Ayudas al Bachillerato en centros privados de La Rioja
800€ por alumno y curso para Bachillerato en centros privados de La Rioja
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Gobierno de La Rioja para gastos corrientes de Bachillerato en centros privados autorizados.
- Para quién
- Titulares sin ánimo de lucro de centros docentes privados autorizados para impartir Bachillerato en La Rioja.
- Cuánto
- 800 euros por alumno y curso escolar, prorrateando el crédito disponible entre las solicitudes admitidas
- Qué cubre
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- Los gastos corrientes derivados de impartir 1º y 2º de Bachillerato
- El coste del puesto escolar de Bachillerato, que se traslada como descuento mensual en las facturas a las familias
- Requisitos
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- Eres titular, persona física o jurídica sin ánimo de lucro, de un centro docente privado autorizado
- El centro está autorizado para impartir Bachillerato en la Comunidad Autónoma de La Rioja
- El centro no cuenta con concierto educativo para esas enseñanzas
- No tienes en vigor un apercibimiento o sanción por incumplimiento de concierto educativo
- No tienes pendiente de devolución cantidades indebidamente percibidas de subvenciones anteriores
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Traslada la repercusión de la subvención a las familias, con descuentos mensuales en las facturas de septiembre de 2026 a junio de 2027
- Imparte las enseñanzas conforme a los planes de estudios, currículos y normas académicas vigentes en La Rioja
- Ten en todas las unidades de Bachillerato personal docente con la titulación adecuada y dado de alta en la Seguridad Social
- Comunica las bajas de alumnos en el plazo de 10 días hábiles desde que se producen
- Presenta la documentación justificativa durante el mes de septiembre de 2027
- Conserva las facturas o recibos de la actividad subvencionada al menos cuatro años desde su emisión
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de un centro docente privado autorizado en La Rioja
- Tu centro imparte 1º o 2º de Bachillerato
- Tu centro no cuenta con concierto educativo para esas enseñanzas
- Eres persona física o entidad sin ánimo de lucro titular del centro
- Tu centro cuenta con concierto educativo para Bachillerato
- Tienes en vigor un apercibimiento o sanción por incumplimiento de concierto educativo
- Tienes pendiente de devolución cantidades indebidamente percibidas de subvenciones anteriores
- Tu centro no está autorizado para impartir Bachillerato en La Rioja
Cuánto puedes recibir
Cobras 800 euros por alumno y curso escolar, cantidad que equivale al 25,80% del módulo de gastos corrientes de Bachillerato, fijado en 3.100 euros por alumno y curso. El importe total del centro sale de multiplicar esa cantidad por el número de alumnos de 1º y 2º matriculados, y el crédito disponible se prorratea entre las solicitudes admitidas sin superar nunca ese tope por alumno. El pago tiene carácter anticipado: el 50% de la subvención del curso antes del 30 de noviembre y el 50% restante antes del 31 de marzo.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu centro está autorizado para impartir Bachillerato y no tiene concierto para esas enseñanzas
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Prepara la memoria descriptiva con los cursos y unidades y con el precio por alumno del curso anterior y el previsto
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Rellena el impreso normalizado del periodo ordinario o del extraordinario, según corresponda
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Presenta la solicitud de forma electrónica en la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja
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Subsana en diez días si el órgano instructor te requiere documentos
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Presenta la documentación justificativa durante el mes de septiembre de 2027
Documentación necesaria
- Impreso normalizado de solicitud: Anexo I-a para el periodo ordinario y Anexo I-b para el extraordinario
- Memoria descriptiva de la actividad, con los cursos y unidades de 1º y 2º de Bachillerato, el precio por alumno del curso anterior y la previsión para el nuevo curso
- Documentación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Declaración de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones
- Anexo II de justificación de la subvención, con la certificación del titular del centro