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Ayudas Claras
Subvenciones La Gomera Transporte
Transporte La Gomera Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones al sector del taxi en La Gomera 2026

Hasta 3.900€ por persona beneficiaria para gastos del servicio de taxi en La Gomera

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Cabildo Insular de La Gomera para ayudar a pagar los gastos de prestación del servicio de taxi
Para quién
Taxistas de la isla de La Gomera que son titulares de la autorización de transporte público discrecional
Cuánto
Con carácter general, hasta 3.900€ por persona beneficiaria
Qué cubre
  • Seguro obligatorio del taxi y combustible del vehículo
  • Mantenimiento del servicio y reparación del vehículo, taxímetro, módulo tarifario e impresora
  • Servicio de emisora, cuotas de la Seguridad Social del titular autónomo y servicios profesionales económicos, fiscales y laborales
Requisitos
  • Eres titular de la autorización de transporte público discrecional en taxi (VT) de hasta nueve plazas en la isla de La Gomera
  • Estás dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos y en el impuesto de actividades económicas
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria estatal, la Agencia Tributaria Canaria, el Cabildo Insular y la Seguridad Social
  • Has justificado las subvenciones que te concedió antes el Cabildo Insular, cuando estabas obligado a hacerlo
  • Cumples estos requisitos cuando termina el plazo de presentación de solicitudes
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la subvención en los tres meses siguientes al día en que se publique la resolución de concesión en el tablón de anuncios de la sede electrónica
  • Paga los gastos subvencionables entre el 1 de diciembre de 2025 y el final del plazo de justificación
  • Presenta facturas o documentos de valor probatorio equivalente que incluyan el número de matrícula del taxi
  • No pagues en efectivo los gastos que vayas a justificar, porque no se admiten
  • Aporta la documentación adicional que te pida el Cabildo Insular para comprobar o aclarar datos de tu solicitud
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres titular de una autorización de transporte público discrecional en taxi (VT)
  • Prestas el servicio de taxi en la isla de La Gomera
  • Estás dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos
  • Tu taxi tiene hasta nueve plazas
  • Explotas la licencia a través de un familiar autónomo colaborador
  • Has tenido gastos del servicio de taxi desde diciembre de 2025
  • No eres titular de la autorización de taxi en la isla de La Gomera
  • No estás dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos
  • No estás al corriente de tus obligaciones tributarias
  • Tienes pendiente justificar subvenciones anteriores del Cabildo Insular
  • Solo puedes acreditar tus gastos con pagos en efectivo
  • Tus gastos son inversiones en bienes inventariables

Cuánto puedes recibir

Con carácter general recibes como máximo 3.900€ como persona beneficiaria. La ayuda se concede en concurrencia competitiva y cubre gastos del servicio de taxi realizados entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026, que debes haber soportado y pagado efectivamente. Los gastos pagados en efectivo no se admiten.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne las facturas de los gastos del taxi con el número de matrícula del vehículo y la documentación exigida en las bases

  2. Cumplimenta el impreso de solicitud (Anexo I), disponible en la sede electrónica del Cabildo Insular de La Gomera

  3. Firma la solicitud como titular de la autorización de taxi o mediante representante acreditado

  4. Presenta la solicitud de forma telemática en la sede electrónica del Cabildo Insular, con firma electrónica o certificado digital

  5. Hazlo dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín oficial de la provincia

Documentación necesaria

  • Solicitud en el impreso normalizado (Anexo I) de las bases, firmada por el titular de la autorización
  • Anexos que acompañan al modelo normalizado de solicitud
  • Documentación requerida en el apartado 10 de las bases reguladoras
  • Facturas o documentos de valor probatorio equivalente de los gastos, con el número de matrícula del taxi
  • Certificados de estar al corriente con la Hacienda estatal, la Seguridad Social y el Cabildo Insular, si no autorizas su consulta

Preguntas frecuentes

¿Qué gastos puedo incluir y de qué fechas?
Los gastos necesarios para prestar el servicio de taxi realizados entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026, que hayas soportado y pagado efectivamente. Los pagos en efectivo no se admiten.
¿Puedo pedirla si un familiar explota la licencia por mí?
Sí. Cuando la explotación se hace a través de un familiar dado de alta como autónomo colaborador con capacidad de gestión, se admiten las cuotas de la Seguridad Social de esa persona.
¿Cuánto tiempo tengo para justificar la subvención?
Tres meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión en el tablón de anuncios de la sede electrónica.
¿Puedo presentar la solicitud si no tengo certificado digital?
Para tramitarla de forma telemática necesitas firma electrónica o certificado digital. Si no dispones de ellos, puede presentarla otra persona que sí los tenga, acreditando que te representa.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene datos inexactos u omisiones?
Con audiencia previa, el trámite queda sin efecto y la solicitud se inadmite. Además pueden imponerse las sanciones previstas para las subvenciones públicas.

Fuentes oficiales

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