Subvenciones para AMPAS de Azuqueca de Henares 2026
Hasta 1.500€ por asociación para proyectos de las AMPAS de Azuqueca de Henares
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares para proyectos y actividades de las AMPAS.
- Para quién
- Asociaciones de madres y padres del alumnado de centros de Educación Infantil, Primaria y Secundaria del municipio.
- Cuánto
- Hasta 1.500€ por asociación
- Qué cubre
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- Gastos corrientes necesarios para desarrollar el proyecto
Concepto Qué incluye Actividades Materiales (incluidos alimentos) para el desarrollo y la organización de las actuaciones relacionadas con el proyecto Organización y diseño de actividades Gastos relativos al diseño de las actuaciones y la organización de las mismas Difusión y material publicitario Lo preciso para la promoción de las actuaciones previstas en el proyecto Gastos de formación Pagos a formadores, ponentes o conferenciantes y manuales de formación Gastos de gestión Gestoría, licencia de programa informático, app - Materiales para las actividades, incluidos los alimentos
- Pagos a formadores, ponentes o conferenciantes y manuales de formación
- Gastos corrientes necesarios para desarrollar el proyecto
- Requisitos
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- Tu asociación está legalmente constituida y tiene personalidad jurídica propia antes de aprobarse la convocatoria
- Tu asociación está domiciliada en Azuqueca de Henares e inscrita en el Registro Municipal de asociaciones
- Tu asociación ha desarrollado su actividad en los dos últimos años
- Es una asociación sin ánimo de lucro y así consta en sus estatutos o documentos de constitución
- Los destinatarios finales de la actividad son el alumnado del centro educativo y sus familias
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza el proyecto y las actividades previstas en los términos descritos en tu solicitud
- Ejecuta el proyecto dentro del plazo: la ejecución finaliza el 31 de diciembre de 2026
- Incorpora de forma visible el logo del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares en el lugar donde ejecutes el proyecto y en el material editado (carteles, publicaciones, publicidad), citando que la actuación está subvencionada por el Ayuntamiento
- Presenta la cuenta justificativa, con facturas y memoria económica, hasta el 31 de enero de 2027
- Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras ayudas que financien la misma actividad
- Conserva los documentos que justifican el uso de los fondos y facilita las comprobaciones del Ayuntamiento
- Devuelve los fondos percibidos si se da alguno de los supuestos de reintegro
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación de madres y padres del alumnado de un centro educativo
- Tu centro es de Educación Infantil, Primaria o Secundaria de Azuqueca de Henares
- Tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de asociaciones
- Quieres financiar un proyecto dirigido al alumnado del centro y a sus familias
- Vas a ejecutar el proyecto en el término municipal de Azuqueca de Henares
- Tu asociación no está domiciliada en Azuqueca de Henares
- Tu asociación tiene ánimo de lucro
- Tu asociación no ha desarrollado actividad en los dos últimos años
- Tu proyecto no supera los 50 puntos en la valoración
- Tu proyecto ya se financia con otros fondos del presupuesto municipal
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo 1.500€ por asociación para tu proyecto. La subvención es prepagable: se abona por anticipado y completa antes de que justifiques el gasto, mediante transferencia a la cuenta bancaria que conste en la documentación que entregues. No se paga si tu asociación no está al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social o con el Ayuntamiento.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara el proyecto de actividades con título, objetivos, destinatarios, fecha y lugar de celebración y presupuesto económico
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Reúne la documentación obligatoria: certificado censal, estatutos, NIF del representante y certificados de estar al corriente
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Firma la solicitud como presidente o presidenta de la asociación, o con la delegación debidamente acreditada
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Preséntala electrónicamente en los 10 días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria
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Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo de diez días desde que recibas el requerimiento
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Espera la propuesta de resolución provisional: tienes 10 días para alegar o puedes renunciar a ese trámite
Documentación necesaria
- Solicitud de subvención (Anexo 1)
- Certificado censal de la asociación
- Estatutos de la asociación, si no se presentaron en ejercicios anteriores o se han modificado
- NIF del representante de la asociación designado para solicitar la subvención
- Certificado del secretario o secretaria con el número de asociados al corriente de pagos
- Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y con Hacienda
- Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para ser entidad beneficiaria (Anexo 2)
- Comunicación de datos bancarios con el IBAN a nombre de la asociación (Anexo 3)
- Proyecto de actividades a subvencionar con el presupuesto de gastos a realizar