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Ayudas Claras
Subvenciones Girona Educación
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Subvenciones para las AFA de los centros de Vilafant

Hasta 1.500€ para las actividades educativas y lúdicas del curso.

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Vilafant para las actividades educativas, culturales y lúdicas que organizan las asociaciones de familias de alumnos.
Para quién
Asociaciones de Familias de Alumnos (AFA) de los centros de educación primaria y secundaria de Vilafant.
Cuánto
  • Hasta 1.500€, con un máximo del 90% del coste de los gastos subvencionables
    TramoImporte
    Importe fijo, una vez justificados los gastos subvencionables900,00€
    Importe variable, según la puntuación obtenida600,00€
    La subvención no puede superar el 90% de los gastos efectivamente justificados y aceptados. En el tramo variable, cada punto equivale a 12€.
Qué cubre
  • Actividades educativas, lúdicas y tradicionales para el alumnado

    Actividades extraescolares de carácter educativo, fiestas de fin de curso, graduaciones, Jocs Florals, Castanyada, Sant Jordi o Navidad, premios y reconocimientos educativos, charlas para familias abiertas a otras escuelas del municipio y espectáculos de animación infantil gratuitos.

  • Excursiones, salidas y colonias por Cataluña, con gastos como el autocar o las entradas a museos y parques
  • Material y otros gastos ligados a la actividad

    Material didáctico, juegos, instrumentos musicales, equipamiento deportivo o de patio, aportaciones económicas al centro para material del alumnado, alquiler de equipos de sonido y audiovisuales, gastos de asesoría jurídica o financiera, notariales, registrales y periciales, el IVA no recuperable y gastos indirectos hasta un máximo del 15% sobre los gastos directos justificados.

Requisitos
  • Sois una AFA de un centro educativo público de primaria o secundaria de Vilafant
  • Estáis inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Vilafant con una antigüedad mínima de dos años
  • Habéis justificado correctamente las subvenciones municipales concedidas con anterioridad
  • Habéis programado y llevado a cabo como mínimo dos actividades propias durante el año en el municipio
  • No recibís financiación directa del Ayuntamiento para vuestro funcionamiento ni otra subvención por el mismo concepto en esta convocatoria
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad que fundamenta la concesión en el plazo y la forma establecidos
  • Justifica de forma telemática con el modelo de cuenta justificativa normalizado, debidamente firmado
  • Presenta facturas emitidas contra la entidad beneficiaria, del 1 de julio del año anterior al 30 de junio del año en curso y pagadas dentro del periodo de justificación
  • Comunica al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad
  • Haz constar el apoyo del Ayuntamiento de Vilafant, con su escudo, en todo el material de difusión
  • Conserva las facturas correspondientes a los fondos recibidos durante el plazo legalmente establecido
Cuándo
  • Abre: 16 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 30 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Sois la AFA de un centro público de primaria o secundaria de Vilafant
  • Organizáis actividades extraescolares de carácter educativo para el alumnado
  • Organizáis fiestas de fin de curso, graduaciones u otras actividades tradicionales
  • Hacéis excursiones, salidas o colonias con el alumnado
  • Compráis material didáctico, juegos o equipamiento deportivo para el centro
  • Vuestra entidad lleva menos de dos años en el Registro Municipal de Entidades de Vilafant
  • No habéis programado ni realizado al menos dos actividades propias durante el año en el municipio
  • Recibís financiación directa del Ayuntamiento para vuestro funcionamiento
  • Ya habéis recibido otra subvención por el mismo concepto en esta convocatoria

Cuánto puedes recibir

Cada entidad puede recibir como máximo 1.500€: 900€ de importe fijo, que se otorgan una vez presentados los justificantes de los gastos subvencionables, y 600€ de importe variable según la puntuación obtenida en los criterios de valoración, en los que cada punto equivale a 12€. La subvención no puede superar el 90% de los gastos efectivamente justificados y aceptados, y si justificas menos de lo concedido el importe se reduce proporcionalmente. No se prevén anticipos: se paga por transferencia bancaria una vez justificada.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que la AFA lleva más de dos años inscrita en el Registro Municipal de Entidades de Vilafant

  2. Prepara la solicitud especificando los objetivos del proyecto y el presupuesto de las actividades que queréis realizar

  3. Reúne el certificado de titularidad de la cuenta bancaria y el comprobante del pago del seguro de responsabilidad civil

  4. Presenta la solicitud telemáticamente con el modelo normalizado de la sede electrónica, entre el 16 de julio y el 30 de agosto de 2026

  5. Justifica después a través de la sede electrónica con el modelo de cuenta justificativa normalizado

Documentación necesaria

  • Formulario normalizado de solicitud disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento
  • Documento acreditativo de la representación, si procede
  • Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Comprobante bancario del pago del seguro de responsabilidad civil
  • Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigidos para obtener la subvención

Preguntas frecuentes

¿Qué periodo de gastos se puede justificar?
El periodo subvencionable va del 1 de julio del año anterior hasta el 30 de junio del año en curso.
¿Cómo se calcula la parte variable de la subvención?
Se puntúan la proporción de alumnos asociados a la AFA, las aportaciones económicas o de material al centro, la colaboración en la jornada Vilafant, VilaEducadora y la participación en actividades y actos del Ayuntamiento. Cada punto equivale a 12€, hasta los 600€.
¿Se puede cobrar por adelantado?
No. No se prevé el otorgamiento de anticipos: la subvención se paga por transferencia bancaria una vez justificada.
¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí, con otras del propio Ayuntamiento o de otras administraciones, siempre que no exista sobrefinanciación de la actividad. Quedan excluidas las entidades que reciben financiación directa del Ayuntamiento para su funcionamiento o que ya han recibido otra subvención por el mismo concepto en la misma convocatoria.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Fuentes oficiales

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