Subvenciones para galerías de arte de Tenerife
Subvención de hasta 40.000€ para galerías de arte privadas de la isla de Tenerife
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Cabildo de Tenerife para la programación expositiva de las galerías de arte privadas de la isla.
- Para quién
- Empresas, personas autónomas y entidades sin ánimo de lucro titulares de galerías de arte privadas en la isla de Tenerife.
- Cuánto
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- Hasta el 80% del presupuesto del proyecto, con el límite de 40.000,00€
El importe se calcula sobre el presupuesto relacionado con artistas que desarrollan su trabajo en Tenerife y debes financiar al menos el 20% de esa actividad con otros fondos.Concepto Cuantía máxima de subvención Exposiciones en la propia galería 20.000,00€ · el 80% sobre los primeros 10.000,00€ de gasto y el 40% sobre lo que exceda Catálogos de exposiciones 10.000,00€ por beneficiario · el 80% del primer tramo de 1.000,00€, el 50% de 1.000,01 a 2.999,99€ y el 25% a partir de 3.000,00€, con un tope de 2.000,00€ por catálogo Ferias y mercados dentro de España 3.000,00€ por beneficiario · el 50% de los gastos Ferias y mercados fuera de España 7.000,00€ por beneficiario · el 50% de los gastos
- Hasta el 80% del presupuesto del proyecto, con el límite de 40.000,00€
- Qué cubre
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- Organización de exposiciones en tu galería: acondicionamiento de la sala, transporte, montaje y desmontaje de obra, seguros de transporte en la isla, material de difusión y publicidad
- Edición de catálogos de exposiciones: fotografía de la obra, texto crítico, traducción de textos, diseño, maquetación e impresión
- Participación en ferias y mercados: derechos de inscripción, alquiler y montaje del stand, embalaje y transporte de la obra, seguros y personal de atención al público
- Requisitos
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- Eres titular de una galería de arte con domicilio social en la isla de Tenerife
- Tu galería tiene fecha de apertura anterior al 1 de septiembre de 2024
- Acreditas actividad continuada de exposiciones en Tenerife durante los 12 meses anteriores a la publicación de la convocatoria
- Estás dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a las actividades que subvencionas
- Tu proyecto incluye al menos un 50% de obra de artistas que desarrollan su labor creativa en Tenerife
- Propones una programación estable durante al menos ocho meses entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de agosto de 2027
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza las actividades subvencionadas entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de agosto de 2027
- Financia con otros fondos al menos el 20% de la actividad subvencionada
- Justifica la ayuda ante el órgano instructor hasta el 30 de septiembre de 2027 a través de la sede electrónica
- Presenta una memoria justificativa de un máximo de 15 páginas con las actividades realizadas, fechas, lugares y resultados
- Usa el logotipo del Cabildo de Tenerife en la difusión y acredítalo con documentación gráfica
- Sométete a las actuaciones de control de la Intervención General del Cabildo y facilita la información que te pidan
- Fechas estimadas
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- Abre: 29 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 17 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de una galería de arte con domicilio social en la isla de Tenerife
- Eres una empresa, una persona autónoma o una entidad sin ánimo de lucro
- Tu galería abrió antes del 1 de septiembre de 2024
- Vas a programar exposiciones de forma estable durante al menos ocho meses
- Al menos la mitad de la obra que expones es de artistas que trabajan en Tenerife
- Quieres llevar a tus artistas a ferias y mercados nacionales o internacionales
- Tu galería abrió el 1 de septiembre de 2024 o después
- Expones en instalaciones de titularidad pública, aunque el espacio lo gestione una empresa privada
- Tu espacio expositivo pertenece a un centro educativo de cualquier nivel
- El local es sede de una entidad financiera, fundación, asociación cultural u obra social
- No estás dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas de la actividad
- Tu galería no expone obra con finalidad comercial ni tiene equipamiento permanente
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo el 80% del presupuesto de tu proyecto vinculado a artistas que desarrollan su trabajo en Tenerife, con el límite de 40.000,00€, y el 20% restante lo pones tú con otros fondos. Ese máximo se reparte por conceptos: hasta 20.000,00€ por las exposiciones en tu propia galería, hasta 10.000,00€ por catálogos y hasta 10.000,00€ por ferias y mercados. La cantidad final depende de la puntuación de tu proyecto: a partir de 71 puntos se concede el 100% de lo solicitado y de 50 a 70 puntos, entre el 50% y el 90%.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara el proyecto de programación, de un máximo de 20 páginas, con fechas, exposiciones, ferias y currículum de los artistas participantes
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Reúne el presupuesto de gastos y el plan de financiación del proyecto, con gastos e ingresos coincidentes
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Rellena el formulario normalizado disponible en la sede electrónica del Cabildo de Tenerife
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Preséntalo de forma telemática en el registro electrónico del Cabildo dentro de los veinte días naturales siguientes a la publicación del extracto
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Descarga el justificante de registro que acredita la presentación
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Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo improrrogable de diez días hábiles
Documentación necesaria
- Formulario normalizado de solicitud, que incluye la declaración responsable
- Proyecto de programación (máximo 20 páginas) con fechas, eventos, certámenes y ferias previstos, número de exposiciones programadas y currículum de los artistas participantes
- Memoria de actividad de la galería desde enero de 2023 (máximo 4 páginas) con títulos de las exposiciones, artistas y fechas
- Justificación de la presencia de la galería en ferias, eventos o certámenes, mediante certificado de la entidad organizadora o justificante de pago del stand
- Presupuesto de gastos y plan de financiación del proyecto, desglosado por conceptos
- Declaración responsable con el porcentaje que supone la obra de artistas locales sobre el total de la programación
- Título acreditativo del dominio o de los derechos sobre el local destinado a galería: contrato, escritura de arrendamiento, de cesión de uso o de propiedad
- Solo para personas jurídicas: estatutos y escrituras de constitución actualizadas e inscritas en el registro que corresponda