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Ayudas Claras
Subvenciones Tarragona Cultura
Cultura Tarragona Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para asociaciones de vecinos de Valls

Subvención a las asociaciones de vecinos de Valls por sus actividades de 2025.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Valls para las actividades de las asociaciones de vecinos.
Para quién
Asociaciones de vecinos de Valls y de sus pedanías, sin ánimo de lucro.
Cuánto
  • El importe se reparte según los puntos que obtenga tu asociación
    CriterioPuntuación
    Actividades socioculturales y de estímulo de la participación ciudadana: talleres, monográficos, seminarios, jornadas, repasos, actividades de casal, excursiones, arrozadas3 puntos por actividad
    Actividades festivas del ciclo festivo del año (Reyes Magos, Carnaval, Castañada, fiestas de verano, San Juan, fiesta mayor)3 puntos por actividad; en fiesta mayor, 3 puntos por día
    Mejoras del barrio (mantenimiento, reparaciones, embellecimiento) sufragadas íntegramente por la asociación y con coste superior a 300€6 puntos por actuación
    Página web, redes sociales, revistas y otros soportes relacionados con nuevas tecnologías3 puntos por soporte, con un máximo de 6 puntos al año
    Actos con vajilla compostable (platos, vasos y cubiertos)0,5 puntos por comida, con un máximo de 3 puntos al año
    Actos con separación excelente de los residuos en los contenedores solicitados0,5 puntos por comida, con un máximo de 3 puntos al año
    La puntuación comporta la distribución proporcional de los fondos de los que disponga el Ayuntamiento.
Qué cubre
  • Actividades socioculturales y de estímulo de la participación ciudadana
  • Actividades festivas que fomenten la convivencia y las fiestas populares y tradicionales
  • Mejoras del barrio: mantenimiento, reparaciones y embellecimiento
Requisitos
  • Sois una asociación de vecinos de Valls o de sus pedanías
  • Vuestra asociación no tiene ánimo de lucro
  • Está legalmente constituida e inscrita en el Registro de Asociaciones de la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas de la Generalidad de Cataluña
  • Habéis realizado las actividades durante el año 2025
  • No incurrís con vuestra actividad en la vulneración de los derechos humanos
  • Acreditáis el cumplimiento con las declaraciones responsables incluidas en la solicitud
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Cumple todas las condiciones establecidas en esta convocatoria
  • Mantente al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria y la hacienda municipal
  • Facilita las actuaciones de comprobación y control financiero
  • Aporta la documentación complementaria que se te requiera
  • Justifica la subvención aportando la documentación que acompaña a la solicitud
  • Devuelve las cantidades percibidas si renuncias después de haber cobrado la ayuda
Cuándo
  • Abre: 27 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 16 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Formas parte de una asociación de vecinos de Valls o de sus pedanías
  • Tu asociación no tiene ánimo de lucro
  • Vuestra asociación realizó actividades durante el año 2025
  • Está inscrita en el Registro de Asociaciones de la Generalidad de Cataluña
  • Organizasteis actividades festivas o socioculturales en el barrio
  • Pagasteis con fondos propios mejoras del barrio de más de 300€
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu asociación de vecinos no pertenece a Valls ni a sus pedanías
  • La asociación no está inscrita en el registro de asociaciones que se exige
  • No estás al corriente de pago con Hacienda o la Seguridad Social
  • Tu residencia fiscal está en un territorio calificado como paraíso fiscal
  • Presentas la solicitud fuera del plazo establecido

Cuánto puedes recibir

El importe que cobra cada asociación no está fijado de antemano en la convocatoria: se calcula según la puntuación que obtengáis por las actividades realizadas y los fondos disponibles se reparten de forma proporcional entre todas las solicitudes. Una vez otorgada la subvención y hechas las comprobaciones, se tramita el pago de la parte que os corresponda según esa puntuación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria de las actividades realizadas durante 2025, con su coste y el estado de cuentas

  2. Reúne las facturas del importe subvencionado y los justificantes de su pago

  3. Cumplimenta el formulario de solicitud disponible en la web del Ayuntamiento de Valls

  4. Firma digitalmente toda la documentación como representante legal de la asociación

  5. Presenta la solicitud telemáticamente en la sede electrónica del Ayuntamiento dentro del plazo

  6. Si te lo requieren, corrige la documentación en diez días hábiles desde la notificación

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud
  • Fotocopia del CIF de la asociación solicitante
  • Certificado de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Justificante de titularidad de la cuenta bancaria donde se ingresaría la ayuda
  • Declaración responsable que autoriza al Ayuntamiento a comprobar que estás al corriente de pago con la hacienda municipal
  • Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario
  • Declaración responsable de no haber recibido otra subvención por el mismo gasto, o de que la suma no supera el gasto justificado
  • Memoria de las actividades realizadas durante 2025, con la documentación acreditativa, el coste y el estado de cuentas
  • Facturas que justifiquen el importe subvencionado y justificación de su pago
  • Declaración responsable de que las copias digitalizadas reproducen exactamente los documentos originales

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si presento la solicitud fuera de plazo?
Quedas excluido. La convocatoria establece que presentar la solicitud fuera de plazo comporta la exclusión del aspirante.
¿Y si me falta algún documento?
El Ayuntamiento te lo requerirá y tendrás diez días hábiles desde el día siguiente a la notificación para corregirlo. Si no lo haces, se entenderá que desistes de tu solicitud.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de tres meses desde que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin respuesta, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí. Estas subvenciones son compatibles con cualquier otra que otorgue el Ayuntamiento de Valls o cualquier otro ente público o privado, respetando el límite que fija la normativa de subvenciones.
¿Puedo renunciar a la subvención concedida?
Sí. Una vez notificada la resolución, dispones de diez días hábiles para manifestar expresamente tu renuncia. La renuncia debe ser previa al cobro; si ya has cobrado, tendrás que reintegrar las cantidades percibidas.

Fuentes oficiales

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