Subvención al transporte nocturno de viajeros en Cantabria
Hasta 16.000€ por operador de transporte nocturno estival en Cantabria.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Gobierno de Cantabria para líneas de transporte público regular nocturno de viajeros.
- Para quién
- Operadores de servicios de transporte regular de viajeros de uso general de titularidad autonómica.
- Cuánto
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- 3€ por kilómetro recorrido, con un límite de 16.000€ por operador
En los trayectos realizados en vacío no se aplica la cuantía por kilómetro.Concepto Cuantía Kilómetros recorridos en la expedición 3€ por kilómetro Trayectos que, por imperativo, se realizan en vacío (sin pasajeros) 200€ por trayecto Límite por operador 16.000€
- 3€ por kilómetro recorrido, con un límite de 16.000€ por operador
- Qué cubre
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- Los gastos de explotación por prestar servicios nocturnos entre el 15 de junio y el 15 de septiembre
- Los kilómetros recorridos en cada expedición nocturna
- Los trayectos que, por imperativo, tengas que realizar en vacío, sin pasajeros
- Requisitos
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- Eres operador de un servicio de transporte regular de uso general de titularidad autonómica
- Prestas servicios nocturnos entre las 22:00 y las 6:30 horas, autorizados en Cantabria
- Tus servicios nocturnos se restringen al periodo del 15 de junio al 15 de septiembre
- Tienes satisfechas tus deudas con el Gobierno de Cantabria por precios públicos, tasas, exacciones parafiscales o recargos tributarios
- Presentas la solicitud dentro de plazo y con toda la documentación exigida
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Presenta como muy tarde el 10 de octubre de 2026 una memoria que acredite los servicios realizados
- Detalla en esa memoria kilómetros recorridos, fechas, servicios realizados cada día, rutas, refuerzos y trayectos en vacío
- No subcontrates la actividad subvencionada
- Facilita las comprobaciones e inspecciones de la Dirección General de Transportes y Comunicaciones
- Aporta la información que te requieran la Intervención General de Cantabria o el Tribunal de Cuentas
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres operador de un servicio de transporte regular de uso general de titularidad autonómica
- Prestas servicios nocturnos entre las 22:00 y las 6:30 horas
- Tus servicios nocturnos se concentran entre el 15 de junio y el 15 de septiembre
- Tus servicios están autorizados dentro del transporte público de competencia de Cantabria
- Quieres cubrir los gastos de explotación de esas expediciones nocturnas
- Tu servicio de transporte regular no es de titularidad autonómica
- Prestas los servicios fuera de la franja entre las 22:00 y las 6:30 horas
- Tus servicios nocturnos se realizan fuera del periodo estival
- Vas a subcontratar la actividad subvencionada
- Tienes deudas pendientes con el Gobierno de Cantabria por precios públicos o tasas
Cuánto puedes recibir
Cobras 3€ por cada kilómetro recorrido en tus expediciones nocturnas. Si un trayecto tienes que hacerlo en vacío, sin pasajeros, cobras 200€ por ese trayecto y no se aplica el importe por kilómetro. El límite subvencionable por operador es de 16.000€. El pago se hace efectivo una vez que justificas la prestación de los servicios.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara una memoria estimativa de los servicios nocturnos que prevés realizar entre el 15 de junio y el 15 de septiembre
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Reúne la certificación bancaria que acredite el código completo de tu cuenta y su titularidad
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Cumplimenta el modelo normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria
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Presenta la solicitud en el Registro Electrónico General de la Administración de Cantabria dentro de los 15 días
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Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo improrrogable de 10 días
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Justifica los servicios realizados con una memoria antes del 10 de octubre de 2026
Documentación necesaria
- Modelo normalizado de solicitud (Anexo I)
- Certificación emitida por entidad bancaria acreditativa del código completo de la cuenta bancaria y de su titularidad
- Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos, incluida en el modelo de solicitud (Anexo I)
- Memoria estimativa de los servicios nocturnos previstos entre el 15 de junio y el 15 de septiembre, con expediciones, kilómetros, trayectos en vacío y refuerzos
- Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Cántabra de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social, solo si deniegas la autorización para que los recabe la administración