Subvenciones a entidades culturales de Passanant i Belltall
Subvención de hasta el 50% del coste de actividades culturales en el municipio.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Passanant i Belltall para actividades culturales y lúdicas.
- Para quién
- Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro de Passanant i Belltall.
- Cuánto
- Hasta el 50% del coste del proyecto o actividad subvencionada
- Qué cubre
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- Salarios y seguridad social del personal técnico dedicado directamente a la actividad
- Alquiler y suministros de los espacios, material técnico y seguros de la actividad
- Trabajos de otras empresas o profesionales contratados para la actividad (limpieza, seguridad, inscripciones, arbitrajes)
- Costes indirectos o generales de funcionamiento de la entidad, con el límite máximo del 5% del coste total del proyecto o actividad
- Requisitos
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- Tu entidad o asociación no tiene ánimo de lucro
- Tu entidad está inscrita en el registro municipal de entidades del Ayuntamiento
- El objeto de tu asociación está relacionado con el de la convocatoria
- Presentas los estatutos de la entidad
- Has justificado las subvenciones municipales recibidas en años anteriores para la misma finalidad
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Inicia el proyecto en los tres meses siguientes a la notificación de la concesión
- Justifica los gastos como máximo el 1 de febrero del año siguiente al de la convocatoria
- Difunde que la actividad ha sido subvencionada por el Ayuntamiento en cualquier medio impreso o plataforma
- Comunica por escrito al Ayuntamiento cualquier cambio que afecte al desarrollo del proyecto
- Conserva los documentos justificativos durante un periodo no inferior a 6 años
- Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero del Ayuntamiento
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
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Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Representas a una entidad o asociación sin ánimo de lucro
- Tu entidad está inscrita en el registro municipal de entidades
- Organizas actividades culturales o lúdicas abiertas a la ciudadanía
- El objeto de tu asociación coincide con el de la convocatoria
- Ejecutas la actividad dentro del año de la convocatoria
- Tu entidad persigue ánimo de lucro
- Tu entidad no figura en el registro municipal de entidades
- Solo quieres financiar comidas o traslados de los órganos directivos
- Buscas pagar gastos de inversión en bienes inventariables
- Tu actividad terminó antes del año de la convocatoria
- Tienes pendiente justificar subvenciones municipales anteriores para la misma finalidad
Cuánto puedes recibir
Recibes una subvención que no supera el 50% del coste del proyecto o actividad, aunque puede ser mayor si se justifican los motivos. El importe concreto se reparte de forma proporcional entre las entidades solicitantes según los puntos obtenidos en la valoración. Además, lo concedido a cada entidad no puede superar el 50% del crédito de la convocatoria, salvo que este no se agote. El pago se hace contra el expediente de justificación, una vez dictada la resolución.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad está inscrita en el registro municipal de entidades
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Rellena el modelo normalizado de solicitud y fírmalo digitalmente
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Adjunta la memoria del proyecto, el presupuesto de ingresos y gastos y la memoria de actividades del año anterior
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Presenta la solicitud por vía telemática en el registro general del Ayuntamiento dentro del plazo
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Si te lo requieren, subsana la documentación en el plazo improrrogable de 10 días
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Comunica tu aceptación de la subvención en los treinta días naturales siguientes a la notificación
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud con declaración responsable (Anexo 1)
- Fotocopia del DNI del representante legal
- Fotocopia del Número de Identificación Fiscal de la entidad
- Escritura de constitución y estatutos
- Poderes de representación o certificado del secretario que acredite la representación legal
- Memoria descriptiva del proyecto o actividad
- Presupuesto de ingresos y gastos previsto para el proyecto
- Memoria de actividades del año anterior
- Certificado del número de socios declarados por la entidad