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Ayudas Claras
Subvenciones Palencia Empleo
Empleo Palencia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a asociaciones de Palencia para emprendimiento

Hasta 20.000€ por entidad para programas de apoyo al emprendimiento en Palencia

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Palencia para programas de impulso y apoyo al emprendimiento.
Para quién
Asociaciones empresariales, organizaciones de trabajadores autónomos y corporaciones de Derecho público de finalidad empresarial.
Cuánto
Hasta 20.000€ por entidad solicitante, y también hasta 20.000€ por cada acción presentada
Qué cubre
  • Gastos de personal propio y de contratación de servicios externos
  • Alquileres, desplazamientos, manutención y publicidad ligados a la acción
  • Premios, amortización de bienes, gastos financieros y de asesoría, e IVA no recuperable

    Los gastos indirectos se subvencionan hasta un máximo del 10% del gasto justificado. No son subvencionables los gastos de mantenimiento y funcionamiento habitual de la entidad.

Requisitos
  • Tu entidad desarrolla de manera efectiva actividades de representación, promoción o apoyo al tejido empresarial
  • Tu programa se dirige al conjunto de emprendedores y del tejido empresarial de la ciudad
  • Las actuaciones tienen como ámbito principal o beneficiario directo el municipio de Palencia
  • Tu proyecto obtiene una puntuación igual o superior a 6 en la valoración
    Bloque de valoraciónPuntos máximos
    Características de la entidad4
    Tipo de acción8
    Cofinanciación con recursos propios5
    La puntuación máxima alcanzable por un proyecto es de 17 puntos. Las solicitudes que no alcancen 6 puntos se desestiman.
  • Presentas un presupuesto motivado y detallado para cada acción, sin desviaciones anormales respecto de los precios de mercado
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Organiza por completo las acciones subvencionadas y presenta el calendario con sus fechas
  • Informa previamente a la Concejalía de Impulso Económico y facilita la supervisión de las actividades
  • Ofrece las acciones a todos los emprendedores y al tejido empresarial, estén asociados o no
  • Haz constar la colaboración y financiación del Ayuntamiento de Palencia en toda la documentación y publicidad
  • Destina como mínimo el 0,5% del importe subvencionado a la promoción de las acciones
  • Justifica cada acción en un plazo máximo de 3 meses desde el final de su ejecución, y en todo caso antes del 31 de marzo de 2027
Cuándo
  • Abre: 1 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 29 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación empresarial del municipio de Palencia
  • Representas a una organización de trabajadores autónomos
  • Eres una corporación de Derecho público de finalidad empresarial
  • Tu entidad apoya de forma efectiva al tejido empresarial o al emprendimiento
  • Vas a desarrollar un programa de impulso al emprendimiento durante 2026
  • Tu actividad no se dirige al emprendimiento ni al tejido empresarial de la ciudad
  • Tu acción tiene como único objeto la publicidad
  • Solo quieres cubrir el mantenimiento y funcionamiento habitual de tu entidad
  • Tu proyecto no llega a 6 puntos en la valoración

Cuánto puedes recibir

Puedes recibir como máximo 20.000€ por entidad solicitante, y ese mismo tope de 20.000€ se aplica a cada acción que presentes. Como las ayudas se conceden por concurrencia competitiva, el importe final depende de la puntuación obtenida y del crédito disponible: si el crédito no alcanza para cubrir todas las acciones, las cantidades se prorratean en función de la puntuación. Puedes pedir un anticipo de hasta el 50% de la subvención concedida con una solicitud motivada e informe favorable de la Concejalía de Impulso Económico.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el programa con objetivos, métodos, actividades por cada acción, lugar, fechas y número estimado de participantes

  2. Elabora el presupuesto del programa con ingresos y gastos, especificando la cuantía que aporta tu entidad

  3. Reúne las declaraciones responsables y los certificados del secretario de la entidad

  4. Acredita que estás al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, o autoriza al Ayuntamiento a consultarlo

  5. Presenta la solicitud en modelo oficial en la sede electrónica del Ayuntamiento de Palencia

  6. Acepta la subvención en los 10 días siguientes a la notificación de la resolución

Documentación necesaria

  • Solicitud en modelo oficial (Anexo I)
  • Programa con objetivos, métodos, actividades por acción, lugar, fechas y número estimado de participantes
  • Presupuesto del programa con relación de ingresos y gastos, indicando la cuantía aportada por la entidad
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Certificado del secretario de la entidad que acredita la representación del solicitante (Anexo III)
  • Certificado o declaración jurada del secretario acreditativa del número de socios
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, si la subvención solicitada supera los 3.000€

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otras ayudas para el mismo programa?
Sí, este programa de ayudas es compatible con otras ayudas. La subvención municipal, sola o sumada a otras ayudas o ingresos, no puede superar el coste total de la actividad; si lo supera, se reduce en la cuantía del exceso.
¿Qué pasa si otra entidad presenta una actividad casi igual a la mía?
Si dos o más entidades presentan actividades iguales o muy similares y de la valoración resulta un empate, la beneficiaria será la entidad que haya presentado el presupuesto más bajo.
¿Puedo cobrar parte de la ayuda por adelantado?
Sí. Puedes solicitar un anticipo de hasta el 50% de la subvención concedida, previa solicitud motivada e informe favorable de la Concejalía de Impulso Económico.
¿Cuánto tardan en resolver la convocatoria?
La resolución se dicta en un plazo máximo de tres meses desde que finaliza el plazo de solicitud. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, tu solicitud queda desestimada.
¿Qué ocurre si justifico menos gasto del presupuestado?
Si la cantidad justificada y admitida es inferior al 50% del presupuesto aceptado, se cancela la subvención completa. Si es igual o superior al 50%, se cancela la parte proporcional a lo no justificado.

Fuentes oficiales

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