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Ayudas Claras
Subvenciones Aragón Educación
Educación Aragón Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para olimpiadas educativas en Aragón

Hasta 3.000€ por actuación para organizar olimpiadas educativas en Aragón

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Gobierno de Aragón para organizar olimpiadas educativas y otros concursos académicos escolares.
Para quién
Universidades y entidades sin ánimo de lucro con sede en Aragón.
Cuánto
  • El 80% del gasto subvencionable, con un tope que depende de la puntuación de tu solicitud
    Puntuación de la solicitudPorcentaje del gastoTope
    Más del 80%80%3.000€
    Más del 70%Hasta el 80%2.000€
    Más del 60%Hasta el 80%1.500€
    Los tramos de 2.000€ y 1.500€ solo se adjudican si queda crédito tras repartir el tramo anterior. La subvención nunca supera la cuantía que hayas solicitado.
Qué cubre
  • Material fungible y de reprografía, material bibliográfico y publicaciones
  • Material diverso de utilización docente y premios, siempre que justifiques su necesidad para el proyecto
  • Desplazamientos necesarios para desarrollar la actividad en las fases provinciales o intercentros
  • Desplazamiento o alojamiento del alumnado y el profesorado que participa en fases nacionales o internacionales
  • Asesorías indispensables para preparar y ejecutar la actividad: sesiones de enriquecimiento curricular, preparatorias de fases nacionales o de preparación individualizada
  • Solo gastos realizados durante el curso 2025-2026, con facturas de ese periodo pagadas antes del 1 de septiembre de 2026
  • No cubre en ningún caso la compra de equipamiento inventariable
Requisitos
  • Eres una universidad o una entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida
  • Tu entidad tiene sede en Aragón y objetivos científicos, matemáticos, lingüísticos o sociales
  • Presentas un único proyecto por entidad
  • En tu actividad compite alumnado de al menos cinco centros que impartan Primaria, Secundaria Obligatoria o Bachillerato en Aragón
  • Tu actividad se realiza durante el curso 2025-2026 y hasta el 31 de agosto de 2026 incluido
  • Has acreditado el cumplimiento y la realización de las subvenciones que ya te concedió antes la Comunidad Autónoma para el mismo fin
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Comunica cualquier cambio en los términos de la actuación subvencionada en el plazo máximo de un mes
  • Justifica la actividad con una memoria de actuación y una memoria económica del coste
  • Paga las facturas de la actividad antes del 1 de septiembre de 2026
  • Acredita al justificar que tienes todos los permisos y autorizaciones necesarios para la actividad
  • Facilita la información que la Administración aragonesa necesite para cumplir con la transparencia
  • Devuelve los fondos recibidos si incurres en alguno de los supuestos de reintegro
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una universidad o una entidad sin ánimo de lucro con sede en Aragón
  • Tu entidad tiene objetivos científicos, matemáticos, lingüísticos o sociales
  • Organizas una olimpiada educativa o un concurso entre estudiantes
  • En tu actividad participa alumnado de al menos cinco centros educativos aragoneses
  • Tu actividad se celebra durante el curso 2025-2026
  • Tu entidad no tiene sede en Aragón
  • Tu institución se dedica principalmente a impartir enseñanzas no universitarias
  • Ya has presentado otro proyecto a esta convocatoria con la misma entidad
  • Tienes una subvención nominativa para la misma actividad en el presupuesto vigente
  • Cumples una sanción firme que te prohíbe acceder a ayudas de esta Administración

Cuánto puedes recibir

Recibes el 80% del gasto subvencionable de tu actividad, con un tope que depende de la puntuación que obtenga tu solicitud: 3.000€ si superas el 80% de la puntuación, 2.000€ si superas el 70% y 1.500€ si superas el 60%. Los dos últimos tramos solo se reparten si queda crédito después del anterior, y las cuantías pueden reducirse proporcionalmente si no alcanza el presupuesto. La subvención nunca supera la cantidad que hayas solicitado. Cobras cuando hayas justificado la actividad y el gasto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria de actuación y la memoria económica de tu proyecto con los modelos de la convocatoria

  2. Genera el modelo de solicitud en la sede electrónica del Gobierno de Aragón, que es de uso obligatorio

  3. Firma la solicitud electrónicamente y preséntala junto con la documentación en formato PDF

  4. Subsana la solicitud en 10 días hábiles si la Administración te lo requiere

  5. Consulta la propuesta de resolución provisional y presenta alegaciones en cinco días hábiles si no estás de acuerdo

Documentación necesaria

  • Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos (Anexo I)
  • Memoria de actuación justificativa (Anexo II)
  • Memoria económica justificativa del coste de las actividades, con las facturas y los justificantes de pago (Anexo III)
  • Copia del acuerdo del órgano competente de la entidad sobre la solicitud de la ayuda
  • Fotocopia de los estatutos de constitución de la entidad y de su inscripción en el registro correspondiente
  • Fotocopia del acta notarial u otro documento que acredite que quien firma es el representante legal
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria, solo si no autorizas que los consulte la Administración

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar más de un proyecto?
No. Cada entidad beneficiaria solo puede participar con un proyecto. En las universidades, cada centro o instituto universitario puede presentar uno, y las facultades y escuelas universitarias uno por cada grado que impartan.
¿Puedo comprar equipos con esta subvención?
No. En ningún caso se admite como gasto subvencionable la adquisición de equipamiento inventariable.
¿Es compatible con otras ayudas para la misma actividad?
Sí. Puedes recibir otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad, siempre que el total recibido no supere el 80% del coste total subvencionable de la actividad.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores?
La Administración te requerirá para que la subsanes o la mejores en un plazo de 10 días hábiles a través de la sede electrónica. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Tengo que aceptar formalmente la subvención?
No. Esta convocatoria no exige la aceptación de la subvención por parte de las entidades beneficiarias.

Fuentes oficiales

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