Ayudas a organizaciones de productores pesqueros de Galicia
Cubre el 75% de tus gastos de gestión, con un máximo de 100.000€ al año.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva de la Consellería del Mar para consolidar organizaciones de productores pesqueros en Galicia.
- Para quién
- Organizaciones de productores pesqueros y sus asociaciones reconocidas en Galicia.
- Cuánto
- 75% de los gastos de gestión, con un máximo de 100.000€ por organización y año
- Qué cubre
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- Trabajos preparatorios de constitución de la organización, su acta fundacional y sus estatutos
- Gastos de personal: salarios, formación y cotizaciones sociales
- Honorarios de asesoría técnica y gastos indirectos de funcionamiento
Honorarios por los servicios o la asesoría técnica contratada para el mejor funcionamiento de la organización. Como gastos indirectos: suministros (luz, agua, teléfono, gas); material de oficina y amortización o arrendamiento del equipamiento de las oficinas; medios de transporte del personal; alquiler o, en caso de compra, intereses y otros gastos de ocupación de los edificios administrativos; seguros del transporte del personal, de los locales y de su equipamiento; y gastos de obtención de los avales necesarios para la financiación externa de cara a la realización de los planes de producción y comercialización.
- Requisitos
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- Estás reconocida como organización o asociación de productores pesqueros en Galicia
- Tu reconocimiento se produjo el 1 de enero de 2014 o después
- Estás inscrita en el registro de organizaciones o de asociaciones de productores pesqueros
- No has acumulado ya cinco anualidades de estas ayudas desde tu reconocimiento
- Si eres una OPP, has presentado desde tu reconocimiento los planes de producción y comercialización y sus informes anuales, y te los han aprobado
- No has cometido infracciones graves de la política pesquera común
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Comunica a la administración cualquier otra ayuda o ingreso que obtengas para la misma finalidad
- Lleva una contabilidad separada o un código contable propio para los gastos financiados
- Conserva los justificantes del gasto durante cinco años desde el 31 de diciembre del año del último pago
- Mantén las condiciones de la ayuda durante los cinco años siguientes al pago final
- Sométete a las comprobaciones y controles de los órganos autonómicos, nacionales y europeos
- Da publicidad adecuada al carácter público de la ayuda recibida
- Cuándo
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- Abre: 21 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 21 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una organización de productores pesqueros reconocida en Galicia
- Eres una asociación de organizaciones de productores pesqueros gallega
- Tu entidad fue reconocida el 1 de enero de 2014 o después
- Estás inscrita en el registro de organizaciones de productores pesqueros
- Tu ámbito de actuación es exclusivamente la Comunidad Autónoma de Galicia
- Quieres financiar los gastos de gestión de tu organización
- Ya has acumulado cinco anualidades de estas ayudas desde tu reconocimiento
- Han pasado más de cinco años desde que se te reconoció como organización
- Tu organización no está inscrita en el registro correspondiente
- Recibes otra ayuda o ingreso para esta misma actividad
- Has cometido una infracción grave de la política pesquera común
- Has sido declarada culpable de cometer fraude
Cuánto puedes recibir
Recibes el 75% de los gastos de gestión de los cinco años civiles siguientes a la fecha de tu reconocimiento, y también son subvencionables los gastos preparatorios de constitución. El importe de cada año no puede superar el 1% del promedio del valor de tu producción comercializada en los tres años anteriores, con un máximo de 100.000€. Si en una anualidad la ayuda no llega a ese máximo, en la convocatoria siguiente puedes ampliar el límite con la diferencia, siempre que el incremento no supere el 30% del límite anual.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne los justificantes de tus gastos de gestión con valor probatorio contable y comercial
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Cubre el formulario de solicitud indicando las anualidades para las que pides la ayuda
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Prepara los anexos de gastos de constitución, personal, honorarios e indirectos, y el resumen del cálculo
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Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, a través de tu representante legal
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Si te requieren subsanación, corrige la solicitud en el plazo improrrogable de diez días
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Revisa las notificaciones en la sede electrónica: se practican solo por medios electrónicos
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud (Anexo I), indicando las anualidades solicitadas y su período
- Gastos generados por los trabajos preparatorios y de constitución (Anexo II)
- Gastos de personal: relación de trabajadores de la entidad (Anexo III.1)
- Gastos de personal: costes de personal subvencionables (Anexo III.2)
- Gastos de personal: costes por trabajador (Anexo III.3)
- Gastos de honorarios por servicios o asesoría técnica (Anexo IV)
- Gastos indirectos: suministros (Anexo V.1)
- Gastos indirectos: material de oficina y amortización o arrendamiento del equipamiento de las oficinas (Anexo V.2)
- Gastos indirectos: medios de transporte del personal (Anexo V.3)
- Gastos indirectos: alquiler, intereses y otros gastos de ocupación de los edificios administrativos (Anexo V.4)
- Gastos indirectos: seguros del transporte del personal, de los locales y de su equipamiento (Anexo V.5)
- Gastos indirectos: avales para la financiación externa (Anexo V.6)
- Resumen de los gastos y cálculo de la ayuda (Anexo VI)
- Poder suficiente de la persona representante, si no figura en los estatutos
- Copia de la escritura de constitución y de los estatutos, con sus modificaciones inscritas