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Ayudas Claras
Subvenciones Bizkaia Cultura
Cultura Bizkaia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a asociaciones para promover el euskera en Durango

Cubre hasta el 80% del presupuesto de tu actividad de promoción del euskera, con un máximo de 6.000 € por entidad.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Mancomunidad de la Merindad de Durango para actividades de promoción del euskera.
Para quién
Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro que organizan actividades en los municipios del Servicio de Euskera de la Mancomunidad de la Merindad de Durango.
Cuánto
Hasta el 80% del presupuesto subvencionable de la actividad, con un máximo de 6.000 € por entidad
Qué cubre
  • Salarios y seguridad social del personal contratado para el proyecto
  • Alquiler de locales, material de oficina y material no inventariable
  • Transporte público o autobuses privados, pólizas de seguros y publicidad
Requisitos
  • Eres una entidad o asociación sin ánimo de lucro
  • Estás inscrita en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco
  • Tienes la sede social en uno de los municipios del Servicio de Euskera de la Mancomunidad o desarrollas allí las actividades

    Municipios del servicio de euskera de la Mancomunidad: Abadiño, Atxondo, Berriz, Durango, Elorrio, Garai, Iurreta, Izurtza, Mañaria y Zaldibar.

  • Tu proyecto tiene perspectiva comarcal y se desarrolla en el año natural de la convocatoria
  • Tu entidad no ha sido sancionada por discriminación por razón de sexo
  • Tu solicitud alcanza un mínimo de 50 puntos en la valoración
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad ajustándote a los términos del proyecto presentado
  • Justifica la subvención en los dos meses siguientes al fin de la actividad
  • Comunica si obtienes otras ayudas para la misma finalidad
  • Incorpora la colaboración de la Mancomunidad en el material publicitario
  • Redacta los carteles y comunicaciones en euskera o en las dos lenguas oficiales, con prioridad para el euskera
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control que se te requieran
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad o asociación sin ánimo de lucro
  • Estás inscrita en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco
  • Tienes la sede social en uno de los diez municipios del Servicio de Euskera de la Mancomunidad
  • Organizas actividades cuyo objetivo es promover el uso del euskera
  • Tu proyecto tiene perspectiva comarcal y se difunde en toda la Mancomunidad
  • Vas a desarrollar la actividad dentro del año natural de la convocatoria
  • Tu programa es educativo, académico, de euskaldunización o alfabetización
  • La actividad se hace en centros escolares en horario escolar
  • La actividad la organiza una asociación de madres y padres de alumnos
  • Organizas campamentos dirigidos a escolares y jóvenes
  • La actividad la organiza un club deportivo
  • En tu asociación participa alguna administración pública

Cuánto puedes recibir

La cuantía se reparte por puntos: se suman los puntos de todas las solicitudes, se divide el crédito entre ese total para obtener el valor de cada punto y se multiplica por los puntos que consigas. La subvención puede alcanzar como máximo el 80% del presupuesto subvencionable admitido para la actividad y, en todo caso, cada entidad o asociación puede recibir como máximo 6.000 €. Cobras un pago anticipado del 70% antes de justificar y el 30% restante después de justificar la subvención.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los estatutos, el certificado de inscripción y el resto de documentación

  2. Rellena el modelo oficial de solicitud, firmado por tu representante legal

  3. Presenta la solicitud por medios telemáticos en la sede electrónica de la Mancomunidad

  4. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo improrrogable de 10 días

  5. Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de seis meses

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo oficial (Anexo I)
  • Copia compulsada de los estatutos de la entidad o asociación
  • Certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones del Gobierno Vasco
  • Copia compulsada del Código de Identificación Fiscal de la asociación
  • Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad del representante legal
  • Certificado del acuerdo de nombramiento de sus órganos y representantes
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
  • Declaración responsable de no estar inhabilitada para obtener subvenciones (Anexo II)
  • Declaración responsable de otras subvenciones solicitadas u obtenidas para el mismo proyecto (Anexo III)
  • Presupuesto detallado de ingresos y gastos de la actividad (Anexo IV)
  • Programa anual de actividades o actividad concreta, con su coste, número de participantes, ámbito y periodo de realización
  • Justificación documental de los méritos alegados
  • Documento de datos bancarios de la asociación (Anexo V)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra ayuda para la misma actividad?
Sí, es compatible con otras ayudas públicas o privadas para la misma finalidad. Eso sí, la suma no puede superar el coste de la actividad: si hay exceso de financiación, la subvención se reduce en esa cantidad.
¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta?
La Mancomunidad te requerirá para que la completes en un plazo máximo e improrrogable de 10 días. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de la solicitud.
¿Qué gastos no me van a subvencionar?
Quedan fuera las comidas y bebidas, los desplazamientos en vehículo particular, los premios en metálico, el alquiler y la limpieza de tu sede, los suministros de luz, agua y teléfono, los bienes inventariables, la formación técnica y los costes indirectos.
¿Qué pasa si no justifico una subvención anterior?
No se te abonará la subvención si tienes pendiente de justificar otra cuyo plazo ya haya terminado, o si no has reintegrado una ayuda anterior cuando te lo requirieron.

Fuentes oficiales

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