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Ayudas Claras
Subvenciones Asturias Empleo
Empleo Asturias Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas al personal de apoyo de centros especiales de empleo

1.440 € al año por cada persona trabajadora atendida por la unidad de apoyo

Lo que significa

Qué es
Subvención del Servicio Público de Empleo de Asturias al coste salarial del personal de las unidades de apoyo a la actividad profesional.
Para quién
Empresas calificadas y registradas como centros especiales de empleo en el Principado de Asturias.
Cuánto
1.440 € anuales por cada persona trabajadora destinataria de los servicios de la unidad, reducidos en proporción a la duración del contrato y a la jornada
Qué cubre
  • Costes salariales y de Seguridad Social del personal con contrato indefinido, no fijo-discontinuo, que forma parte de la unidad de apoyo
  • El periodo comprendido entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027
  • Tanto los contratos del personal de la unidad celebrados durante ese periodo como los concertados antes de que empiece
Requisitos
  • Eres una empresa calificada y registrada como centro especial de empleo, con independencia de tu forma jurídica, tamaño y sector
  • Tu centro está radicado en el Principado de Asturias e inscrito, a fecha de solicitud, en el Registro de Centros Especiales de Empleo
  • El personal por el que pides la ayuda tiene contrato indefinido y no fijo-discontinuo y forma parte de la unidad de apoyo
  • Las retribuciones de ese personal cumplen lo establecido sobre coste salarial en las bases reguladoras
  • No estás excluido del acceso a los beneficios de los programas de empleo por infracciones en el orden social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica ante el Servicio Público de Empleo la realización de la actividad y el cumplimiento de requisitos y condiciones
  • Presenta la justificación en el plazo de dos meses desde el mes en que termina el periodo subvencionable
  • Comunica cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que financie la actividad, antes de justificar los fondos
  • Comunica las suspensiones de contrato: durante esos periodos no se devenga subvención
  • Haz constar en tu información y publicidad que la actividad está subvencionada por el Servicio Público de Empleo de Asturias, incluyendo su sello de identidad gráfica
  • Conserva los documentos justificativos durante los cinco años posteriores al fin del periodo que cubre la subvención
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Gestionas un centro especial de empleo radicado en el Principado de Asturias
  • Tienes una unidad de apoyo a la actividad profesional en tu centro
  • El personal de esa unidad tiene contrato indefinido no fijo-discontinuo
  • Quieres cofinanciar sus costes salariales entre julio de 2026 y junio de 2027
  • Puedes presentar un proyecto de servicio de acompañamiento
  • Tu centro no está inscrito en el Registro de Centros Especiales de Empleo del Principado de Asturias
  • Tu centro especial de empleo no está radicado en Asturias
  • El personal de apoyo tiene contrato temporal o fijo-discontinuo
  • Tu empresa tiene la calificación de empresa en crisis
  • Estás excluido del acceso a los beneficios de los programas de empleo por infracciones en el orden social

Cuánto puedes recibir

La subvención es de 1.440 euros anuales por cada persona trabajadora destinataria final de los servicios de la unidad que esté contratada por tiempo indefinido o con un contrato temporal de seis meses o más y forme parte de la plantilla del centro a 30 de abril de 2026; si el contrato es fijo-discontinuo, se exige un periodo de actividad acumulado de al menos seis meses en los doce meses anteriores. Esos 1.440 euros se reducen en proporción a la duración de los contratos, a la jornada cuando es a tiempo parcial y a los días efectivamente trabajados, contando el mes como 30 días e incluyendo los días de vacaciones y descanso retribuidos y cotizados. Si un contrato se suspende —por ejemplo, por incapacidad temporal—, no se devenga subvención durante ese periodo. No se conceden subvenciones por importe superior al solicitado y, según las bases reguladoras, esta línea puede llegar al 100% de los costes subvencionables.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu centro está inscrito en el Registro de Centros Especiales de Empleo del Principado de Asturias

  2. Prepara la relación de personas trabajadoras por las que solicitas la subvención, de alta en el centro a 30 de abril de 2026 y ordenada alfabéticamente por apellidos

  3. Redacta el proyecto de servicio de acompañamiento con el estudio previo de la realidad, los objetivos, las actividades, el sistema de evaluación y los recursos de la unidad

  4. Presenta la solicitud de forma electrónica en la sede electrónica del Principado de Asturias, con el formulario de la ficha de servicio correspondiente

  5. Hazlo dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria

Documentación necesaria

  • Acta, escritura o documento de constitución, estatutos y sus modificaciones, debidamente legalizados
  • Documento acreditativo del poder de representación de quien firma la solicitud
  • Certificado o justificante de la inscripción, o de su mantenimiento, del centro en el registro oficial como centro especial de empleo
  • Acreditación de haber sido declarada de utilidad pública, si el centro tiene forma jurídica de asociación y goza de esa condición
  • Datos bancarios en fichero de acreedores tramitado por la oficina bancaria, si es tu primera solicitud o quieres cambiar los existentes
  • Acreditación del cumplimiento de los plazos de pago en materia de morosidad, si tu solicitud supera los 30.000€
  • Relación de personas trabajadoras por las que solicitas subvención, de alta a 30 de abril de 2026, ordenada alfabéticamente y en el modelo Excel de la convocatoria
  • Proyecto de servicio de acompañamiento con estudio previo de la realidad, objetivos generales y específicos, actividades concretas, sistema de evaluación continua y recursos de la unidad

Preguntas frecuentes

¿Cómo se valoran las solicitudes?
Se puntúa el porcentaje de personas trabajadoras con discapacidad con contrato indefinido no fijo discontinuo sobre la plantilla (40 puntos), el porcentaje de personas con el tipo y grado de discapacidad exigido (30 puntos), el porcentaje de mujeres dentro de ese grupo (20 puntos) y las personas insertadas en el mercado ordinario de trabajo en los últimos dos años (10 puntos). Si el crédito alcanza para atender todas las solicitudes admitidas, no hace falta fijar un orden de prelación.
¿Qué pasa si un contrato se suspende?
Durante el periodo de suspensión del contrato, como ocurre en la incapacidad temporal, no se devenga subvención alguna. El beneficiario está obligado a comunicar esa circunstancia.
¿Cuándo hay que justificar la ayuda?
En el plazo de dos meses a contar desde el mes en que finaliza el periodo subvencionable. Se aporta la documentación acreditativa del coste laboral y de Seguridad Social con su abono efectivo, la relación de personas apoyadas por la unidad y una memoria de las funciones realizadas por el personal de apoyo.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el boletín oficial del Principado de Asturias. La resolución no pone fin a la vía administrativa: cabe recurso de alzada en el plazo de un mes.
¿Puedo presentar la solicitud en papel?
Solo si eres persona física. En el resto de casos la solicitud y la documentación adjunta deben presentarse por medios telemáticos, preferentemente en la sede electrónica del Principado de Asturias.

Fuentes oficiales

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