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Ayudas Claras
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Subvención para cine de verano al aire libre en Córdoba

Subvención para programar cine al aire libre en el término municipal de Córdoba.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Delegación de Cultura del Ayuntamiento de Córdoba para programar cine al aire libre.
Para quién
Fundaciones, asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, empresas privadas y trabajadores autónomos.
Cuánto
Hasta 30.000€ para la actividad, según los puntos obtenidos en el baremo de valoración
Qué cubre
  • Derechos de emisión o distribución de las películas y derechos de autor
  • Alquiler del espacio de proyección y de los equipos técnicos
  • Cachés, honorarios y nóminas de artistas y personal técnico, y gastos de promoción y difusión
Requisitos
  • Eres fundación, asociación, otra entidad sin ánimo de lucro, empresa privada o trabajador autónomo
  • Si eres persona física, estás inscrito en el régimen especial de trabajadores autónomos al cerrarse el plazo de solicitudes
  • Tu programación se realiza al aire libre, dentro del término municipal de Córdoba, entre el 15 de junio y el 15 de octubre de 2026
  • Proyectas al menos cinco títulos diferentes en un espacio con aforo de 100 personas o más
  • Estás al corriente de tus deudas con el Ayuntamiento de Córdoba y sus organismos autónomos, con Hacienda y con la Seguridad Social
  • No tienes pendiente la justificación de subvenciones que te concediera el Ayuntamiento el ejercicio anterior
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto y realiza las proyecciones tal y como las presentaste
  • Justifica ante el Ayuntamiento el cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad
  • Comunica cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que financie la misma actividad
  • Haz constar en toda la publicidad de la actividad que está subvencionada por el Ayuntamiento de Córdoba, con su logotipo
  • Conserva los justificantes de los gastos, incluidos los electrónicos, durante el plazo establecido
  • Devuelve la cantidad percibida si incurres en alguna de las causas de reintegro
Cuándo
  • Abre: 26 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 15 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Organizas proyecciones de cine al aire libre en el término municipal de Córdoba
  • Eres una fundación, asociación vecinal u otra entidad sin ánimo de lucro
  • Tu empresa desarrolla una actividad económica relacionada con las proyecciones
  • Eres profesional inscrito en el régimen especial de trabajadores autónomos
  • Tu programación se desarrolla entre el 15 de junio y el 15 de octubre de 2026
  • Vas a proyectar al menos cinco títulos diferentes
  • Eres una Administración pública, un organismo público adscrito o una entidad de derecho público
  • Tienes un convenio de colaboración vigente con el Ayuntamiento de Córdoba por el mismo objeto
  • Las proyecciones se realizan en espacios cerrados o fuera del término municipal de Córdoba
  • El espacio de proyección tiene un aforo inferior a 100 personas
  • Tu proyecto contempla menos de cinco títulos diferentes
  • La actividad es cerrada o de disfrute exclusivo del colectivo solicitante

Cuánto puedes recibir

El importe no es fijo: depende de los puntos que tu proyecto obtenga en el baremo de valoración. Cada punto tiene un valor económico que resulta de repartir los 100.000€ de la convocatoria entre la suma de puntos de todos los proyectos valorados, y tu subvención es ese valor multiplicado por tus puntos, con un máximo de 30.000€ para la actividad. Si la cantidad que pediste en la solicitud es inferior a ese resultado, cobras la que pediste. Puedes presentar un proyecto por cada espacio de proyección distinto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el proyecto con el programa de proyecciones, las fechas, el espacio y el presupuesto desglosado

  2. Cumplimenta los modelos normalizados de solicitud y declaración responsable y agrupa la documentación en anexos

  3. Presenta la solicitud por vía electrónica en la sede electrónica del Ayuntamiento de Córdoba, usando el trámite específico de la convocatoria si está disponible

  4. Hazlo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia

  5. Atiende el requerimiento de subsanación si se publica en el tablón de anuncios de la sede electrónica

Documentación necesaria

  • Solicitud y declaración responsable firmada, en el modelo normalizado
  • Acreditación de la identidad del solicitante y de sus representantes
  • Proyecto fechado y firmado, con denominación, número de películas, fechas, espacio, organización, características técnicas del equipo de proyección y presupuesto de ingresos y gastos
  • Certificado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, si eres persona física
  • Certificados de estar al corriente con el Ayuntamiento de Córdoba y sus organismos autónomos, con Hacienda y con la Seguridad Social, si no autorizas su consulta

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir más de una subvención de esta convocatoria?
Sí, si desarrollas proyecciones en espacios diferentes. En ese caso tienes que presentar un proyecto y solicitar la subvención por cada espacio.
¿Es compatible con otras ayudas para la misma actividad?
Sí, es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos o privados, siempre que la suma no supere el coste de la actividad subvencionada. Debes comunicarlo a la Delegación de Cultura.
¿Puedo subcontratar las proyecciones?
No. No está permitida la subcontratación total ni parcial de la actividad que constituye el objeto de la subvención.
¿Se admiten pagos en efectivo al justificar?
Por regla general no. Solo se admiten excepcionalmente pagos en metálico para gastos de urgente e inaplazable necesidad debidamente justificados y que no superen los cien euros, sin fraccionar pagos a un mismo proveedor.
¿Qué pasa si presento la solicitud presencialmente?
Te requerirán para que la subsanes presentándola por vía electrónica. La fecha que cuenta es la de esa subsanación, así que si se hace fuera del plazo de la convocatoria la solicitud será inadmitida.

Fuentes oficiales

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