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Ayudas Claras
Subvenciones Canarias I+D+i
I+D+i Canarias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a empresas para innovación social en Canarias

Entre 50.000€ y 100.000€ por entidad para proyectos de innovación social en Canarias

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Gobierno de Canarias para desarrollar proyectos de innovación social.
Para quién
Empresas, autónomos y entidades de economía social.
Cuánto
Entre 50.000€ y 100.000€ por entidad, hasta el 100% del gasto elegible
Qué cubre
  • El 100% del gasto total elegible de tu proyecto de innovación social
  • El presupuesto financiable del proyecto, que es lo que determina la cuantía
Requisitos
  • Eres una empresa, un autónomo o una entidad de economía social
  • Tu entidad está válidamente constituida cuando presentas la solicitud
  • Presentas un proyecto de innovación social
  • Puedes acreditar que desarrollas una actividad económica
  • No operas en un sector excluido de las ayudas de minimis
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Inicias el proyecto dentro del año del procedimiento al que te presentas
  • Ejecutas el proyecto en un plazo máximo de 18 meses
  • Justificas la subvención en los quince días hábiles siguientes al fin del plazo de ejecución
  • Comunicas cualquier otra ayuda pública que solicites u obtengas para el mismo proyecto
  • No cubres los mismos gastos con otras subvenciones, ayudas o ingresos
Cuándo
  • Abre: 15 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 6 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una empresa constituida y vas a desarrollar un proyecto de innovación social
  • Eres autónomo y quieres poner en marcha un proyecto de innovación social
  • Tu entidad es de economía social
  • Vas a crear puestos de trabajo con el proyecto
  • Vas a desarrollar el proyecto en islas no capitalinas
  • Tienes un acuerdo de transferencia de conocimiento con universidades canarias
  • Tu empresa opera en un sector excluido de las ayudas de minimis
  • Ya has recibido 300.000€ en ayudas de minimis en los tres años previos
  • Tu entidad no está válidamente constituida cuando presentas la solicitud
  • Vas a cubrir los mismos gastos con otra subvención o ayuda pública

Cuánto puedes recibir

Recibes entre 50.000€ y 100.000€ según el presupuesto financiable de tu proyecto, ya que la ayuda cubre hasta el 100% del gasto total elegible. El pago se hace por anticipado y estás exento de presentar garantías. Ten en cuenta que el total de ayudas de minimis que recibas no puede superar los 300.000€ en los tres años previos.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria del proyecto, el presupuesto desglosado y el plan de financiación

  2. Cumplimenta el formulario electrónico del aplicativo de gestión de la convocatoria

  3. Firma la solicitud como representante legal de la entidad y adjunta la documentación exigida

  4. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Gobierno de Canarias dentro del plazo

  5. Consulta la resolución en el tablón de anuncios de la sede electrónica

Documentación necesaria

  • Memoria del proyecto para el que solicitas la subvención
  • Presupuesto desglosado del proyecto a desarrollar
  • Plan de financiación y previsión de ingresos y gastos
  • Declaración responsable de las ayudas de minimis obtenidas durante tres años y de cualquier otra ayuda concedida sobre los mismos costes financiables
  • Escritura de constitución y estatutos de la entidad, o documentación equivalente que acredite su personalidad
  • Documentación que acredite la representación de quien firma en nombre de la entidad
  • Documentación que acredite tu actividad económica (alta o último recibo del IAE) o certificado del Registro Mercantil con tus datos generales
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda estatal y autonómica y con la Seguridad Social, si no autorizas su consulta al centro gestor

Preguntas frecuentes

¿Hay un solo plazo para solicitarla?
No. La convocatoria se tramita en dos procedimientos con plazos distintos: el primero, del ejercicio 2027, se solicita entre el 15 de octubre de 2026 a las 09:00 h y el 6 de noviembre de 2026 a las 14:00 h; el segundo, del ejercicio 2028, entre el 15 de octubre de 2027 a las 09:00 h y el 8 de noviembre de 2027 a las 14:00 h.
¿Puedo presentar más de una solicitud?
Sí. Puedes presentar un máximo de tres solicitudes por entidad en cada procedimiento, pero solo una de ellas podrá ser subvencionable en cada procedimiento.
¿Puedo combinarla con otra subvención para el mismo proyecto?
No. Esta subvención es incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para los mismos conceptos financiables, vengan de la administración que vengan. Además, debes comunicar cualquier otra ayuda pública que solicites u obtengas para el proyecto.
¿Qué se valora para decidir a quién se concede?
Se reparten hasta 100 puntos: hasta 50 por los aspectos técnicos e innovadores y el análisis de la solución e impacto, y hasta 50 por la entidad solicitante, donde puntúan la experiencia del equipo y los puestos de trabajo que vayas a crear.
¿Cuánto tardan en contestarme?
El plazo para resolver el procedimiento y notificar la resolución de concesión es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.

Fuentes oficiales

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