Ayudas a entidades agrarias para asesorar en Cantabria
350€ por explotación asesorada y año, con un máximo de 150.000€ por entidad.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva de la Consejería de Desarrollo Rural de Cantabria para asesorar a explotaciones agrarias.
- Para quién
- Cooperativas agrarias y organizaciones profesionales agrarias reconocidas como entidades de asesoramiento en Cantabria.
- Cuánto
- 350€ por explotación asesorada y año, con un máximo de 150.000€ por entidad
- Qué cubre
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- El asesoramiento con gestión técnico-económica prestado a cada explotación agraria
- El apoyo contable, técnico y financiero a las explotaciones asesoradas
- El asesoramiento sobre las buenas condiciones agrarias y medioambientales de la explotación
- Requisitos
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- Tu entidad es una cooperativa agraria o una organización profesional agraria
- Está reconocida como entidad de asesoramiento por la Dirección General de Desarrollo Rural
- Es una microempresa o pyme activa en el sector agrario, o joven agricultor
- Prestas el servicio al menos a 75 explotaciones con datos técnico-económicos válidos
- El asesoramiento lo prestan técnicos agrarios especializados en los sistemas que asesoran
Se encuadran en este ámbito los ingenieros agrónomos, ingenieros técnicos agrícolas, veterinarios y otras titulaciones relacionadas con el ámbito técnico o socioeconómico agrario, cuyos titulares tengan una especialización formativa acreditada en los sistemas agrarios que asesoran, o que demuestren al menos una experiencia mínima de tres años en la gestión técnico-económica de dichos sistemas.
- Tu entidad no es una empresa en crisis ni tiene pendiente la devolución de una ayuda ilegal
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Visita cada explotación al menos dos veces al año y deja constancia firmada por el técnico y el titular
- Convoca al menos una reunión anual con los titulares de las explotaciones y levanta acta
- Mantén actualizado el registro de visitas y de los servicios de asesoramiento prestados
- Asegura la formación continua de tus técnicos y su asistencia a los cursos que organice la Consejería
- Entrega a la Consejería los resultados económicos anuales y los índices técnico-económicos de las explotaciones
- Justifica la ayuda en los dos meses siguientes a la notificación de la resolución
- Fechas estimadas
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- Abre: 22 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 11 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una cooperativa agraria que presta servicios de asesoramiento en Cantabria
- Eres una organización profesional agraria reconocida como entidad de asesoramiento
- Asesoras a explotaciones agrarias en su gestión técnico-económica
- Vas a prestar el servicio al menos a 75 explotaciones
- Cuentas con técnicos agrarios especializados en los sistemas productivos que asesoran
- Tu entidad no está reconocida como entidad de asesoramiento por la Dirección General de Desarrollo Rural
- Eres titular de una explotación: el pago va a la entidad que presta el servicio
- Tu entidad es una empresa en crisis
- Tienes pendiente la devolución de una ayuda declarada ilegal por la Comisión Europea
- Tu entidad ya ha presentado una solicitud en esta convocatoria
Cuánto puedes recibir
Tu entidad cobra 350€ por cada explotación y año con asesoramiento de asistencia técnico-económica justificado que dé como resultado datos técnico-económicos válidos. La ayuda total por entidad no puede superar 150.000€. Si el crédito se agota y hay empate de puntuación, el remanente se reparte de forma proporcional al presupuesto de cada solicitud, aplicando esa misma ratio por servicio y siempre que se superen los 75 servicios por entidad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad está reconocida como entidad de asesoramiento por la Dirección General de Desarrollo Rural
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Reúne la documentación de la entidad, del personal técnico y de las explotaciones que vas a asesorar
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Cumplimenta el modelo de solicitud del Anexo I, dirigido a la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación
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Presenta la solicitud en el Registro Electrónico General de la Administración de Cantabria dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto
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Revisa la propuesta de resolución provisional y presenta alegaciones si no estás de acuerdo
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Justifica el servicio prestado en los dos meses siguientes a la notificación de la resolución
Documentación necesaria
- Solicitud según el modelo del Anexo I
- Acta de constitución, estatutos originales y sus modificaciones
- Certificación del acta de la reunión que acredite el acuerdo de solicitar la ayuda
- Acreditación de la representación de quien presenta la solicitud
- Contratos de trabajo o de prestación de servicios de los agentes que realizan el asesoramiento
- Certificado del número de horas de dedicación al asesoramiento de cada agente
- Relación de titulares de explotaciones a las que se van a recoger datos técnico-económicos (Anexo II)
- Currículum del personal contratado para las labores de asesoramiento
- Compromisos firmados por los titulares de las explotaciones (Anexo III)
- Declaraciones de otras subvenciones concedidas o solicitadas para la misma finalidad
- Certificado de titularidad bancaria firmado electrónicamente por la entidad financiera