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Ayudas Claras
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Agricultura Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a organizaciones hortofrutícolas en Cataluña

Financia los fondos operativos de organizaciones de productores hortofrutícolas

Lo que significa

Qué es
Subvención de la Generalitat de Catalunya para financiar los fondos operativos de organizaciones de productores de frutas y hortalizas
Para quién
Organizaciones de productores de frutas y hortalizas y sus asociaciones
Cuánto
La aportación de la Unión Europea no supera, con carácter general, el 50% de los gastos reales subvencionables, porcentaje ampliable en los supuestos que prevé la normativa europea; el importe máximo de cada organización se limita según el valor de su producción comercializada
Qué cubre
  • Las actuaciones incluidas en tu programa operativo aprobado
  • Inversiones en el ámbito de los programas operativos, con costes máximos de referencia
  • Actuaciones medioambientales para las que existe estudio de costes específicos, a las que se aplican importes y tipos fijos ya establecidos
Requisitos
  • Eres una organización de productores de frutas y hortalizas o una asociación de estas organizaciones
  • Cumples las condiciones de beneficiario que fijan las bases reguladoras complementarias
  • Tienes aprobado un programa operativo dentro de la intervención sectorial de frutas y hortalizas
  • Has constituido un fondo operativo para ejecutar ese programa
  • Las actuaciones que solicitas están previstas en tu programa operativo aprobado
Obligaciones
  • Ejecuta las actuaciones subvencionadas durante la anualidad 2027
  • Presenta la justificación de las actuaciones dentro de los plazos establecidos
  • Ten en cuenta que, si no justificas, puedes perder total o parcialmente el derecho a cobrar
  • Comunica por escrito tu renuncia si quieres devolver voluntariamente el dinero recibido
  • Recuerda que la ayuda, sola o sumada a otras, no puede superar el coste de la actividad subvencionada
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 15 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una organización de productores de frutas y hortalizas
  • Eres una asociación de organizaciones de productores de frutas y hortalizas
  • Tienes aprobado un programa operativo con actuaciones para 2027
  • Has constituido un fondo operativo para ejecutar ese programa
  • Quieres financiar actuaciones o inversiones ya previstas en tu programa
  • Eres un productor individual y no perteneces a una organización de productores
  • No tienes ningún programa operativo aprobado
  • Las actuaciones que planteas no están incluidas en tu programa operativo
  • Vas a ejecutar las actuaciones fuera de la anualidad 2027
  • Presentas la solicitud después del 15 de septiembre de 2026

Cuánto puedes recibir

El importe máximo que recibe cada organización de productores o asociación se limita en función del valor de su producción comercializada, y la convocatoria no detalla esos porcentajes. La aportación de la Unión Europea no puede superar el 50% de los gastos reales que resulten subvencionables, aunque ese porcentaje se puede incrementar en los supuestos que prevé la normativa europea. En ningún caso la ayuda, sola o junto con otras, puede superar el coste de la actividad subvencionada. Puedes pedir anticipos, y el saldo restante se paga una vez comprobada la justificación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que las actuaciones que vas a pedir están en tu programa operativo aprobado

  2. Cumplimenta el modelo de solicitud que figura en la sede electrónica

  3. Presenta la solicitud de forma telemática hasta el 15 de septiembre de 2026, incluido

  4. Consulta el tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya, donde se publican las propuestas y las resoluciones

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo puedo presentar la solicitud?
El plazo empieza el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya y termina el 15 de septiembre de 2026, incluido. La convocatoria advierte de que ese plazo se podría ampliar.
¿Cómo me comunican si me conceden la ayuda?
Las propuestas provisionales de concesión y las resoluciones se publican en el tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya. Esa publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.
¿Cuándo se resuelve la convocatoria?
La resolución de concesión o denegación debe dictarse y notificarse como máximo el 31 de diciembre de 2026, o en la fecha posterior que fije la normativa aplicable. Si no hay resolución expresa en plazo, la solicitud se entiende desestimada.
¿Puedo reformular la solicitud después de presentarla?
No. La convocatoria establece que no se puede reformular la solicitud de estas ayudas, porque la subvención financia actividades que debe llevar a cabo quien solicita.
¿Puedo cobrar una parte por adelantado?
Puedes solicitar anticipos en los supuestos, condiciones, importes y plazos que fija la normativa reguladora. El saldo restante se paga una vez comprobada la justificación de las actuaciones.

Fuentes oficiales

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