Subvenciones a proyectos de artes plásticas en Córdoba
Hasta el 60% del presupuesto de tu proyecto de artes plásticas en Córdoba
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva de la Fundación Provincial Rafael Botí para proyectos de creación y formación en artes plásticas.
- Para quién
- Personas físicas, gestores culturales, asociaciones y entidades culturales privadas de Córdoba y su provincia.
- Cuánto
- Hasta el 60% del presupuesto que presentas en tu proyecto, sin superar el 6% del presupuesto de la convocatoria
- Qué cubre
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- Producción de obras artísticas y proyectos expositivos, incluidos transporte y catálogo
- Movilidad entre artistas, estancias en residencias y participación en ferias de arte contemporáneo
- Jornadas, talleres, cursos, publicaciones artísticas y gestión de espacios de difusión del arte
- Requisitos
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- Eres persona física, gestor cultural, asociación o entidad cultural privada legalmente constituida
- Has nacido en la provincia de Córdoba o resides en ella, y puedes acreditarlo
- Tu proyecto desarrolla actividades relacionadas con las artes plásticas o visuales
- Si eres asociación, estás inscrita en el Registro de Asociaciones correspondiente
- Estás al corriente con la Fundación y no tienes subvenciones anteriores sin justificar
- Presentas un solo proyecto en esta convocatoria
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza íntegramente la actividad por la que te concedieron la subvención
- Justifica la subvención en los tres meses siguientes a la finalización de la última actividad subvencionada
- Comunica cualquier incidencia en el desarrollo del proyecto en cuanto se produzca
- Admite la presencia de evaluadores de la Fundación durante el desarrollo de las actividades
- Incluye el logotipo de la Diputación de Córdoba y de la Fundación en toda la publicidad del proyecto
- Devuelve el importe recibido si el gasto no se realiza o no se ajusta a la finalidad concedida
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres artista o gestor cultural nacido o residente en la provincia de Córdoba
- Quieres producir obra artística o montar un proyecto expositivo
- Formas parte de una asociación o entidad cultural privada legalmente constituida
- Vas a participar en cursos, ferias de arte o residencias de artistas
- Tu proyecto se desarrolla entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- Tu actividad puede acogerse a otra convocatoria anual de la Fundación o la Diputación
- Solicitas financiación para equipamiento
- Solicitas financiación para actividades docentes de los planes de enseñanza vigentes
- Tienes pendientes de justificar subvenciones concedidas antes por la Fundación
- Quieres presentar más de un proyecto en esta convocatoria
Cuánto puedes recibir
La subvención que te concedan no puede superar el 60% del presupuesto que presentas en tu proyecto, ni el 6% del presupuesto de la convocatoria. El importe está sujeto a las retenciones fiscales que le correspondan. El abono se puede hacer de forma anticipada, antes de realizar la actividad, mediante transferencia a la cuenta bancaria que hayas señalado.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara el proyecto detallado de la actividad y el presupuesto desglosado de gastos e ingresos
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Reúne la documentación general que te corresponda según seas persona física, asociación o entidad
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Cumplimenta el formulario en la sede electrónica de la Fundación y fírmalo electrónicamente
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Si eres persona física y no tienes certificado de firma, imprime la solicitud y preséntala en el registro de la Fundación, de 10:00 a 14:00 de lunes a viernes, o en cualquier otra oficina de registro público; las personas jurídicas solo pueden presentarla por el registro electrónico
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Consulta el tablón de edictos de la sede electrónica para ver la resolución provisional
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Comunica tu aceptación de la subvención en el plazo de diez días desde la resolución definitiva
Documentación necesaria
- Solicitud de subvención con declaración responsable (Anexo I)
- Certificación de la titularidad de la cuenta bancaria, firmada y sellada por tu entidad financiera (Anexo II)
- Proyecto completo y detallado de la actividad, indicando su temporalización
- Presupuesto desglosado de gastos e ingresos de la actividad
- Si eres asociación o entidad cultural: acta de elección del representante legal, CIF, estatutos e inscripción en el Registro de Asociaciones
- Si eres persona jurídica: escritura de constitución o estatutos, inscripción en el registro mercantil y código de identificación fiscal