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Ayudas Claras
Subvenciones Menorca Agricultura
Agricultura Menorca Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a organizaciones profesionales agrarias de Menorca

Hasta 49.000€ para cada organización profesional agraria de Menorca.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Consejo Insular de Menorca para financiar la actividad ordinaria de las organizaciones agrarias.
Para quién
Organizaciones profesionales agrarias de la isla de Menorca.
Cuánto
  • Hasta 49.000€ para cada organización, con topes por concepto
    ConceptoCuantía subvencionable
    Alquileres y gastos del local, material fungible de oficina100%, hasta 50,00€ por afiliado al corriente de la cuota
    Nóminas, seguridad social e IRPF de los trabajadores100% del gasto presentado
    Traslado en representación fuera de MenorcaHasta 200,00€ por persona y viaje
    Alojamiento en representación fuera de MenorcaHasta 150,00€ por persona y viaje
    Dietas en representación fuera de MenorcaHasta 64,40€ por persona y día
    Dietas en representación dentro de Menorca50,00€ por persona
    Asistencia a feriasHasta 500,00€ en total, más 0,25€/km por transporte de animales
    Publicaciones80% del coste de la actividad
    Asesoramiento por técnicos especializados100%, con un máximo de 40€/hora
    Cuotas de integración en federaciones, asesoría fiscal, información y comunicación100%
    Gestión de los residuos plásticos agrícolas100% del gasto externo de recogida y tratamiento
    El máximo por organización es de 49.000€, con independencia de la línea o líneas a las que concurra.
Qué cubre
  • Gastos de funcionamiento y mantenimiento de tu organización

    Alquileres y gastos de los locales (electricidad, teléfono y limpieza), nóminas de los trabajadores, material fungible de oficina, cuotas satisfechas para la integración en agrupaciones o federaciones de ámbito superior, suscripción a publicaciones relacionadas con la actividad y gastos de asesoría fiscal.

  • Representación de los intereses de tus asociados: viajes y asistencia a reuniones, publicaciones e información y comunicación
  • Asesoramiento a tu personal y a tus asociados realizado por técnicos especializados
  • Organización de la gestión de los residuos plásticos agrícolas de las explotaciones
Requisitos
  • Eres una organización profesional agraria legalmente constituida
  • Tienes el domicilio social y el ámbito de actuación dentro del territorio de Menorca
  • Tu organización tiene un funcionamiento interno real y democrático
  • Realizas los procesos electorales previstos en tus estatutos
  • Realizas las actividades subvencionadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de la convocatoria
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Haz constar de manera expresa el apoyo del Consejo Insular de Menorca en las actividades subvencionadas
  • Comunica la aceptación de la subvención; si no dices nada, se entiende aceptada a los quince días hábiles desde la notificación
  • Ejecuta la actividad subvencionada dentro del plazo máximo establecido
  • Justifica la realización de las actividades en los plazos y condiciones fijados
  • Comunica al Consejo Insular cualquier otra subvención que solicites u obtengas para la misma finalidad
  • Conserva los documentos justificativos del uso de los fondos mientras puedan ser objeto de comprobación
Cuándo
  • Abre: 26 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 14 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una organización profesional agraria legalmente constituida
  • Tienes el domicilio social dentro del territorio de Menorca
  • Tu ámbito de actuación es la isla de Menorca
  • Quieres financiar los gastos de funcionamiento de tu organización
  • Asesoras y gestionas ayudas para las explotaciones agrarias de tus asociados
  • Organizas la gestión de los residuos plásticos agrícolas de las explotaciones
  • Tu organización no realiza los procesos electorales previstos en sus estatutos
  • Tu funcionamiento interno no es real y democrático
  • Tu domicilio social está fuera del territorio de Menorca
  • Tu entidad ha sido sancionada por prácticas laborales discriminatorias por razón de sexo
  • Eres una persona física o una explotación agraria a título individual

Cuánto puedes recibir

Tu organización puede recibir como máximo 49.000€, con independencia de la línea o líneas a las que se presente. La cantidad sale de sumar lo que corresponde a cada concepto: el 100% de las nóminas, el 80% del coste de las publicaciones o un máximo de 40€/hora de asesoramiento, entre otros. Si lo solicitado en una línea supera el crédito disponible, se reparte de forma proporcional entre quienes la han pedido. El pago se hace en dos anualidades y cada una está condicionada a que presentes la justificación completa.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación administrativa y el certificado de afiliados al corriente de la cuota

  2. Prepara la memoria y el presupuesto de las actuaciones que vas a realizar

  3. Rellena el modelo normalizado de solicitud (Anexo I) y fírmalo electrónicamente junto con todos los anexos

  4. Presenta la solicitud por medios electrónicos en el registro electrónico del Consejo Insular de Menorca

  5. Subsana la solicitud en diez días hábiles si el Consejo Insular te lo requiere

  6. Formaliza mediante convenio la subvención que te concedan

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo normalizado (Anexo I)
  • Copia de la escritura de constitución o de la modificación de los estatutos o del reglamento interno de funcionamiento, inscritos en el registro correspondiente
  • Certificado del acuerdo del órgano de gobierno de la entidad para solicitar la ayuda, si los estatutos lo exigen
  • Documento de designación de un representante
  • Copia del documento de identificación fiscal (NIF) del solicitante y de su representante
  • Declaración responsable de no estar sometido a las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario (Anexo II)
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Declaración responsable de veracidad de los datos bancarios y certificado de titularidad de la cuenta bancaria
  • Declaración responsable sobre las subvenciones solicitadas u obtenidas de otras instituciones para la misma actividad (Anexo IV)
  • Certificado del secretario de la organización con el número de afiliados en activo hasta el 31 de diciembre del año anterior que estén al corriente del pago de la cuota
  • Memoria y presupuesto de las actuaciones que se van a realizar

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar además otras ayudas para la misma actividad?
Sí, estas ayudas son compatibles con otras, pero tienes que comunicarlo al Consejo Insular. La suma de todas ellas no puede superar en ningún caso el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta o con errores?
El Consejo Insular te requerirá que la rectifiques o la completes. Si no lo haces en diez días hábiles desde el día siguiente a recibir el requerimiento, se entiende que has desistido.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses contados desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si no hay respuesta, la solicitud se entiende denegada.
¿Qué ocurre si justifico menos gasto del previsto?
Si justificas menos del 70% pero más del 50%, el importe correctamente justificado se penaliza en un 15%. Si no llegas al 50%, la penalización es del 20%.
¿Y si no menciono el apoyo del Consejo Insular en las actividades?
Se aplica una penalización del 10%, limitada a las actuaciones en las que no hayas hecho la difusión adecuada.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas