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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Agricultura
Agricultura Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas por tuberculosis a ganaderos de vacuno en Cataluña

Hasta el 85% del gasto en derechos de pastos, con tope de 5.000€ por persona beneficiaria

Lo que significa

Qué es
Subvención por orden de llegada del Departamento de Agricultura de Cataluña para el gasto en derechos de pastos no aprovechados
Para quién
Titulares de explotaciones ganaderas de ganado vacuno de carne afectadas por la tuberculosis
Cuánto
Hasta el 85% del gasto subvencionable, con un máximo de 5.000€ por persona beneficiaria
Qué cubre
  • La compra de derechos de pastos, o equivalentes, que no puedes aprovechar por el vaciado sanitario
  • Gastos pagados entre el 1 de enero de 2025 y el día anterior a la resolución del vaciado sanitario
Requisitos
  • En tu explotación se ha resuelto un vaciado sanitario
  • Compraste derechos de pastos, o equivalentes, que no puedes aprovechar
  • El gasto y el pago tienen fecha entre el 1 de enero de 2025 y el día anterior a la resolución del vaciado
  • Respetas la normativa de igualdad entre mujeres y hombres y de no discriminación
  • Respetas la normativa de derechos de las personas LGTBI y contra la violencia machista
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta la justificación de la subvención junto con la solicitud
  • Aporta una memoria explicativa de la actividad y una memoria económica de su coste
  • Declara las demás subvenciones o ingresos que financien la misma actividad
  • Comunica al órgano competente cualquier posible situación de conflicto de intereses
  • Facilita la información que te pidan para el seguimiento de la ayuda
  • Devuelve el importe con intereses de demora si renuncias a la subvención
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 15 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tienes una explotación ganadera de ganado vacuno de carne
  • En tu explotación se ha resuelto un vaciado sanitario por tuberculosis
  • Compraste derechos de pastos que no puedes aprovechar por ese vaciado
  • Pagaste esos compromisos a partir del 1 de enero de 2025
  • En tu explotación no se ha resuelto ningún vaciado sanitario
  • Puedes aprovechar con normalidad los derechos de pastos que compraste
  • El gasto y el pago son anteriores al 1 de enero de 2025
  • Tu empresa ya ha recibido 50.000€ en ayudas de minimis en tres ejercicios
  • Presentas la solicitud después del 15 de octubre de 2026

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 85% del gasto subvencionable, con un tope de 5.000€ por persona beneficiaria. La ayuda no puede superar, sola o junto a otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, el coste de la actividad. Además, el total de ayudas de minimis no puede pasar de 50.000€ por empresa beneficiaria en tres ejercicios. Las solicitudes se resuelven por orden de llegada y se conceden según los fondos disponibles.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne los justificantes del gasto en derechos de pastos y la marca oficial de tu explotación

  2. Rellena la solicitud según los modelos que figuran en la sede electrónica

  3. Presenta la solicitud de forma telemática junto con la justificación del gasto

  4. Consulta la resolución en el tablero electrónico de la Generalitat de Catalunya, que sustituye a la notificación individual

Documentación necesaria

  • Marca oficial de la explotación por la que solicitas la ayuda
  • Declaraciones responsables
  • Datos de la cuenta bancaria
  • Memoria explicativa de las actividades realizadas y los resultados obtenidos
  • Memoria económica con la relación clasificada de los gastos de la actividad
  • Copias digitalizadas de las facturas y de la documentación que acredita el pago
  • Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad

Preguntas frecuentes

¿Cómo se reparten las ayudas si hay varias solicitudes?
Se conceden por orden de llegada y según los fondos disponibles en la partida presupuestaria asignada. El plazo se cierra cuando se agota la dotación y, en todo caso, el 15 de octubre de 2026.
¿Puedo cobrar esta ayuda junto con otras?
Sí, pero el importe no puede superar el coste de la actividad sumando otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos. Además, el total de ayudas de minimis no puede pasar de 50.000€ por empresa beneficiaria en tres ejercicios.
¿Cuánto tardan en responder a mi solicitud?
La resolución se dicta y publica en el tablero electrónico en un plazo máximo de 6 meses desde el día siguiente a la presentación de la solicitud. Si pasa ese plazo sin respuesta, tu solicitud se entiende denegada.
¿Qué pasa si quiero devolver el dinero recibido?
Tienes que pedir la renuncia a la subvención al órgano competente, que te notificará la resolución y la carta de pago con la cantidad a reintegrar. Se calculan intereses de demora desde la fecha en que se hizo el pago hasta la devolución efectiva.

Fuentes oficiales

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