Subvención a guarderías privadas de Cerdanyola del Vallès
Convenios con guarderías privadas para escolarizar a niños de 0 a 3 años empadronados
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia no competitiva del Ayuntamiento de Cerdanyola del Vallès para escolarizar niños en guarderías privadas.
- Para quién
- Guarderías privadas de Cerdanyola del Vallès que imparten educación infantil de primer ciclo.
- Cuánto
- La diferencia entre el precio del servicio básico de escolarización (221,38€) y la cuota mensual por niño de tu guardería para el curso 2026-2027
- Qué cubre
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- Gastos de escolarización de 5 horas diarias, de lunes a viernes, durante 11 meses al año, de septiembre a julio (agosto no está incluido)
- Gastos de las actividades educativas propias del primer ciclo de educación infantil
- Requisitos
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- Tu guardería está en el municipio de Cerdanyola del Vallès
- Tu centro está autorizado e inscrito en el Departamento de Educación y Formación Profesional para impartir educación infantil de primer ciclo
- Tu centro dispone del número de código de centro
- Tu centro tiene licencia municipal de actividades
- Acreditas que las personas adscritas al servicio no han sido condenadas por delitos contra la infancia y la adolescencia
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Firma el convenio de colaboración en un plazo máximo de 10 días desde que te lo notifiquen
- Cobra a las familias 221,38€ al mes como cuota del servicio básico de escolarización; los materiales didácticos, la ropa inicial, las salidas y los servicios complementarios u opcionales se facturan aparte
- No cobres cuota de escolarización básica a las familias de niños matriculados en I2 y haz constar la gratuidad en los recibos
- Solicita la subvención que el Departamento de Educación y Formación Profesional destina a la escolarización de 0 a 3 años en centros privados
- Ten contratada y vigente una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil y la de tu personal
- Justifica la subvención antes del 15 de agosto de 2027 a través de la sede electrónica del Ayuntamiento
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Gestionas una guardería privada en el municipio de Cerdanyola del Vallès
- Tu centro imparte educación infantil de primer ciclo, de 0 a 3 años
- Quieres firmar un convenio de colaboración con el Ayuntamiento
- Puedes escolarizar a niños empadronados que se quedaron en lista de espera
- Tu centro está autorizado por el Departamento de Educación y Formación Profesional
- Eres una familia que busca una ayuda para pagar la guardería
- Tu guardería está fuera del municipio de Cerdanyola del Vallès
- Tu centro no está autorizado para impartir educación infantil de primer ciclo
- Tu centro no dispone de licencia municipal de actividades
- Tu guardería es de titularidad pública
Cuánto puedes recibir
El Ayuntamiento asume la diferencia entre el precio del servicio básico de escolarización fijado por la empresa municipal que gestiona las escuelas infantiles municipales, 221,38€, y la cuota por niño vigente en tu guardería para el curso 2026-2027. Las familias te abonan ese precio del servicio básico, salvo las de los niños matriculados en I2, que no pagan cuota de escolarización básica. El cobro se reparte en tres veces: un 45% en octubre de 2026 y otro 45% en febrero de 2027 como anticipo, y el 10% restante cuando justifiques la ocupación efectiva y regular de las plazas.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Consigue un certificado digital válido y vigente para tu entidad o para su representante legal
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Descarga el formulario normalizado de solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento
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Presenta la solicitud con las declaraciones responsables en el registro de la sede electrónica dentro de los 10 días hábiles
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Subsana los defectos en un plazo improrrogable de diez días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere
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Firma el convenio de colaboración cuando te notifiquen su aprobación
Documentación necesaria
- Documento de identidad de la persona solicitante
- Copia de los estatutos vigentes de la sociedad o entidad, inscritos en el registro correspondiente
- Fotocopia del NIF de la entidad o sociedad
- Documentación que acredite la representación con la que se actúa y copia del DNI del representante
- Declaración responsable de cumplir los requisitos de las bases