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Ayudas Claras
Ayudas Navarra Sanidad
Sanidad Navarra Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para el tratamiento del autismo en Navarra

Hasta 40€ por sesión individual y 16€ por sesión grupal de terapia.

Lo que significa

Qué es
Subvención del Departamento de Salud de Navarra para costear el tratamiento de las personas con trastorno del espectro autista.
Para quién
Niñas, niños y personas jóvenes con trastorno del espectro autista que residen en Navarra.
Cuánto
  • Hasta 40€ por sesión de terapia individual y 16€ por sesión grupal, con un máximo de 8 sesiones mensuales
    Modalidad de tratamientoImporte máximo subvencionable por sesión
    Sesión de terapia individual40 euros
    Sesión de terapia grupal16 euros
    El número máximo de sesiones subvencionables es de 8 mensuales de cada uno de los tratamientos recibidos. En ningún caso la subvención puede superar el coste total del tratamiento, una vez descontadas otras ayudas recibidas para la misma finalidad.
Qué cubre
  • El gasto en tratamientos realizados entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de junio de 2026, ambos inclusive
  • Tratamientos homologados o científicamente probados impartidos por profesionales acreditados

    Profesionales de psicología clínica, psiquiatría, logopedia y terapia ocupacional con la debida acreditación o formación; también de magisterio, pedagogía o técnico superior de educación infantil con la acreditación necesaria. Los tratamientos deben llevarse a cabo en centros autorizados para la realización de actividades sanitarias.

  • Terapia individual y terapia grupal, que no son excluyentes entre sí
Requisitos
  • Perteneces a alguno de los grupos de edad previstos

    Niñas y niños menores de 18 años; personas adultas menores de 23 años diagnosticadas antes de los 18; y personas de entre 23 y 26 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, acreditada antes de cumplir los 23 años, y diagnosticadas antes de los 18.

  • Tienes un diagnóstico de trastorno del espectro autista realizado por un profesional facultativo médico o psicólogo clínico experto
  • También vale estar en proceso diagnóstico de valoración, con síntomas compatibles, si la duración del proceso es inferior a un año
  • Un profesional con la cualificación necesaria e implicado en tu atención ha indicado la conveniencia del tratamiento
  • Resides de forma efectiva y continuada en Navarra durante un año antes del 30 de junio de 2026; en menores de un año, desde el nacimiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta una declaración responsable indicando si has obtenido otras ayudas para la misma finalidad y objeto, con su cuantía
  • Si obtienes otra ayuda después de esa declaración, comunícalo cuanto antes y siempre antes de que se dicte la resolución de concesión
  • No superes con el conjunto de las ayudas el coste total del tratamiento efectivamente recibido
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu hijo o hija tiene un diagnóstico de trastorno del espectro autista
  • Recibes terapia individual o grupal por un trastorno del espectro autista
  • Tienes entre 23 y 26 años y un grado de discapacidad igual o superior al 65%
  • Resides de forma continuada en Navarra desde hace al menos un año
  • Has pagado el tratamiento entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de junio de 2026
  • El diagnóstico se realizó después de cumplir los 18 años
  • No resides de forma efectiva y continuada en Navarra
  • El tratamiento se hizo fuera del periodo del 1 de octubre de 2025 al 30 de junio de 2026
  • El tratamiento no está homologado ni cuenta con evidencia científica probada
  • El centro donde se realizó el tratamiento no está autorizado para actividades sanitarias

Cuánto puedes recibir

Se subvencionan hasta 8 sesiones mensuales de cada tratamiento, con un máximo de 40 euros por sesión de terapia individual y 16 euros por sesión de terapia grupal. Sobre el gasto resultante se aplica una Cuantía Mínima de Referencia, que para 2026 es de 549 euros: las solicitudes de cuantía igual o inferior se atienden al 100% de su importe siempre que el presupuesto lo permita, y el importe que excede esa cifra se reparte de forma proporcional al gasto realizado si queda presupuesto. La ayuda nunca puede superar el coste del tratamiento una vez descontadas otras ayudas, y se abona en un solo pago.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el informe clínico con el diagnóstico y el informe que indica la conveniencia del tratamiento

  2. Pide al profesional que impartió el tratamiento un informe con su descripción y la evaluación de los resultados

  3. Junta las facturas del tratamiento y los comprobantes de pago

  4. Presenta la solicitud, preferentemente en el apartado de tramitación de la ficha del Catálogo de Servicios del Gobierno de Navarra

  5. Hazlo dentro de los 20 días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de Navarra

Documentación necesaria

  • Fotocopia del DNI, NIE o documento identificativo de la persona beneficiaria; si carece de ellos, del pasaporte
  • Certificado de empadronamiento en Navarra con la fecha de antigüedad, expedido como máximo tres meses antes de la solicitud, o resolución de concesión del derecho de asilo
  • Informe clínico emitido por un profesional facultativo médico o psicólogo clínico experto en el diagnóstico del trastorno del espectro autista
  • Certificado de discapacidad reconocida, en el tramo de edad de 23 a 26 años
  • Informe de un profesional acreditado e implicado en la atención que indique la conveniencia del tratamiento y sus objetivos
  • Informe del profesional que ha impartido el tratamiento, con su descripción y la evaluación de los resultados obtenidos
  • Documentación acreditativa de la representación legal de la persona beneficiaria, cuando proceda
  • Certificado de titularidad bancaria o impreso de solicitud de abono por transferencia
  • Facturas del tratamiento con el nombre de la persona beneficiaria, quién lo impartió, el número de sesiones, la periodicidad, la duración, su carácter individual o grupal y el importe total abonado
  • Comprobante del pago realizado, mediante recibo individualizado o extracto bancario resumido
  • Si te acoges a la exclusión del prorrateo, resolución de la renta de inclusión social o garantizada, o acreditación de la condición de víctima de violencia de género
  • Declaración sobre otras posibles ayudas recibidas y consentimiento para el tratamiento de los datos personales

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si el diagnóstico aún no está confirmado?
Sí. También pueden ser beneficiarias las personas que se encuentran en un proceso diagnóstico de valoración para confirmarlo o descartarlo, siempre que presenten síntomas compatibles y la duración del proceso sea inferior a un año.
¿Se pueden combinar terapia individual y grupal?
Sí. La misma persona beneficiaria puede presentar gastos correspondientes a una o varias modalidades de intervención, que no son excluyentes entre sí.
¿Qué situaciones quedan fuera del prorrateo?
Las personas beneficiarias que pertenezcan a una unidad familiar en la que, durante 2025 y/o 2026, algún miembro haya sido víctima de violencia de género o perceptor de una renta de inclusión social o renta garantizada.
¿Cómo se cobra la ayuda?
En un solo pago, con la resolución de concesión o después de su aprobación, en la cuenta de abono indicada al presentar la solicitud.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, con cualquier otro tipo de subvención o ayuda, sin que el importe total de todo lo concedido pueda superar el coste total del tratamiento efectivamente recibido.

Fuentes oficiales

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