Ayudas a productoras de largometrajes en Castilla-La Mancha
Hasta el 75% del gasto y un máximo de 100.000€ por proyecto de largometraje
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes para producir largometrajes en Castilla-La Mancha.
- Para quién
- Personas y empresas privadas titulares de productoras de cine o audiovisual independientes.
- Cuánto
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- Hasta el 75% del gasto subvencionable, con un máximo de 100.000€ por proyecto
Tu proyecto necesita un mínimo de 50 puntos para poder recibir la ayuda.Puntuación total del proyecto Porcentaje respecto a la ayuda solicitada de 80 a 100 puntos 100% de la ayuda solicitada de 70 a 79,99 puntos 80% de la ayuda solicitada de 60 a 69,99 puntos 70% de la ayuda solicitada de 50 a 59,99 puntos 60% de la ayuda solicitada
- Hasta el 75% del gasto subvencionable, con un máximo de 100.000€ por proyecto
- Qué cubre
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- Los gastos de producción del largometraje generados entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2029
- Los gastos de viajes, alojamiento y manutención, dentro de los límites fijados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
- Requisitos
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- Eres una persona física o jurídica privada titular de una empresa de producción cinematográfica o audiovisual independiente
- Tienes tu domicilio fiscal en Castilla-La Mancha o ruedas allí al menos el 40% del largometraje
Si no tienes el domicilio fiscal en la región, el proyecto debe estar relacionado con la identidad de la comunidad castellanomanchega y el rodaje realizarse al menos en un 40% en Castilla-La Mancha. En proyectos documentales o de animación, además de esa relación con la identidad de la comunidad, al menos el 40% de los recursos técnicos y humanos deben estar establecidos en Castilla-La Mancha.
- Has estado de alta en el epígrafe 961 del Impuesto de Actividades Económicas durante algún periodo de los tres años previos a la publicación de la convocatoria
- Estás inscrito en la sección primera del Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales
- Eres titular de los derechos de propiedad de las obras audiovisuales que produces, en lo necesario para explotarlas y comercializarlas
- Dispones de un plan de prevención de riesgos laborales y no has sido sancionado por falta muy grave en esa materia en el último año
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta el proyecto entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2029
- Comunica a la Viceconsejería de Cultura y Deportes la fecha de inicio del rodaje
- Justifica la ayuda en el plazo de un mes desde el día siguiente a la finalización de la ejecución del proyecto
- Presenta cuenta justificativa con informe de auditor de cuentas si la subvención concedida es igual o superior a 60.000€
- Envía dos copias de la obra terminada en soporte digital, una en formato DCP, junto al justificante del depósito legal
- Remite en diez días hábiles los justificantes de gasto y pago que la administración te seleccione
- Fechas estimadas
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- Abre: 26 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 8 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de una empresa de producción cinematográfica o audiovisual independiente
- Vas a producir un largometraje de ficción, documental o de animación
- Tienes tu domicilio fiscal en Castilla-La Mancha
- Ruedas al menos el 40% del largometraje en Castilla-La Mancha
- Estás inscrito en el Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales
- Participas al menos con un 20% del coste total de una coproducción
- Eres una asociación u otra entidad sin ánimo de lucro
- Eres una comunidad de bienes u otra agrupación sin personalidad jurídica propia (las Agrupaciones de Interés Económico sí pueden ser beneficiarias)
- Tu proyecto ya recibió subvención en convocatorias anteriores de largometrajes
- Tu largometraje dura menos de sesenta minutos
- Tu empresa está en crisis o tiene pendiente una orden de recuperación de ayudas
- Eres titular de un cargo electivo de Castilla-La Mancha
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo el 75% del gasto subvencionable de tu presupuesto, con un tope de 100.000€ por proyecto. La cantidad concreta depende de la puntuación de tu proyecto: con 80 puntos o más cobras el 100% de la ayuda solicitada y, por debajo, entre el 60% y el 80%. El pago llega en tres abonos anticipados: el 50% en 2026, el 25% en 2027 y el 25% restante en 2028.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara el presupuesto del proyecto desglosado por partidas en el modelo del Anexo I, en formato Excel y sin IVA
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Date de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
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Rellena el formulario de solicitud con los datos de valoración del proyecto y las declaraciones responsables
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Presenta la solicitud de forma telemática con firma electrónica en la sede electrónica de la Junta, dentro de los diez días hábiles
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Si te lo requieren, subsana los defectos o aporta los documentos que falten en diez días hábiles
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud con los datos de valoración del proyecto y las declaraciones responsables
- Documento acreditativo de la representación, si firmas en nombre de la persona o entidad solicitante
- Contrato de coproducción con los compromisos de cada entidad y la persona designada como representante único, en los supuestos de coproducción
- Presupuesto desglosado por partidas (Anexo I, Datos del presupuesto), en formato Excel y sin IVA
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, si no autorizas su comprobación de oficio