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Ayudas Claras
Subvenciones Alicante Cultura
Cultura Alicante Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a asociaciones festivas y culturales de Dénia

Hasta 11.550€ por entidad para proyectos festivos y culturales en Dénia

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Dénia para proyectos festivos y culturales de entidades sin ánimo de lucro.
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de carácter festivo o cultural de Dénia.
Cuánto
Hasta 11.550€ por entidad beneficiaria, según los puntos obtenidos
Qué cubre
  • Gastos corrientes de las actividades festivas y culturales; nunca gastos de inversión
  • Sonido, megafonía, iluminación, imagen, electricidad y alquiler de infraestructuras
  • Material gráfico, publicidad, personal, seguros, uniformes y viajes ligados a la actividad
Requisitos
  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro con implantación municipal y carácter festivo o cultural
  • Estás legalmente constituida e inscrita en el registro de asociaciones de la Comunidad Valenciana
  • Estás inscrita en el registro municipal de asociaciones de Dénia
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias estatales, autonómicas y locales y con la Seguridad Social
  • Has justificado en tiempo y forma las subvenciones concedidas en años anteriores
  • Estás al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Cumple el objetivo y ejecuta el proyecto o la actividad que motivó la subvención
  • Aporta la documentación que exigen las bases de la convocatoria
  • Permite el seguimiento, control y comprobación de las actividades por la Concejalía de Fiestas
  • Comunica a la Concejalía de Fiestas cualquier otra subvención, ayuda o recurso que financie las actividades
  • Devuelve las cantidades percibidas si incumples total o parcialmente las condiciones
  • Reintegra el exceso si las aportaciones recibidas superan el coste de la actividad
Cuándo
  • Abre: 27 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 5 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro radicada en Dénia
  • Tu entidad tiene carácter festivo o cultural
  • Desarrollas proyectos festivos o culturales en el municipio durante 2026
  • Estás inscrita en el registro de asociaciones de la Comunidad Valenciana
  • Estás inscrita también en el registro municipal de asociaciones
  • No estás legalmente constituida ni inscrita en los registros de asociaciones
  • No justificaste en plazo las subvenciones municipales de años anteriores
  • Tienes pagos pendientes por reintegro de subvenciones
  • Tu solicitud no alcanza los 10 puntos mínimos de la valoración
  • Presentas la solicitud fuera del plazo establecido

Cuánto puedes recibir

No hay una cantidad fija: recibes lo que corresponda a los puntos que obtenga tu solicitud. El valor del punto se calcula repartiendo el importe convocado entre todos los puntos de las solicitudes que llegan al mínimo de 10 puntos, y después se multiplica por los puntos de tu entidad. Tu subvención no puede superar los 11.550€. Si el ayuntamiento reparte el importe global mediante prorrateo, tampoco puede concederte más de lo que hayas solicitado ni más de lo que justifiques. El pago se hace por transferencia a la cuenta bancaria de tu entidad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de tu entidad: estatutos, certificado de inscripción y relación de personas socias

  2. Rellena la memoria general de la entidad y una memoria descriptiva por cada proyecto, con un máximo de cinco

  3. Prepara la justificación de los gastos, porque se presenta junto con la solicitud

  4. Presenta la solicitud por vía telemática en la sede electrónica del ayuntamiento, con firma electrónica

  5. Comunica tus datos bancarios mediante el trámite telemático del ayuntamiento

  6. Si el ayuntamiento te lo requiere, subsana la solicitud en el plazo de diez días hábiles

Documentación necesaria

  • NIF de la entidad solicitante
  • NIF o NIE de la persona representante legal
  • Copia del documento público o certificado de inscripción en el registro de asociaciones de la Comunidad Valenciana
  • Certificado de la secretaría con el número actualizado de personas socias y el organigrama de la entidad
  • Estatutos de la asociación o documento que acredite su capacidad jurídica
  • Memoria general de la entidad (Anexo 1)
  • Memoria descriptiva de cada proyecto, cinco como máximo (Anexo 2)
  • Declaraciones responsables firmadas por la presidencia (Anexo 3)
  • Justificación de la subvención (Anexo 4)
  • Facturas y justificantes de los gastos realizados entre el 1 de noviembre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026 (Anexo 5)
  • Relación numerada y detallada de las facturas y justificantes en formato Excel
  • Documentos escaneados que acrediten el pago realizado, como las transferencias bancarias
  • Datos bancarios donde cobrar la subvención

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya he recibido otra ayuda para la misma actividad?
Sí. Es compatible con otros ingresos, subvenciones o recursos de cualquier administración o entidad pública o privada. Eso sí, la suma nunca puede superar el coste de la actividad subvencionada.
¿Cuántos proyectos puedo presentar?
Hasta cinco. Tienes que rellenar una memoria descriptiva por cada proyecto, con su presupuesto de ingresos y gastos.
¿Qué pasa si no justifiqué una subvención de años anteriores?
Quedas excluida de esta convocatoria. Además, si no devuelves una cantidad indebidamente concedida, no podrás concurrir a las convocatorias de los años siguientes.
¿Cuándo sabré si me la conceden?
La resolución se dicta en un plazo máximo de seis meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes y se notifica mediante edictos en la sede electrónica del ayuntamiento. Si pasa ese plazo sin resolución, tu solicitud se entiende desestimada.
¿Puedo alegar si no estoy de acuerdo con la propuesta provisional?
Sí. Desde el día siguiente a la publicación del edicto en la sede electrónica del ayuntamiento dispones de 10 días para formular alegaciones.

Fuentes oficiales

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