Ayudas para asociaciones y sindicatos deportivos 2026
Hasta 50.000€ por entidad para asociaciones y sindicatos deportivos estatales
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Consejo Superior de Deportes para asociaciones y sindicatos del ámbito del deporte
- Para quién
- Asociaciones y sindicatos de deportistas, entrenadores, técnicos, árbitros, jueces y preparadores físicos de ámbito estatal
- Cuánto
- Hasta 50.000€ por entidad; máximo 5.000€ por cada asociado destinatario de apoyo directo
- Qué cubre
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- Proyectos de inserción laboral de tus asociados o afiliados
- Programas de apoyo a la gestión individual o compartida de los asociados
- Estudios, jornadas y otros programas de interés deportivo, y gastos de funcionamiento general
- Requisitos
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- Tu entidad es una asociación o un sindicato del ámbito del deporte estatal
- Los estatutos de tu entidad incluyen al menos uno de los fines exigidos
Realización de actividades directamente relacionadas con la promoción de los derechos sociales de sus asociados o afiliados; ayuda o acompañamiento de la inserción social del asociado; desarrollo de labores o estudios destinados al mejor conocimiento del deporte nacional o internacional; programas de apoyo en la gestión individual y/o compartida de sus asociados.
- Tu entidad está inscrita en el registro administrativo correspondiente
- No tienes deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración
- Tu solicitud incluye al menos un proyecto, no solo gastos de funcionamiento general
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Pide autorización previa antes de modificar sustancialmente el proyecto presentado
- Comunica si obtienes otras subvenciones o ingresos para la actividad subvencionada
- Da publicidad al carácter público de la financiación e incluye la imagen institucional del organismo
- Facilita la información y las comprobaciones que te requieran los órganos de control
- Conserva los documentos en formato electrónico durante cinco años
- Justifica los gastos como máximo el 30 de septiembre de 2027
- Cuándo
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- Abre: 14 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 4 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Diriges una asociación o un sindicato del ámbito del deporte estatal
- Tu entidad está legalmente constituida e inscrita en el registro administrativo
- Los estatutos incluyen la promoción de los derechos sociales de tus asociados
- Tienes un proyecto de inserción laboral para tus asociados o afiliados
- Quieres financiar estudios o programas sobre el deporte nacional o internacional
- Necesitas apoyo para la gestión individual o compartida de tus asociados
- Tu entidad es un club deportivo
- Tu entidad ya recibe la financiación prevista para el fútbol profesional
- Solicitas únicamente gastos de funcionamiento general, sin ningún proyecto
- Tu entidad tiene deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración
- Tienes pendiente una orden de recuperación de una ayuda declarada ilegal
Cuánto puedes recibir
Puedes pedir como máximo 50.000€ por entidad, sumando los gastos de proyectos y, cuando proceda, los de funcionamiento general; la cantidad concedida nunca supera ese tope ni el coste total de los gastos subvencionables. Si tu proyecto incluye apoyos económicos o pagos directos a asociados, cada persona destinataria puede recibir como máximo 5.000€. El pago se hace de una sola vez y de forma anticipada, es decir, antes de justificar el gasto y sin exigirte garantía.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la solicitud, las declaraciones y los anexos del catálogo de trámites de la sede electrónica del organismo
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Diferencia en la solicitud los gastos de proyectos y los de funcionamiento general
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Firma la solicitud con firma electrónica avanzada y redáctala en castellano
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Preséntala de forma telemática en la sede electrónica dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del extracto
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Si te lo requieren, completa o subsana la documentación en diez días hábiles
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Consulta la propuesta de resolución provisional en la sede electrónica y alega en diez días hábiles si procede
Documentación necesaria
- Solicitud única por entidad, disponible en el catálogo de trámites de la sede electrónica del organismo
- Documentación que acredite que la entidad cumple los requisitos exigidos
- Declaración responsable de no incurrir en las prohibiciones para ser beneficiario
- Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones por reintegro de subvenciones
- Declaración responsable de no estar incurso en causas que inhabiliten para el cobro de pagos anticipados
- Relación cuantificada y desglosada de los gastos de funcionamiento general cuya financiación se solicita