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Ayudas Claras
Subvenciones Pontevedra Cultura
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Subvenciones para comisiones de fiestas en Meis 2026

Entre 250€ y 850€ por fiesta según su duración y las fechas de celebración

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Meis para organizar fiestas populares, tradicionales y gastronómicas.
Para quién
Comisiones de fiestas y asociaciones sin ánimo de lucro que organizan la fiesta en Meis.
Cuánto
  • Importe fijo según los días que dure la fiesta y las fechas en que se celebre
    Duración de la fiestaDel 1 de mayo al 30 de septiembreResto del año
    1 día450€250€
    2 días650€450€
    3 días o más850€650€
    La subvención puede financiar hasta el 70% de las actividades propuestas. Si la suma de todas las solicitudes supera el crédito disponible, las cuantías se reducen de forma proporcional entre las beneficiarias.
Qué cubre
  • Fiestas populares, tradicionales y gastronómicas celebradas en Meis en todas sus vertientes

    Quedan fuera las actividades deportivas, los viajes de ocio, las excursiones y las actividades culturales, así como las actividades ya subvencionadas por otras convocatorias o convenios del Ayuntamiento de Meis.

  • Los gastos que respondan a la naturaleza de la fiesta y estén pagados antes de justificarla

    No son subvencionables las obras, inversiones y bienes inventariables, los gastos de funcionamiento y corrientes de la entidad, los impuestos indirectos recuperables o compensables, los intereses, recargos y sanciones, ni las cantidades pagadas al Ayuntamiento de Meis por el uso de instalaciones. Tampoco se admiten facturas de bebidas alcohólicas, tabaco, alimentos y bebidas.

Requisitos
  • Eres una persona jurídica legalmente constituida, como una asociación o una comisión de fiestas
  • Tu entidad carece de fines de lucro
  • Desarrollas tus actividades en el ámbito territorial del Ayuntamiento de Meis
  • No tienes pendiente de justificar ninguna subvención del Ayuntamiento de Meis para el mismo objeto
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias estatales y autonómicas, con el Ayuntamiento y con la Seguridad Social
  • Presentas un único proyecto y pides ayuda para una sola fiesta
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la fiesta en el término municipal de Meis conforme a la memoria que presentaste
  • Justifica ante el Ayuntamiento el gasto y el cumplimiento de la finalidad de la ayuda
  • Haz constar la colaboración del Ayuntamiento de Meis en los soportes publicitarios de la fiesta
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra subvención o ingreso que obtengas para la misma finalidad, en cuanto lo sepas
  • Conserva los documentos justificativos del dinero recibido mientras puedan ser objeto de comprobación y control
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero de los órganos competentes
Fechas estimadas
  • Abre: 29 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 14 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Formas parte de una comisión de fiestas del municipio de Meis
  • Eres una asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida
  • Organizas una fiesta popular, tradicional o gastronómica en Meis
  • Celebras la fiesta entre enero y el 30 de noviembre de 2026
  • Desarrollas tus actividades en el ámbito territorial del Ayuntamiento de Meis
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tienes pendiente de justificar otra subvención del Ayuntamiento de Meis para el mismo objeto
  • Pides la ayuda para una actividad deportiva
  • Solicitas subvención para más de una fiesta
  • Los gastos que presentas son obras, inversiones o bienes inventariables
  • La actividad ya está subvencionada por otra convocatoria del Ayuntamiento de Meis

Cuánto puedes recibir

Recibes una aportación directa y fija que depende de los días que dure la fiesta y de las fechas en que se celebre: va de 250€ a 850€. La subvención puede financiar hasta el 70% de las actividades propuestas, y el pago alcanza el 70% del importe justificado con el límite de la cantidad concedida. Si la suma de todas las solicitudes supera el crédito disponible, las cuantías se reducen proporcionalmente. Cobras después de justificar: si justificas la totalidad del gasto se libra el 100% de la cantidad concedida, y si justificas menos se libra solo el importe justificado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga los modelos normalizados de solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de Meis

  2. Rellena el formulario de solicitud y la memoria explicativa de la actividad

  3. Presenta la solicitud firmada electrónicamente en la sede electrónica, dentro de los 15 días naturales siguientes a la publicación del extracto

  4. Si te lo requieren, subsana los defectos de la solicitud en el plazo de 10 días hábiles

  5. Presenta la cuenta justificativa con las facturas y los justificantes bancarios, con fecha límite el 30 de noviembre de 2026

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud firmado electrónicamente (Anexo I)
  • Memoria explicativa de la actividad firmada electrónicamente (Anexo II)
  • Copia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante
  • Copia del DNI de la persona representante que firma la solicitud
  • Copia de la solicitud o concesión de otras subvenciones de otros organismos, si las hay
  • Para justificar: declaración responsable y solicitud de pago (Anexo III)
  • Para justificar: memoria justificativa de los gastos realizados (Anexo IV)
  • Para justificar: declaración responsable sobre subvenciones (Anexo V)
  • Para justificar: facturas a nombre de la comisión y justificantes bancarios de pago
  • Para justificar: certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
  • Para justificar: certificado original de cuenta bancaria de la asociación con antigüedad no superior a 6 meses

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la subvención para más de una fiesta?
No. Cada comisión o asociación solo puede solicitar subvención para una fiesta, y cada fiesta solo puede subvencionarse a través de una única comisión o asociación.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con ayudas de otras administraciones o entidades públicas o privadas, salvo con otras subvenciones concedidas por el propio Ayuntamiento de Meis. La suma de las ayudas recibidas y de los ingresos obtenidos no puede superar el coste total de la actividad.
¿Qué pasa si no justifico el gasto a tiempo?
La fecha límite para justificar es el 30 de noviembre de 2026. Si dejas pasar ese plazo, la subvención queda anulada y se entiende que desistes. Puedes pedir una prórroga de hasta cinco días naturales, siempre que lo solicites antes de que acabe el plazo.
¿Puedo incluir facturas de comida o bebida?
No. No son gastos justificables las bebidas alcohólicas, el tabaco ni ningún otro producto considerado nocivo para la salud, y tampoco las facturas de alimentos y bebidas.
¿Qué ocurre si se presentan más solicitudes de las que se pueden pagar?
Las cuantías propuestas se reducen de forma proporcional entre todas las beneficiarias, de modo que la suma no supere la cantidad consignada para esta convocatoria.

Fuentes oficiales

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