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Ayudas Claras
Subvenciones Menorca Cultura
Cultura Menorca Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a entidades culturales de Menorca 2026

Subvención para proyectos culturales de entidades sin ánimo de lucro de Menorca

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Consejo Insular de Menorca para proyectos culturales de entidades sin ánimo de lucro.
Para quién
Asociaciones culturales, fundaciones, entidades religiosas y asociaciones de vecinos sin ánimo de lucro que actúan en Menorca.
Cuánto
Hasta el 60% del presupuesto de gastos de tu actividad, sin superar el 17% del importe de la convocatoria y siempre por debajo de 60.000€
Qué cubre
  • Gastos de las actividades culturales proyectadas: materiales, retribuciones del personal contratado para la actividad, alquiler del local y campañas de promoción
  • Gastos de personal de la entidad para llevar a cabo las actividades proyectadas
  • Gastos de gestión y de sostenimiento de la entidad para llevar a cabo las actividades proyectadas

    Quedan excluidos los gastos financieros y los gastos de inversión y amortización de préstamos.

  • Gastos indirectos de las actividades culturales proyectadas

    Son los costes compartidos que requieren un criterio de reparto proporcional, como los suministros, los seguros, la limpieza o el material de oficina. Cuando estos gastos se comparten con otras entidades o proyectos, se puede imputar al proyecto hasta un máximo del 20% de su coste total.

Requisitos
  • Tu entidad está legalmente constituida e inscrita en el registro que le corresponde
  • El ámbito de actuación de tu entidad es Menorca, o ejecutas la actividad en Menorca
  • El proyecto se realiza durante el año natural de la convocatoria
  • El proyecto tiene interés cultural y artístico y es viable técnica y económicamente
  • El proyecto se dirige a un público eminentemente local
  • Solicitas la ayuda para un máximo de diez proyectos culturales

    Debes pedir una única subvención para proyectos culturales de naturaleza similar (conciertos, obras de teatro, etc.) y para actuaciones que conformen un conjunto (festivales, ciclos, jornadas, etc.). Si tu entidad tiene varias secciones, la solicitud se hace por el total de los proyectos del conjunto de secciones.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Comunica que aceptas la subvención: a los quince días hábiles de su publicación se entiende aceptada
  • Realiza la actividad subvencionada de enero a diciembre del año de la convocatoria
  • Justifica la realización de los proyectos en los plazos y condiciones establecidos
  • Haz constar de manera expresa el apoyo del Consejo Insular de Menorca en la publicidad del proyecto
  • Comunica al Consejo Insular la solicitud y la obtención de otras ayudas para la misma finalidad
  • Avisa de inmediato de cualquier incidencia que altere o dificulte el desarrollo del proyecto
Cuándo
  • Abre: 26 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 24 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación cultural sin ánimo de lucro legalmente constituida e inscrita
  • Tu entidad es una fundación que organiza actividades de carácter cultural
  • Eres una entidad religiosa que organiza actividades de carácter cultural
  • Eres una asociación de vecinos que organiza actividades de carácter cultural
  • El ámbito de actuación de tu entidad es la isla de Menorca
  • Tu entidad actúa en las Illes Balears y ejecutará la actividad en Menorca
  • Tu entidad es deportiva
  • Eres un centro educativo o una asociación de familias de alumnos
  • Tu entidad es juvenil o promueve actividades para la juventud
  • Eres una asociación de gente mayor o un grupo vinculado a ellas
  • Tu entidad es un grupo folklórico
  • Tu proyecto consiste en enseñar artes plásticas o escénicas

Cuánto puedes recibir

El dinero se reparte entre las entidades seleccionadas: la mitad del importe previsto en la convocatoria se distribuye según la puntuación que obtengas en los criterios de valoración y la otra mitad según el presupuesto de gastos de tu actividad. Ningún solicitante puede recibir más del 60% del presupuesto de los gastos previstos para llevar a cabo la actividad. Además, ninguna entidad puede recibir más del 17% del presupuesto total de la convocatoria y, en todos los casos, la subvención por entidad beneficiaria debe ser inferior a 60.000€. El pago se tramita, por regla general, una vez justificada la actividad y se abona en un plazo de sesenta días desde la justificación, siempre que la disponibilidad de tesorería lo permita.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara la memoria de cada proyecto cultural con su presupuesto de gastos y de ingresos

  2. Reúne la documentación administrativa de tu entidad: estatutos, certificados y declaraciones responsables

  3. Presenta la solicitud mediante el trámite telemático específico de la sede electrónica del Consejo Insular de Menorca

  4. Hazlo dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial

  5. Si te requieren una subsanación, corrige o completa la documentación en diez días hábiles

Documentación necesaria

  • Copia de los estatutos de la asociación o la fundación, actualizados
  • Certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones o en el Registro Único de Fundaciones de las Illes Balears
  • Copia de los estatutos de la entidad religiosa y certificado de inscripción en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia
  • Copia del documento de identificación fiscal de la entidad (NIF), solo si la solicitud no la presenta el representante legal
  • Declaración responsable de no estar sometido a ninguna circunstancia que impida obtener la condición de beneficiario y de no tener obligaciones fiscales pendientes con el Consejo Insular de Menorca
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
  • Acreditación de la representación, si la solicitud no la presenta el representante legal
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Declaración responsable sobre las subvenciones o ayudas obtenidas o solicitadas de otras instituciones para la misma actividad
  • Memoria del proyecto ya ejecutado o del que se piensa desarrollar, ampliable con un documento adjunto de hasta diez páginas por memoria
  • Presupuesto de gastos, diferenciando personal, gestión y sostenimiento de la entidad y actividades culturales
  • Presupuesto de ingresos previstos para la ejecución de las actividades

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda para varios proyectos a la vez?
Sí, pero no puedes solicitar subvención para más de diez proyectos culturales. Además, debes presentar una única solicitud para proyectos de naturaleza similar, como conciertos u obras de teatro, y para actuaciones que formen un conjunto, como festivales, ciclos o jornadas.
¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí, es compatible con ayudas de otras administraciones o entidades, siempre que la suma no supere el coste de la actividad y se lo comuniques al Consejo Insular de Menorca. No es compatible con otras ayudas del programa de creación y promoción cultural del Consejo Insular que tengan la misma finalidad.
¿Qué actividades quedan fuera de esta convocatoria?
No se subvencionan las actividades de carácter interno dirigidas a los socios de la entidad, la adquisición de equipamientos ni las obras de adecuación y mejora de las instalaciones. Tampoco se subvencionan las actividades de enseñanza de las distintas artes plásticas y escénicas.
¿Puedo cobrar una parte por adelantado?
Sí. Se pueden hacer pagos anticipados de hasta un máximo del 75% de la ayuda concedida, presentando si procede las garantías adecuadas. Si no presentas garantía, el anticipo no puede superar los 3.000€.
¿Qué pasa si no justifico la ayuda o lo hago fuera de plazo?
Se inicia un expediente de revocación y el reintegro correspondiente. La ausencia total o parcial de la documentación justificativa, o presentarla fuera de plazo, obliga a devolver las cantidades percibidas con intereses de demora.

Fuentes oficiales

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