Subvenciones para comisiones de fiestas en Meis 2026
Entre 250€ y 850€ por fiesta según su duración y las fechas de celebración
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Meis para organizar fiestas populares, tradicionales y gastronómicas.
- Para quién
- Comisiones de fiestas y asociaciones sin ánimo de lucro que organizan la fiesta en Meis.
- Cuánto
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- Importe fijo según los días que dure la fiesta y las fechas en que se celebre
La subvención puede financiar hasta el 70% de las actividades propuestas. Si la suma de todas las solicitudes supera el crédito disponible, las cuantías se reducen de forma proporcional entre las beneficiarias.Duración de la fiesta Del 1 de mayo al 30 de septiembre Resto del año 1 día 450€ 250€ 2 días 650€ 450€ 3 días o más 850€ 650€
- Importe fijo según los días que dure la fiesta y las fechas en que se celebre
- Qué cubre
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- Fiestas populares, tradicionales y gastronómicas celebradas en Meis en todas sus vertientes
Quedan fuera las actividades deportivas, los viajes de ocio, las excursiones y las actividades culturales, así como las actividades ya subvencionadas por otras convocatorias o convenios del Ayuntamiento de Meis.
- Los gastos que respondan a la naturaleza de la fiesta y estén pagados antes de justificarla
No son subvencionables las obras, inversiones y bienes inventariables, los gastos de funcionamiento y corrientes de la entidad, los impuestos indirectos recuperables o compensables, los intereses, recargos y sanciones, ni las cantidades pagadas al Ayuntamiento de Meis por el uso de instalaciones. Tampoco se admiten facturas de bebidas alcohólicas, tabaco, alimentos y bebidas.
- Fiestas populares, tradicionales y gastronómicas celebradas en Meis en todas sus vertientes
- Requisitos
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- Eres una persona jurídica legalmente constituida, como una asociación o una comisión de fiestas
- Tu entidad carece de fines de lucro
- Desarrollas tus actividades en el ámbito territorial del Ayuntamiento de Meis
- No tienes pendiente de justificar ninguna subvención del Ayuntamiento de Meis para el mismo objeto
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias estatales y autonómicas, con el Ayuntamiento y con la Seguridad Social
- Presentas un único proyecto y pides ayuda para una sola fiesta
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza la fiesta en el término municipal de Meis conforme a la memoria que presentaste
- Justifica ante el Ayuntamiento el gasto y el cumplimiento de la finalidad de la ayuda
- Haz constar la colaboración del Ayuntamiento de Meis en los soportes publicitarios de la fiesta
- Comunica al Ayuntamiento cualquier otra subvención o ingreso que obtengas para la misma finalidad, en cuanto lo sepas
- Conserva los documentos justificativos del dinero recibido mientras puedan ser objeto de comprobación y control
- Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero de los órganos competentes
- Fechas estimadas
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- Abre: 29 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 14 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Formas parte de una comisión de fiestas del municipio de Meis
- Eres una asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida
- Organizas una fiesta popular, tradicional o gastronómica en Meis
- Celebras la fiesta entre enero y el 30 de noviembre de 2026
- Desarrollas tus actividades en el ámbito territorial del Ayuntamiento de Meis
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Tienes pendiente de justificar otra subvención del Ayuntamiento de Meis para el mismo objeto
- Pides la ayuda para una actividad deportiva
- Solicitas subvención para más de una fiesta
- Los gastos que presentas son obras, inversiones o bienes inventariables
- La actividad ya está subvencionada por otra convocatoria del Ayuntamiento de Meis
Cuánto puedes recibir
Recibes una aportación directa y fija que depende de los días que dure la fiesta y de las fechas en que se celebre: va de 250€ a 850€. La subvención puede financiar hasta el 70% de las actividades propuestas, y el pago alcanza el 70% del importe justificado con el límite de la cantidad concedida. Si la suma de todas las solicitudes supera el crédito disponible, las cuantías se reducen proporcionalmente. Cobras después de justificar: si justificas la totalidad del gasto se libra el 100% de la cantidad concedida, y si justificas menos se libra solo el importe justificado.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Descarga los modelos normalizados de solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Meis
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Rellena el formulario de solicitud y la memoria explicativa de la actividad
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Presenta la solicitud firmada electrónicamente en la sede electrónica, dentro de los 15 días naturales siguientes a la publicación del extracto
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Si te lo requieren, subsana los defectos de la solicitud en el plazo de 10 días hábiles
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Presenta la cuenta justificativa con las facturas y los justificantes bancarios, con fecha límite el 30 de noviembre de 2026
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud firmado electrónicamente (Anexo I)
- Memoria explicativa de la actividad firmada electrónicamente (Anexo II)
- Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante
- Copia del DNI de la persona representante que firma la solicitud
- Copia de la solicitud o concesión de otras subvenciones de otros organismos, si las hay
- Para justificar: declaración responsable y solicitud de pago (Anexo III)
- Para justificar: memoria justificativa de los gastos realizados (Anexo IV)
- Para justificar: declaración responsable sobre subvenciones (Anexo V)
- Para justificar: facturas a nombre de la comisión y justificantes bancarios de pago
- Para justificar: certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
- Para justificar: certificado original de cuenta bancaria de la asociación con antigüedad no superior a 6 meses