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Ayudas Claras
Subvenciones Lanzarote Agricultura
Agricultura Lanzarote Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para pescadores de Lanzarote y La Graciosa

Hasta el 50% o el 75% de tu inversión en el barco, con un tope de 40.000€

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Cabildo de Lanzarote y La Graciosa para inversiones en el sector pesquero.
Para quién
Pescadores profesionales, armadores, empresas y comunidades de bienes del sector pesquero de Lanzarote y La Graciosa.
Cuánto
  • Un porcentaje de la cuantía que solicitas, con un importe máximo según la línea
    Línea de ayudaPorcentajeImporte máximo
    Compra de embarcación de menos de 12 metros de esloraHasta el 50%40.000€
    Seguridad, salud, higiene y condiciones de trabajo a bordoHasta el 75%40.000€
    Motor para embarcación de menos de 6 metros de esloraHasta el 50%20.000€
    Motor para embarcación de 6 a 9 metros de esloraHasta el 50%26.400€
    Motor para embarcación de más de 9 y hasta 12 metros de esloraHasta el 50%40.000€
    El porcentaje se calcula sobre la cuantía solicitada por el beneficiario.
Qué cubre
  • Compra de embarcaciones pesqueras de hasta 12 metros de eslora
  • Equipos de seguridad, salud, higiene y condiciones de trabajo a bordo

    Balsas salvavidas, unidades de destrinca hidrostática, radiobalizas, chalecos salvavidas, aparatos lanzacabos, sistemas de salvamento en caso de hombre al agua, dispositivos de lucha contraincendios, pasarelas y escaleras de acceso, monitores y cámaras de seguridad, botiquines de primeros auxilios, aseos y lavabos, cocinas y equipos de almacenamiento de alimentos, depuradoras de agua, barandillas de cubierta, ropas de trabajo y equipos de protección.

  • Inversiones en eficiencia energética y mitigación del cambio climático

    Hélices energéticamente eficientes y árboles de transmisión, mejoras de refrigeración, congelación o aislamiento, sustitución o modernización de motores principales o auxiliares, tratamiento del casco eco-responsable y antifouling por ultrasonidos (solo el material, no la mano de obra), energía fotovoltaica y sistemas auxiliares, e innovación en artes de pesca más selectivas y sostenibles.

Requisitos
  • Eres mayor de 18 años y tu actividad profesional es del ámbito pesquero
  • Tienes tu domicilio fiscal en Lanzarote o La Graciosa
  • Si compras una embarcación, acreditas experiencia o titulación pesquera y es tu primer buque

    Debes haber trabajado al menos cinco años como pescador antes de presentar la solicitud o disponer de alguno de los títulos profesionales del sector pesquero del Real Decreto 36/2014. La adquisición debe ser la primera de un buque de pesca, sin que medie vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable ni parentesco de consanguinidad o afinidad dentro del segundo grado. Si el buque es de segunda mano, tiene que pertenecer a la flota de pesca artesanal. Si uno o varios jóvenes pescadores no lo adquieren en su totalidad, deben comprar al menos el 51%. Una vez adquirido el buque, hay que estar de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

  • Si inviertes en seguridad, salud e higiene o en eficiencia energética, eres propietario o armador de un buque pesquero en activo con puerto base en Lanzarote o La Graciosa

    El buque debe estar dado de alta en el censo de la Flota Pesquera Operativa, y tú figurar dado de alta como pescador profesional en la Seguridad Social del Mar. La actividad pesquera desarrollada con la embarcación tiene que estar censada en el censo de empresarios, profesionales y retenedores y declarada fiscalmente.

  • Si inviertes en seguridad, salud e higiene o en eficiencia energética, acreditas un ejercicio efectivo de la pesca

    Al menos 40 días al año en el último año, u 80 días en el cómputo de los dos últimos años. Si llevas menos de un año de alta como armador, se te exige el mismo número de días en proporción a los días que lleves de alta.

  • El buque en el que inviertes tiene como máximo treinta años de antigüedad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta la inversión entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2027
  • Justifica la subvención entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2028
  • Si has invertido en seguridad, salud, higiene o eficiencia energética, acredita después de cobrar la ayuda los días mínimos de pesca exigidos
  • Devuelve la subvención con los intereses de demora si no alcanzas esos días de pesca
  • Cobra la ayuda en una cuenta bancaria de la que seas titular
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres pescador profesional con domicilio fiscal en Lanzarote o La Graciosa
  • Tu empresa del ámbito pesquero tiene el domicilio fiscal en estas islas
  • Quieres comprar una embarcación pesquera de menos de 12 metros de eslora
  • Necesitas mejorar la seguridad, la salud o la higiene a bordo de tu barco
  • Vas a sustituir o modernizar el motor de tu embarcación
  • Eres armador de un buque en activo con puerto base en Lanzarote o La Graciosa
  • Tu domicilio fiscal está fuera de Lanzarote y La Graciosa
  • El buque en el que quieres invertir tiene más de treinta años
  • Tu empresa se encuentra en situación de crisis
  • Quieres invertir en seguridad, salud, higiene o eficiencia energética y no estás dado de alta como pescador profesional en la Seguridad Social del Mar
  • Tienes deudas en vía de apremio con el Cabildo de Lanzarote y La Graciosa
  • El barco que quieres comprar mide 12 metros de eslora o más

Cuánto puedes recibir

Recibes un porcentaje de la cuantía que solicitas: hasta el 50% si compras una embarcación de menos de 12 metros de eslora y hasta el 75% si inviertes en seguridad, salud, higiene o condiciones de trabajo a bordo, sin superar en ningún caso los 40.000€. Para la compra de motores el importe máximo depende de la eslora: 20.000€ en embarcaciones de menos de 6 metros, 26.400€ entre 6 y 9 metros y 40.000€ de más de 9 hasta 12 metros. El pago se hace por transferencia, en un solo plazo y de forma anticipada, sin exigir garantías, en la cuenta que hayas indicado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la memoria explicativa de técnico competente y el presupuesto desglosado de la inversión

  2. Cumplimenta y firma la instancia de solicitud y la declaración responsable

  3. Presenta la solicitud de forma telemática en el registro electrónico de la sede del Cabildo

  4. Revisa la propuesta de resolución provisional y presenta alegaciones en los diez días hábiles siguientes si lo ves necesario

  5. Espera la resolución definitiva, que se notifica en un plazo máximo de seis meses

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud de subvención cumplimentada y firmada
  • Documentación acreditativa de la representación, si actúas mediante representante
  • Declaración responsable (Anexo I)
  • Memoria explicativa de técnico competente con la descripción y la justificación de las inversiones
  • Ficha de especificaciones técnicas del barco, sistema, aparato o motor a comprar
  • Ficha de especificaciones técnicas del motor en uso, si vas a renovarlo
  • Documento de alta o modificación de datos de terceros firmado y sellado por la entidad bancaria (Anexo II)
  • Certificados de estar al corriente con la Hacienda estatal y autonómica, la Seguridad Social y la Red Tributaria de Lanzarote
  • Presupuesto de ingresos y gastos desglosado y pormenorizado (Anexo III)
  • Documentación que acredite la actividad pesquera como actividad principal
  • Cuentas anuales de los tres últimos ejercicios depositadas en el Registro Mercantil, si eres sociedad mercantil
  • Documentación acreditativa de la constitución, si eres comunidad de bienes, organización de pescadores o entidad sin personalidad jurídica

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda para más de una línea a la vez?
Sí. Si solicitas más de una línea, cada una se valora de manera independiente.
¿Cómo se decide quién recibe la subvención?
Cada línea se puntúa sobre un máximo de 10 puntos. Se valoran la antigüedad y la eslora del buque, el tipo de actuación y el importe de la inversión. En la compra de embarcación se suman 2 puntos si quien solicita es mujer.
¿Qué pasa si no me contestan a tiempo?
El plazo de resolución y notificación no puede superar los seis meses. Si vence sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Puedo recurrir si me deniegan la subvención?
Sí. Puedes presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, o acudir directamente a la vía contencioso-administrativa en el plazo de dos meses.
¿Tengo que devolver la ayuda en algún caso?
Sí. Si no acreditas los días mínimos de actividad pesquera exigidos, tendrás que reintegrar la subvención junto con los intereses de demora correspondientes.

Fuentes oficiales

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