentar correctamente la cuenta justificativa.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones

  2. Reúne el certificado o documento bancario con la cuenta a nombre de tu asociación

  3. Presenta la solicitud en el registro telemático del ayuntamiento identificándote por medios electrónicos

  4. Si te lo requieren, corrige la documentación en los diez días hábiles siguientes

  5. Realiza la actividad y presenta la cuenta justificativa antes del 31 de marzo de 2027

Documentación necesaria

  • Solicitud con las declaraciones responsables, cumplimentada en la sede electrónica municipal
  • Certificado u otro documento bancario con el número de cuenta a nombre de tu asociación
  • Cuenta justificativa (Anexo 1), firmada por medios electrónicos
  • Facturas o documentos equivalentes y justificantes de su pago
  • Imágenes o capturas de las publicaciones que informan de la concesión de la ayuda

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya recibo otra subvención para la misma actividad?
Sí, esta ayuda es compatible con otras subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad. La suma no puede superar el coste de la actividad y debes informar al ayuntamiento cuanto antes de las demás ayudas concedidas.
¿Qué pasa si presento la documentación incompleta?
El ayuntamiento te lo requerirá y tendrás diez días hábiles desde el día siguiente a la notificación para presentar las rectificaciones. Si no lo haces, se entiende que desistes de la solicitud.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
La resolución se dicta en un plazo máximo de cuatro meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes, y se publica en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
¿Tengo que aceptar la ayuda de forma expresa?
Debes comunicar la aceptación. Si pasan cinco días hábiles desde la publicación de la resolución definitiva en el Boletín Oficial de las Islas Baleares sin que respondas, se entiende que la aceptas.
¿Qué ocurre si no justifico la ayuda?
El ayuntamiento puede revocar la ayuda y exigirte la devolución de las cantidades recibidas, con los intereses de demora que correspondan. Según la gravedad del incumplimiento, el importe también puede reducirse entre un 5% y un 100%.

Fuentes oficiales

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