Ayudas a entidades culturales de Menorca 2026
Subvención para proyectos culturales de entidades sin ánimo de lucro de Menorca
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Consejo Insular de Menorca para proyectos culturales de entidades sin ánimo de lucro.
- Para quién
- Asociaciones culturales, fundaciones, entidades religiosas y asociaciones de vecinos sin ánimo de lucro que actúan en Menorca.
- Cuánto
- Hasta el 60% del presupuesto de gastos de tu actividad, sin superar el 17% del importe de la convocatoria y siempre por debajo de 60.000€
- Qué cubre
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- Gastos de las actividades culturales proyectadas: materiales, retribuciones del personal contratado para la actividad, alquiler del local y campañas de promoción
- Gastos de personal de la entidad para llevar a cabo las actividades proyectadas
- Gastos de gestión y de sostenimiento de la entidad para llevar a cabo las actividades proyectadas
Quedan excluidos los gastos financieros y los gastos de inversión y amortización de préstamos.
- Gastos indirectos de las actividades culturales proyectadas
Son los costes compartidos que requieren un criterio de reparto proporcional, como los suministros, los seguros, la limpieza o el material de oficina. Cuando estos gastos se comparten con otras entidades o proyectos, se puede imputar al proyecto hasta un máximo del 20% de su coste total.
- Requisitos
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- Tu entidad está legalmente constituida e inscrita en el registro que le corresponde
- El ámbito de actuación de tu entidad es Menorca, o ejecutas la actividad en Menorca
- El proyecto se realiza durante el año natural de la convocatoria
- El proyecto tiene interés cultural y artístico y es viable técnica y económicamente
- El proyecto se dirige a un público eminentemente local
- Solicitas la ayuda para un máximo de diez proyectos culturales
Debes pedir una única subvención para proyectos culturales de naturaleza similar (conciertos, obras de teatro, etc.) y para actuaciones que conformen un conjunto (festivales, ciclos, jornadas, etc.). Si tu entidad tiene varias secciones, la solicitud se hace por el total de los proyectos del conjunto de secciones.
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Comunica que aceptas la subvención: a los quince días hábiles de su publicación se entiende aceptada
- Realiza la actividad subvencionada de enero a diciembre del año de la convocatoria
- Justifica la realización de los proyectos en los plazos y condiciones establecidos
- Haz constar de manera expresa el apoyo del Consejo Insular de Menorca en la publicidad del proyecto
- Comunica al Consejo Insular la solicitud y la obtención de otras ayudas para la misma finalidad
- Avisa de inmediato de cualquier incidencia que altere o dificulte el desarrollo del proyecto
- Cuándo
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- Abre: 26 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 24 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación cultural sin ánimo de lucro legalmente constituida e inscrita
- Tu entidad es una fundación que organiza actividades de carácter cultural
- Eres una entidad religiosa que organiza actividades de carácter cultural
- Eres una asociación de vecinos que organiza actividades de carácter cultural
- El ámbito de actuación de tu entidad es la isla de Menorca
- Tu entidad actúa en las Illes Balears y ejecutará la actividad en Menorca
- Tu entidad es deportiva
- Eres un centro educativo o una asociación de familias de alumnos
- Tu entidad es juvenil o promueve actividades para la juventud
- Eres una asociación de gente mayor o un grupo vinculado a ellas
- Tu entidad es un grupo folklórico
- Tu proyecto consiste en enseñar artes plásticas o escénicas
Cuánto puedes recibir
El dinero se reparte entre las entidades seleccionadas: la mitad del importe previsto en la convocatoria se distribuye según la puntuación que obtengas en los criterios de valoración y la otra mitad según el presupuesto de gastos de tu actividad. Ningún solicitante puede recibir más del 60% del presupuesto de los gastos previstos para llevar a cabo la actividad. Además, ninguna entidad puede recibir más del 17% del presupuesto total de la convocatoria y, en todos los casos, la subvención por entidad beneficiaria debe ser inferior a 60.000€. El pago se tramita, por regla general, una vez justificada la actividad y se abona en un plazo de sesenta días desde la justificación, siempre que la disponibilidad de tesorería lo permita.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara la memoria de cada proyecto cultural con su presupuesto de gastos y de ingresos
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Reúne la documentación administrativa de tu entidad: estatutos, certificados y declaraciones responsables
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Presenta la solicitud mediante el trámite telemático específico de la sede electrónica del Consejo Insular de Menorca
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Hazlo dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial
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Si te requieren una subsanación, corrige o completa la documentación en diez días hábiles
Documentación necesaria
- Copia de los estatutos de la asociación o la fundación, actualizados
- Certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones o en el Registro Único de Fundaciones de las Illes Balears
- Copia de los estatutos de la entidad religiosa y certificado de inscripción en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia
- Copia del documento de identificación fiscal de la entidad (NIF), solo si la solicitud no la presenta el representante legal
- Declaración responsable de no estar sometido a ninguna circunstancia que impida obtener la condición de beneficiario y de no tener obligaciones fiscales pendientes con el Consejo Insular de Menorca
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
- Acreditación de la representación, si la solicitud no la presenta el representante legal
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Declaración responsable sobre las subvenciones o ayudas obtenidas o solicitadas de otras instituciones para la misma actividad
- Memoria del proyecto ya ejecutado o del que se piensa desarrollar, ampliable con un documento adjunto de hasta diez páginas por memoria
- Presupuesto de gastos, diferenciando personal, gestión y sostenimiento de la entidad y actividades culturales
- Presupuesto de ingresos previstos para la ejecución de las actividades