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Ayudas Claras
Subvenciones Cantabria Agricultura
Agricultura Cantabria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a entidades agrarias para asesorar en Cantabria

350€ por explotación asesorada y año, con un máximo de 150.000€ por entidad.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Consejería de Desarrollo Rural de Cantabria para asesorar a explotaciones agrarias.
Para quién
Cooperativas agrarias y organizaciones profesionales agrarias reconocidas como entidades de asesoramiento en Cantabria.
Cuánto
350€ por explotación asesorada y año, con un máximo de 150.000€ por entidad
Qué cubre
  • El asesoramiento con gestión técnico-económica prestado a cada explotación agraria
  • El apoyo contable, técnico y financiero a las explotaciones asesoradas
  • El asesoramiento sobre las buenas condiciones agrarias y medioambientales de la explotación
Requisitos
  • Tu entidad es una cooperativa agraria o una organización profesional agraria
  • Está reconocida como entidad de asesoramiento por la Dirección General de Desarrollo Rural
  • Es una microempresa o pyme activa en el sector agrario, o joven agricultor
  • Prestas el servicio al menos a 75 explotaciones con datos técnico-económicos válidos
  • El asesoramiento lo prestan técnicos agrarios especializados en los sistemas que asesoran

    Se encuadran en este ámbito los ingenieros agrónomos, ingenieros técnicos agrícolas, veterinarios y otras titulaciones relacionadas con el ámbito técnico o socioeconómico agrario, cuyos titulares tengan una especialización formativa acreditada en los sistemas agrarios que asesoran, o que demuestren al menos una experiencia mínima de tres años en la gestión técnico-económica de dichos sistemas.

  • Tu entidad no es una empresa en crisis ni tiene pendiente la devolución de una ayuda ilegal
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Visita cada explotación al menos dos veces al año y deja constancia firmada por el técnico y el titular
  • Convoca al menos una reunión anual con los titulares de las explotaciones y levanta acta
  • Mantén actualizado el registro de visitas y de los servicios de asesoramiento prestados
  • Asegura la formación continua de tus técnicos y su asistencia a los cursos que organice la Consejería
  • Entrega a la Consejería los resultados económicos anuales y los índices técnico-económicos de las explotaciones
  • Justifica la ayuda en los dos meses siguientes a la notificación de la resolución
Fechas estimadas
  • Abre: 22 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 11 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una cooperativa agraria que presta servicios de asesoramiento en Cantabria
  • Eres una organización profesional agraria reconocida como entidad de asesoramiento
  • Asesoras a explotaciones agrarias en su gestión técnico-económica
  • Vas a prestar el servicio al menos a 75 explotaciones
  • Cuentas con técnicos agrarios especializados en los sistemas productivos que asesoran
  • Tu entidad no está reconocida como entidad de asesoramiento por la Dirección General de Desarrollo Rural
  • Eres titular de una explotación: el pago va a la entidad que presta el servicio
  • Tu entidad es una empresa en crisis
  • Tienes pendiente la devolución de una ayuda declarada ilegal por la Comisión Europea
  • Tu entidad ya ha presentado una solicitud en esta convocatoria

Cuánto puedes recibir

Tu entidad cobra 350€ por cada explotación y año con asesoramiento de asistencia técnico-económica justificado que dé como resultado datos técnico-económicos válidos. La ayuda total por entidad no puede superar 150.000€. Si el crédito se agota y hay empate de puntuación, el remanente se reparte de forma proporcional al presupuesto de cada solicitud, aplicando esa misma ratio por servicio y siempre que se superen los 75 servicios por entidad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está reconocida como entidad de asesoramiento por la Dirección General de Desarrollo Rural

  2. Reúne la documentación de la entidad, del personal técnico y de las explotaciones que vas a asesorar

  3. Cumplimenta el modelo de solicitud del Anexo I, dirigido a la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación

  4. Presenta la solicitud en el Registro Electrónico General de la Administración de Cantabria dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto

  5. Revisa la propuesta de resolución provisional y presenta alegaciones si no estás de acuerdo

  6. Justifica el servicio prestado en los dos meses siguientes a la notificación de la resolución

Documentación necesaria

  • Solicitud según el modelo del Anexo I
  • Acta de constitución, estatutos originales y sus modificaciones
  • Certificación del acta de la reunión que acredite el acuerdo de solicitar la ayuda
  • Acreditación de la representación de quien presenta la solicitud
  • Contratos de trabajo o de prestación de servicios de los agentes que realizan el asesoramiento
  • Certificado del número de horas de dedicación al asesoramiento de cada agente
  • Relación de titulares de explotaciones a las que se van a recoger datos técnico-económicos (Anexo II)
  • Currículum del personal contratado para las labores de asesoramiento
  • Compromisos firmados por los titulares de las explotaciones (Anexo III)
  • Declaraciones de otras subvenciones concedidas o solicitadas para la misma finalidad
  • Certificado de titularidad bancaria firmado electrónicamente por la entidad financiera

Preguntas frecuentes

¿Cobra la ayuda la explotación asesorada o la entidad que presta el servicio?
La ayuda se paga a la entidad prestadora del asesoramiento. No consiste en pagos directos a los titulares de las explotaciones.
¿Puedo presentar más de una solicitud?
No. Solo se admite una única solicitud por entidad. Además, para cada agricultor solo se reconoce una entidad prestadora del servicio por campaña y año.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, es compatible con otras ayudas dentro de los límites de la normativa de subvenciones de Cantabria y sin superar el máximo por entidad.
¿Qué pasa si no presento la justificación en plazo?
La administración te requerirá para que la presentes. Si no lo haces, se inicia el expediente de revocación y, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas.
¿Cuánto tardan en resolver la solicitud?
El plazo de resolución y notificación es de cuatro meses desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Cantabria. Si pasa ese plazo sin respuesta, la solicitud se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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