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Ayudas Claras
AyudasSubvenciones Cantabria I+D+i
I+D+i Cantabria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas de ciberseguridad para empresas de Cantabria

Hasta 20.000€ por solicitante, con una intensidad máxima del 50% de los gastos elegibles.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria para proyectos de ciberseguridad.
Para quién
Empresas de cualquier tamaño y autónomos de la industria manufacturera o de servicios de apoyo a la industria en Cantabria.
Cuánto
Hasta el 50% de los gastos elegibles, con un máximo de 20.000€ por solicitante
Qué cubre
  • Consultoría, ingeniería, auditoría y primeras certificaciones contratadas
  • Formación de tu plantilla en ciberseguridad
  • Compra de hardware y software para el proyecto
Requisitos
  • Tu empresa está válidamente constituida cuando presentas la solicitud
  • Eres titular en Cantabria de una actividad industrial manufacturera o de apoyo a la industria
  • Cuentas con centro de trabajo en Cantabria y realizas allí las actividades
  • Tienes hecha la evaluación de riesgos laborales y la planificación preventiva, salvo que estés exento de esa obligación
  • Tienes implantado y registrado el Plan de Igualdad si estás obligado a ello
  • Tu proyecto tiene un presupuesto elegible superior a 3.000€
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Usa los fondos únicamente para los fines solicitados
  • Ubica los activos materiales en tu centro de trabajo de Cantabria
  • Mantén tu actividad en Cantabria un mínimo de 3 años desde que acabe el proyecto
  • Respeta la normativa de medio ambiente y de accesibilidad de las personas con discapacidad
  • Facilita las evidencias y comprobaciones que te pidan los órganos de control
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 2 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu empresa tiene centro de trabajo en Cantabria
  • Eres titular de una actividad industrial manufacturera en Cantabria
  • Tu actividad es un servicio de apoyo a la industria
  • Eres autónomo o trabajador por cuenta propia con actividad industrial
  • Quieres proteger tus sistemas frente a ciberataques
  • Tu proyecto tiene un presupuesto elegible superior a 3.000€
  • Tu entidad es una empresa o un ente público
  • Tu empresa se considera una empresa en crisis
  • No tienes hecha la evaluación de riesgos laborales de tu empresa y no estás exento de esa obligación
  • Estás obligado a registrar un Plan de Igualdad y no lo tienes
  • Vas a ejecutar el proyecto fuera de Cantabria
  • Solo quieres renovar equipos, licencias o certificaciones ya existentes

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 50% de los gastos que se consideren elegibles, con un tope de 20.000€ por persona solicitante. Tu proyecto debe tener un presupuesto elegible superior a 3.000€. No se admiten como gasto los justificantes o facturas de importe inferior a 100€ con impuestos incluidos, ni los propios impuestos, cargas y gravámenes.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de tu empresa y la memoria técnica y económica del proyecto

  2. Date de alta en el gestor de ayudas de la sociedad de desarrollo regional

  3. Cumplimenta la solicitud por vía telemática en ese gestor de ayudas

  4. Firma el documento de solicitud con certificado digital de quien te representa

  5. Presenta la solicitud a través del gestor de ayudas antes de que acabe el plazo

Documentación necesaria

  • Número de identificación fiscal de la entidad (NIF)
  • Escritura de constitución con sus modificaciones y estatutos en vigor, en el caso de sociedades
  • Poder de representación de la persona que firma la solicitud
  • Informe de vida laboral, en el caso de autónomos dados de alta en el RETA
  • Certificado de la mutua sobre el alta y las cuotas, en el caso de mutualistas
  • Certificado de situación en el censo de actividades económicas
  • Documento acreditativo de titularidad de la cuenta bancaria
  • Certificados de estar al corriente con la Hacienda estatal, la Hacienda cántabra y la Seguridad Social
  • Memoria justificativa técnica y económica de las actividades realizadas
  • Evidencias de los trabajos realizados asociados a cada gasto
  • Declaración responsable de ausencia de conflicto de intereses
  • Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos
  • Declaración responsable de compromiso en la ejecución de las actuaciones
  • Declaración responsable de no causar un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar varias solicitudes?
No. Se admite un máximo de una solicitud por persona interesada.
¿Es compatible con otras ayudas?
Es incompatible con otras subvenciones del Gobierno de Cantabria, sus organismos autónomos y entidades públicas empresariales para el mismo concepto. Es compatible con ayudas de otras administraciones o de entes públicos o privados siempre que no cubran los mismos costes y que el total de las ayudas no supere el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué gastos quedan fuera?
No se subvencionan la mera renovación de equipos, licencias, mantenimientos o certificaciones, el equipamiento de segunda mano, los teléfonos móviles, el hardware de puesto de trabajo como portátiles o tablets, ni los productos de seguridad física.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene errores?
Te requerirán para que la subsanes en un plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la notificación. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu petición.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo de resolución es de seis meses desde que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, tu solicitud puede entenderse desestimada.

Fuentes oficiales

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