Ayudas de emergencia social a familias en Grado
Ayuda de 709,83€ para familias de Grado con menores a cargo en riesgo de pobreza.
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda económica directa que el Ayuntamiento de Grado concede por concurrencia competitiva a familias con menores a cargo.
- Para quién
- Familias y unidades de convivencia de Grado con hijos o hijas menores a cargo en situación de vulnerabilidad social.
- Cuánto
- 709,83€ por familia beneficiaria, hasta un total de 29 familias
- Qué cubre
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- Acceso a servicios de educación, como material escolar o ayudas de comedor
- Acceso a vivienda: alquiler, mejora de las condiciones de habitabilidad y suministros
- Acceso a servicios de salud y de empleo
- Requisitos
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- Convives efectivamente con tus hijos o hijas menores y conservas la patria potestad
- Estás empadronado en Grado desde al menos los tres meses anteriores a la solicitud
Quedan exentas de este requisito las familias monomarentales víctimas de violencia de género, las que tienen expediente de protección de menores o intervención desde Servicios Sociales y otras unidades familiares que, por su especial situación de vulnerabilidad, se considere de interés superior para el menor que perciban la ayuda.
- Tus ingresos anuales no superan el umbral de riesgo de pobreza
El umbral de pobreza se fija en el 60% de la mediana de ingresos por unidad de consumo; según publica el INE, en 2025 sería de 12.220€ anuales con carácter individual. La convocatoria incluye una tabla de límites de renta según el número de adultos y de menores de 14 años que forman la unidad familiar. Se computan todos los ingresos de los tres meses anteriores al mes previo a la convocatoria y puedes deducir hasta 400€ mensuales de alquiler o hipoteca que estés pagando, salvo si se trata de vivienda pública.
- Si te concedieron esta ayuda en convocatorias anteriores, la justificaste adecuadamente
- No tienes un expediente de protección abierto en el que la Administración haya asumido la guarda del menor
- En caso de custodia compartida, solicitas tú porque el menor convive contigo la mayor parte del tiempo y está empadronado contigo
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- No destines la ayuda a pagar impuestos, tasas o cuotas de administraciones públicas ni de entidades privadas
- Comunica a los Servicios Sociales cualquier cambio en tu situación familiar y económica que modifique las circunstancias de la solicitud
- Permite el seguimiento de los Servicios Sociales municipales
- Justifica la ayuda en los cuatro meses siguientes a la concesión
- Presenta las facturas o documentos originales que acrediten el gasto realizado
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Convives con hijos o hijas menores a cargo
- Estás empadronado en Grado desde al menos tres meses antes de solicitar
- Tus ingresos anuales no superan el umbral de riesgo de pobreza
- Eres una familia monomarental víctima de violencia de género con menores a cargo
- Justificaste correctamente las ayudas que te concedieron en convocatorias anteriores
- No tienes menores a cargo conviviendo contigo
- Te han privado o suspendido de la patria potestad
- Tus ingresos superan el umbral de riesgo de pobreza
- Tienes un expediente de protección abierto en el que la Administración ha asumido la guarda del menor
- Eres titular del complemento vital a familias con menores y jóvenes
Cuánto puedes recibir
Recibes una ayuda económica de 709,83€ si cumples los requisitos, hasta agotar el crédito disponible; podrán beneficiarse un total de 29 familias. El pago se hace de una sola vez y antes de que justifiques el gasto. Después tienes cuatro meses desde la concesión para justificarla.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que acredita tu unidad familiar, tus ingresos y tus gastos de vivienda
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Rellena la instancia de solicitud según el modelo oficial (Anexo I)
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Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Grado dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín oficial del Principado de Asturias
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Si te lo requieren, subsana o aporta la documentación que falte en un plazo de diez días hábiles
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Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de tres meses
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Justifica el gasto con facturas o documentos acreditativos en los cuatro meses siguientes a la concesión
Documentación necesaria
- Instancia de solicitud según el modelo oficial (Anexo I)
- Fotocopia del DNI o documento identificativo y libro de familia del solicitante y del resto de miembros de la unidad familiar
- Fotocopia de la última declaración del Impuesto sobre la Renta o, si no tienes obligación de presentarla, certificado negativo expedido por Hacienda
- Certificados de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar de los tres meses anteriores a la fecha de la convocatoria
- Fotocopia de las nóminas de los tres últimos meses si estás trabajando
- Certificado del organismo correspondiente si percibes pensiones u otras prestaciones
- Certificado del servicio público de empleo si estás en desempleo, indicando la cuantía y el periodo si cobras prestación
- En caso de separación o divorcio, copia de la sentencia y del convenio regulador y justificantes del pago de la pensión de alimentos de los tres últimos meses
- Fotocopia de los movimientos bancarios de todas tus cuentas de los tres últimos meses
- Acreditación de los gastos de alquiler o hipoteca de la vivienda y justificante de pago de los tres últimos meses
- Ficha de terceros para pagos según el modelo oficial (Anexo II)