Subvenciones para olimpiadas educativas en Aragón
Hasta 3.000€ por actuación para organizar olimpiadas educativas en Aragón
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Gobierno de Aragón para organizar olimpiadas educativas y otros concursos académicos escolares.
- Para quién
- Universidades y entidades sin ánimo de lucro con sede en Aragón.
- Cuánto
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- El 80% del gasto subvencionable, con un tope que depende de la puntuación de tu solicitud
Los tramos de 2.000€ y 1.500€ solo se adjudican si queda crédito tras repartir el tramo anterior. La subvención nunca supera la cuantía que hayas solicitado.Puntuación de la solicitud Porcentaje del gasto Tope Más del 80% 80% 3.000€ Más del 70% Hasta el 80% 2.000€ Más del 60% Hasta el 80% 1.500€
- El 80% del gasto subvencionable, con un tope que depende de la puntuación de tu solicitud
- Qué cubre
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- Material fungible y de reprografía, material bibliográfico y publicaciones
- Material diverso de utilización docente y premios, siempre que justifiques su necesidad para el proyecto
- Desplazamientos necesarios para desarrollar la actividad en las fases provinciales o intercentros
- Desplazamiento o alojamiento del alumnado y el profesorado que participa en fases nacionales o internacionales
- Asesorías indispensables para preparar y ejecutar la actividad: sesiones de enriquecimiento curricular, preparatorias de fases nacionales o de preparación individualizada
- Solo gastos realizados durante el curso 2025-2026, con facturas de ese periodo pagadas antes del 1 de septiembre de 2026
- No cubre en ningún caso la compra de equipamiento inventariable
- Requisitos
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- Eres una universidad o una entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida
- Tu entidad tiene sede en Aragón y objetivos científicos, matemáticos, lingüísticos o sociales
- Presentas un único proyecto por entidad
- En tu actividad compite alumnado de al menos cinco centros que impartan Primaria, Secundaria Obligatoria o Bachillerato en Aragón
- Tu actividad se realiza durante el curso 2025-2026 y hasta el 31 de agosto de 2026 incluido
- Has acreditado el cumplimiento y la realización de las subvenciones que ya te concedió antes la Comunidad Autónoma para el mismo fin
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Comunica cualquier cambio en los términos de la actuación subvencionada en el plazo máximo de un mes
- Justifica la actividad con una memoria de actuación y una memoria económica del coste
- Paga las facturas de la actividad antes del 1 de septiembre de 2026
- Acredita al justificar que tienes todos los permisos y autorizaciones necesarios para la actividad
- Facilita la información que la Administración aragonesa necesite para cumplir con la transparencia
- Devuelve los fondos recibidos si incurres en alguno de los supuestos de reintegro
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una universidad o una entidad sin ánimo de lucro con sede en Aragón
- Tu entidad tiene objetivos científicos, matemáticos, lingüísticos o sociales
- Organizas una olimpiada educativa o un concurso entre estudiantes
- En tu actividad participa alumnado de al menos cinco centros educativos aragoneses
- Tu actividad se celebra durante el curso 2025-2026
- Tu entidad no tiene sede en Aragón
- Tu institución se dedica principalmente a impartir enseñanzas no universitarias
- Ya has presentado otro proyecto a esta convocatoria con la misma entidad
- Tienes una subvención nominativa para la misma actividad en el presupuesto vigente
- Cumples una sanción firme que te prohíbe acceder a ayudas de esta Administración
Cuánto puedes recibir
Recibes el 80% del gasto subvencionable de tu actividad, con un tope que depende de la puntuación que obtenga tu solicitud: 3.000€ si superas el 80% de la puntuación, 2.000€ si superas el 70% y 1.500€ si superas el 60%. Los dos últimos tramos solo se reparten si queda crédito después del anterior, y las cuantías pueden reducirse proporcionalmente si no alcanza el presupuesto. La subvención nunca supera la cantidad que hayas solicitado. Cobras cuando hayas justificado la actividad y el gasto.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara la memoria de actuación y la memoria económica de tu proyecto con los modelos de la convocatoria
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Genera el modelo de solicitud en la sede electrónica del Gobierno de Aragón, que es de uso obligatorio
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Firma la solicitud electrónicamente y preséntala junto con la documentación en formato PDF
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Subsana la solicitud en 10 días hábiles si la Administración te lo requiere
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Consulta la propuesta de resolución provisional y presenta alegaciones en cinco días hábiles si no estás de acuerdo
Documentación necesaria
- Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos (Anexo I)
- Memoria de actuación justificativa (Anexo II)
- Memoria económica justificativa del coste de las actividades, con las facturas y los justificantes de pago (Anexo III)
- Copia del acuerdo del órgano competente de la entidad sobre la solicitud de la ayuda
- Fotocopia de los estatutos de constitución de la entidad y de su inscripción en el registro correspondiente
- Fotocopia del acta notarial u otro documento que acredite que quien firma es el representante legal
- Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria, solo si no autorizas que los consulte la Administración