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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Agricultura
Agricultura Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a ganaderos de Cataluña para bioseguridad

Hasta el 80% del presupuesto de la actividad y 20.000€ máximo por persona beneficiaria.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Departamento de Agricultura de Cataluña para instalar infraestructuras de bioseguridad.
Para quién
Personas titulares de explotaciones ganaderas de bovino, ovino, caprino o equino.
Cuánto
Hasta el 80% del presupuesto de la actividad, con un máximo de 20.000€ por persona beneficiaria
Qué cubre
  • Abrevaderos, comederos y captaciones de agua, nuevos o acondicionados
  • Vallas de protección sanitaria, mangas de manejo, collares GPS y lectores de chips
  • Costes de instalación y montaje de los equipos
Requisitos
  • Eres titular de una explotación ganadera de bovino, ovino, caprino o equino
  • Si tu explotación es de équidos, debe estar registrada y clasificada oficialmente

    Debe estar registrada y clasificada en el programa de Gestión Telemática Ganadera (GTR) como pastos o como producción y reproducción, con clasificación zootécnica de reproducción para producción de carne, de reproducción mixta o de engorde.

  • Has realizado la inversión antes de presentar la solicitud
  • La inversión se hizo dentro de los tres años anteriores al inicio del plazo de solicitudes
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la subvención en el mismo plazo que tienes para presentar la solicitud
  • Presenta una cuenta justificativa con memoria económica y la lista de gastos
  • Aporta las copias de las facturas y de los justificantes de pago
  • Firma una declaración responsable sobre los justificantes que presentas
  • Declara las demás subvenciones o ingresos que hayan financiado la actividad
Fechas estimadas
  • Abre: 2 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 15 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres titular de una explotación ganadera de bovino, ovino o caprino
  • Eres titular de una explotación de équidos registrada y clasificada oficialmente
  • Has comprado abrevaderos, comederos, vallas o collares GPS para tu explotación
  • Hiciste la inversión dentro de los tres años anteriores al inicio del plazo
  • Tus pastos o granjas están en las zonas prioritarias frente a la fauna salvaje
  • Todavía no has realizado la inversión que quieres subvencionar
  • Tu explotación de équidos no está registrada ni clasificada oficialmente
  • Pides vallas o mangas de manejo en una explotación que no es extensiva, semiintensiva ni de pasto
  • Ya has recibido 50.000€ en ayudas de minimis en cualquier periodo de tres años

Cuánto puedes recibir

La subvención cubre hasta el 80% del presupuesto de la actividad subvencionada, con un máximo de 20.000€ por persona beneficiaria. La ayuda nunca puede superar el coste de la actividad, ni sola ni sumada a otras subvenciones, ingresos o recursos. Además, el total de ayudas de minimis que puede recibir una empresa no puede pasar de 50.000€ en cualquier periodo de tres años. El pago se hace tras comprobar que cumples los requisitos o tras justificar que has realizado la actividad.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Haz la inversión en bioseguridad antes de presentar la solicitud

  2. Reúne la acreditación de la representación y la marca oficial de tu explotación

  3. Presenta la solicitud de forma telemática con los modelos de la sede electrónica

  4. Presenta la justificación del gasto dentro del mismo plazo de solicitud

Documentación necesaria

  • Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho, si procede
  • Copia de las escrituras o estatutos registrados, si eres persona jurídica
  • Documentación acreditativa de la representación con la que actúas, si eres persona jurídica
  • Documento de nombramiento de la persona representante única, si eres una entidad sin personalidad jurídica
  • Marca oficial de la explotación ganadera donde se harán las inversiones

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si todavía no he hecho la inversión?
No. Las actuaciones deben estar realizadas antes de presentar la solicitud y dentro de los tres años anteriores al inicio del periodo de solicitudes.
¿Cuándo tengo que justificar el gasto?
En el mismo plazo que tienes para presentar la solicitud. Puedes pedir una ampliación motivada antes de que venza, y el nuevo plazo no superará la mitad del inicial.
¿Qué pasa si ya he recibido otras ayudas para la misma inversión?
La subvención no puede superar, sola o junto a otras ayudas, ingresos o recursos, el coste de la actividad. Debes declarar el importe y la procedencia de esos fondos.
¿Puedo modificar mi solicitud una vez presentada?
No. En esta subvención no se pueden reformular las solicitudes.
¿Qué ocurre si no me contestan?
Si finalizado el plazo no se ha dictado y notificado una resolución expresa, tu solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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