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Ayudas Claras
Subvenciones Zaragoza Cultura
Cultura Zaragoza Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para asociaciones locales de Bujaraloz

Hasta 2.500€ para actividades culturales, deportivas y sociales en Bujaraloz

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Bujaraloz para la programación de actividades de las asociaciones locales.
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de carácter local con domicilio en Bujaraloz.
Cuánto
300€ fijos por asociación más un reparto proporcional a los puntos obtenidos, con un máximo de 2.500€.
Qué cubre
  • Gastos que respondan de forma clara a la naturaleza de las actividades subvencionadas
  • Gastos de funcionamiento necesarios para ejecutar o desarrollar las actividades
  • Gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
Requisitos
  • Tu asociación o entidad sin ánimo de lucro es de ámbito local y tiene domicilio en Bujaraloz
  • Tu entidad está legalmente constituida a la fecha de esta convocatoria
  • Entre los fines de tus estatutos figura cultura, acción social, música, deportes, educación, juventud o restauración del patrimonio
  • Las actividades se realizan entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Al menos una de tus actividades va dirigida al público en general de Bujaraloz
  • No tienes deudas con el Ayuntamiento de Bujaraloz
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza las actividades subvencionadas dentro del ejercicio 2026
  • Haz constar la colaboración del Ayuntamiento en la propaganda impresa y demás medios de difusión de la actividad
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier circunstancia que altere, modifique o impida las actividades previstas
  • Justifica el destino de los fondos percibidos
  • Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad
  • Presenta la justificación de los gastos hasta el 15 de enero de 2027, último día de plazo
Fechas estimadas
  • Abre: 26 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 9 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu asociación sin ánimo de lucro tiene su domicilio en Bujaraloz
  • Tu entidad está legalmente constituida a la fecha de la convocatoria
  • Tus fines incluyen cultura, acción social, música, deportes, educación, juventud o patrimonio
  • Organizas actividades en 2026 abiertas al público general de Bujaraloz
  • No tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento de Bujaraloz
  • Tu entidad no tiene domicilio en el municipio de Bujaraloz
  • Tu asociación tiene reconocida una subvención nominativa en el presupuesto municipal de 2026
  • Tus actividades están limitadas exclusivamente a los socios de la entidad
  • Ninguna de tus actividades se dirige al público en general
  • Tu entidad persigue ánimo de lucro

Cuánto puedes recibir

Recibes una cantidad fija de 300€ por presentarte a la convocatoria y, además, una parte del crédito restante repartida en proporción a los puntos que obtenga tu programa de actividades. En ningún caso la subvención concedida supera los 2.500€. Si justificas una cantidad inferior a la concedida, la ayuda se reduce en la misma proporción.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los estatutos de tu asociación, salvo que ya los entregaras en convocatorias anteriores y no hayan cambiado

  2. Cumplimenta la instancia del Anexo I con los datos de la entidad y el domicilio a efectos de notificación

  3. Prepara el Anexo II con toda la programación de actividades previstas para 2026

  4. Firma el Anexo III de declaración responsable

  5. Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento, en horario de oficina de 8:30 a 14:30, o por cualquiera de los otros medios de registro admitidos ante las administraciones públicas

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud dirigida al Alcalde Presidente (Anexo I)
  • Copia de los estatutos de la entidad, salvo que ya se entregaran y no hayan sido modificados
  • Memoria con la programación de actividades previstas para 2026 (Anexo II)
  • Declaración responsable de que no concurren circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas (Anexo III)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta subvención si ya tengo otra ayuda para la misma actividad?
Sí. Es compatible con otras subvenciones para la misma finalidad, siempre que entre todas no superen el coste de la actividad o gasto subvencionado. Debes comunicar al Ayuntamiento cualquier otra ayuda que obtengas.
¿Qué pasa si mi asociación ya tiene una subvención nominativa en el presupuesto municipal?
No puede ser beneficiaria. Quedan fuera las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro locales que tengan reconocida una subvención nominativa en el presupuesto municipal de 2026.
¿Valen las actividades que solo son para los socios?
No. Quedan expresamente excluidas las actividades que no van dirigidas al público en general o están limitadas exclusivamente a los socios de la entidad.
¿Hasta cuándo tengo para justificar la subvención?
El plazo para presentar la justificación finaliza el 15 de enero de 2027. Los gastos justificados deben llevar fecha comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?
El plazo de resolución es como máximo de dos meses desde el día siguiente a la fecha en que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si vence ese plazo sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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